Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 1999 (18/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban MORDAZA plano de replanteo de lotizacion de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 068-99-MML-DMDU MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO MORDAZA VISTO, el Anexo Nº 3403-1999, seguido por MORDAZA MORDAZA DIBOS CUMBERLEGE y MORDAZA LUZ MORDAZA ARAOZ DE DIBOS, por el que solicitan la rectificacion del Plano de Replanteo de Lotizacion Nº 124-98MML-DGO-DHU, que fuera aprobado por Resolucion Nº 224-98-MML-DMDU, de fecha 25 de MORDAZA de 1998, de Recepcion de Obras del terreno de 32,820.00 m2, denominado urbanizacion "El Mirador", ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 061-95-MLM-SMDU-DMDU, de fecha 7 de MORDAZA de 1995, se considera de MORDAZA Progresivo a la Habilitacion MORDAZA del terreno de 32,820.00 m2, de propiedad de MORDAZA MORDAZA Dibos Cumberlege y MORDAZA Luz MORDAZA Araoz de Dibos, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, denominandolo urbanizacion "El Mirador" y declarando cumplida las Obras de Habilitacion MORDAZA para Uso de Vivienda "R-2", del terreno en mencion; Que, mediante Resolucion Nº 224-98-MML-DMDU, de fecha 15 de MORDAZA de 1998, se aprobo el MORDAZA Plano de Replanteo de Lotizacion de la referida Habilitacion; Que, estando al Informe Nº 185-99-MML-DMDU-DGODHU-AL, de fecha 15 de junio de 1999, la Asesoria Legal de la Direccion de Habilitaciones Urbanas, considera procedente el tramite en mencion debiendo expedirse resolucion de igual jerarquia de conformidad con el D.S. Nº 02-94-JUS, no preveyendose la imposibilidad de rectificar o sustituir instrumental alguno que MORDAZA sustentado una Resolucion Administrativa y que adolezca de algun error en la confeccion del plano original; Que, la resolucion expedida en merito al plano que se persigue rectificar no ha sido inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, conforme es de verse de la Declaracion Jurada de fecha 10 de MORDAZA de 1999 efectuada por los recurrentes y legalizada ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA Stein; Que, se ha cumplido con abonar los pagos correspondientes a derechos administrativos respectivos, conforme a los recibos corrientes en autos; Estando al Informe Nº 185-99-MML-DMDU-DGODHU-AL, de fecha 15 de junio de 1999, de la Asesoria Legal de la Direccion de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021, Art. 3º del Decreto de Alcaldia Nº 081 del 30 de octubre de 1997 y Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, el MORDAZA Plano de Replanteo de Lotizacion signado con el Nº 056-99-MMLDGO-DHU en sustitucion del Plano Nº 124-98-MMLDGO-DHU, aprobado por Resolucion Nº 224-98-MMLDMDU, de fecha 15 de MORDAZA de 1998, manteniendo la integridad de los demas articulos de la mencionada Resolucion.

Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA para su conocimiento y fines, y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 9413

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Precisan funciones de la Defensoria Municipal del MORDAZA y el Adolescente
ORDENANZA Nº 15-99/MDB Brena, 12 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Brena, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de MORDAZA de 1999. VISTO: El pedido formulado por el Regidor, Sr. MORDAZA MORDAZA Verau, solicitando se precisen las funciones de la Defensoria Municipal del MORDAZA y el Adolescente - DEMUNA; y, CONSIDERANDO: Que, el actual gobierno municipal se ha propuesto como objetivo fundamental defender y promover los derechos del MORDAZA y el adolescente, orientando a la familia y capacitando a la comunidad; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Estado, Art. 67º de la Ley Organica de Municipalidades modificado por Ley Nº 26875 y de acuerdo con el Art. 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- LA DEFENSORIA MUNICIPAL DEL MORDAZA Y EL ADOLESCENTE -DEMUNA-, es un Programa Especial creado de acuerdo a ley y con funciones especificas asignadas por la misma y reglamentadas a nivel del Distrito de Brena por Acuerdo de Concejo. Son funciones de la DEMUNA, las siguientes: A) Programar, dirigir, coordinar y ejecutar acciones de apoyo contra la agresion fisica y sicologica del MORDAZA, adolescente y de la mujer. B) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares, mediante programas de orientacion especializada a las familias en potencial crisis. C) Efectuar conciliaciones entre conyuges, padres y familiares, fijando normas de comportamiento, prestacion de alimentos y colocacion familiar provisional, siempre que no existan procesos judiciales pendientes sobre la materia. D) Presentar denuncias ante autoridades competentes por faltas y delitos en agravio de los ninos y adolescentes e intervenir en su defensa. E) Monitorear las acciones relacionadas en forma general con la mujer, el MORDAZA, el adolescente y el anciano. F) Coordinar el apoyo de instituciones publicas y privadas, nacionales o extranjeras, para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

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