Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 1999 (27/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de febrero de 1999

del Concejo; con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento de la primera cuota trimestral del cronograma de pago de los Arbitrios Municipales y del Impuesto Predial para 1999. Articulo Segundo.- MODIFICAR el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 006-99-MDSL, y el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 007-99-MDSL, fijando como fecha de vencimiento del primer trimestre para el pago de los Arbitrios Municipales y del Impuesto Predial para 1999 el 15 de marzo del presente ano, quedando vigentes las demas fechas de vencimiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Direccion Municipal, Oficinas de Rentas, Administracion y Unidad de Tesoreria en cuanto fuere de su competencia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2736

ORDENANZA Nº 007-99/CDLO SOBRE PRORROGA DE FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS Articulo Primero.- AMPLIESE el plazo para el cumplimiento de la obligacion del pago al contado y para la primera cuota del pago fraccionado del Impuesto Predial. En tal sentido, la obligacion de pago del citado impuesto para el Ejercicio 1999 vence: Pago al contado Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : : 31 de marzo 31 de marzo 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Articulo Segundo.- La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondientes a Limpieza Publica, Relleno Sanitario y Parques y Jardines Publicos, para el Ejercicio 1999 vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 30 de MORDAZA 30 de junio 30 de setiembre 31 de diciembre

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Prorrogan fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios
ORDENANZA Nº 007-99/CDLO Los MORDAZA, 18 de febrero de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En sesion ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de aprobacion del acta; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º, incisos a) y b) de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, establece que el pago del Impuesto Predial puede efectuarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en forma fraccionada, en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagarse la primera cuota el ultimo dia habil de febrero y los restantes el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Codigo Tributario - Decreto Legislativo Nº 816, Codigo Tributario, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, segun el Dictamen Nº 006-99-MDLO/CEFPP de la Comision Permanente de Economia, Finanzas, Planificacion y Presupuesto del Concejo Distrital, es necesario prorrogar los plazos de vencimiento para el pago de tributos en el presente ejercicio; Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 36º, inciso 3), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por UNANIMIDAD se APROBO la siguiente:

Articulo Tercero.- La obligacion de pago de las cuotas mensuales del Arbitrio de Serenazgo para el Ejercicio 1999 vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota MORDAZA cuota Sexta cuota Setima cuota Octava cuota Novena cuota Decima cuota Undecima Duodecima : : : : : : : : : : : : 30 de MORDAZA 30 de MORDAZA 30 de MORDAZA 30 de MORDAZA 31 de MORDAZA 30 de junio 31 de MORDAZA 31 de agosto 30 de setiembre 31 de octubre 30 de noviembre 31 de diciembre

Articulo Cuarto.- PRECISAR que en caso que la fecha de cancelacion del tributo resultara dia inhabil, sera de aplicacion lo dispuesto en la MORDAZA XII del Titulo Preliminar del Codigo Tributario - Decreto Legislativo Nº 816. Articulo Quinto.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Direccion de Rentas, establecer los mecanismos mas adecuados para la correcta aplicacion de la presente ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucional la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2711

Aprueban Ordenanza que establece montos a pagar por concepto de emision mecanizada y determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios
ORDENANZA Nº 008-99/CDLO Los MORDAZA, 18 de febrero de 1999

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