Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 1999 (09/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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850 8537.20.00.00

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de junio de 1999

850 850 850 920 920 920 920 930 930 930

8538.90.00.00 9028.30.90.00 9405.40.10.00

MORDAZA, paneles, consolas, armarios y demas soportes equipados con varios aparatos de las partidas nos 85.35 u 85.36, para control o distribucion de electricidad para tension superior a 1.000 V. Las demas partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas nos 85.35, 85.36 u 85.37. Los demas contadores de electricidad. Los demas aparatos electricos de alumbrado, para alumbrado publico. EQUIPO RODANTE DE TRANSPORTE

maquinaria industrial interesados en equipar los Centros de Innovacion Tecnologica CITE, en la MORDAZA textil; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; y, De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 13590-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 4 al 12 de junio de 1999, a las ciudades de Alicante, MORDAZA, Barcelona y Bilbao - Espana, de la senora MORDAZA Giudice MORDAZA, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en las reuniones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sra. MORDAZA GIUDICE MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 892.92 US$ 1,560.00 US$ 25.00

8704.22.00.00 8705.10.00.00 8705.40.00.00

Vehiculos automoviles para transporte de mercancias, de peso total con carga MORDAZA superior a 5 t pero inferior o igual a 20 t. Camiones grua. Camiones hormigoneros. EQUIPO FIJO DE TRANSPORTE

8531.10.00.00 8531.20.00.00

Avisadores electricos de proteccion contra robo o incendio y aparatos similares. Tableros indicadores con dispositivos de MORDAZA liquido (LCD) o diodos emisores de luz (LED), incorporados.

ANEXO 2
I.- SERVICIOS VINCULADOS A LAS OPERACIONES Servicios de supervision de construcciones y operaciones. Servicios de asesoria de estudios especiales, asi como de estudios tecnicos e ingenieria de concepto para diseno y operacion de la linea de transmision. Servicios de ingenieria detallada referente a la linea de transmision. Servicios de puesta en servicio de la linea de transmision. Servicios de alojamiento y alimentacion del personal operativo del Titular del Proyecto. Servicios de inspeccion, mantenimiento y reparacion de maquinaria, equipo y mobiliario utilizado para la operacion de la linea de transmision y subestaciones. Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria y equipos, asi como el arrendamiento financiero de vehiculos, necesarios para la ejecucion del Contrato. Transporte del personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros para las actividades de construccion de la linea de transmision. Servicios medicos y hospitalarios. Servicios relacionados con la proteccion ambiental. Servicios de sistemas e informatica. Servicios de comunicaciones. Servicios de seguridad industrial y contra incendios. Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. Servicios de auditorias tecnicas. Servicios vinculados a la importacion de bienes intermedios y de capital, requeridos para la ejecucion del Contrato. Servicios financieros y de credito prestados por personas distintas a los Bancos e Instituciones Financieras y Crediticias. Servicios de Seguros. II.- ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION VINCULADAS A LA EJECUCION DEL CONTRATO Instalacion de campamentos. Preparacion de terrenos. Construccion y montaje de estructuras. Construccion de estaciones repetidoras. Construccion, acabado y acondicionamiento de edificios para subestaciones. Construccion de plataformas para montaje de torres. Construccion de vias de acceso (incluyendo puentes, tuneles, alcantarillas, etc.). Construccion de helipuertos. Montaje de lineas de alta tension, cables electricos y de fibra optica. Construccion de cimientos para las torres. Sistemas de drenajes.

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 7570

Autorizan a empresa de casinos la reduccion de mesas de juego
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 019-99-MITINCI/VMT MORDAZA, 3 de junio de 1999 Visto el documento con Registro de Ingreso Nº 574 de fecha 19.MAY.99 presentado por la empresa ESARCI S.R.Ltda. solicitando autorizacion para reducir 10 mesas de juego, que actualmente operan en el casino de juego "MARIA ANGOLA" ubicado en la Av. La Paz Nº 610 del distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, el Acuerdo Nº 113-99/CNCJ y el Informe Nº 028-99-MITINCI/VMTAJA; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 056-97-MITINCI/ VMTINCI se autorizo a la empresa ESARCI S.R.Ltda. a operar 24 mesas de juego en el casino ubicado en las instalaciones del hotel "Maria Angola", habiendose suscrito el correspondiente Contrato de Explotacion de Casinos de Juego el 31 de MORDAZA de 1997; Que, la empresa recurrente ha presentado adjunta a su solicitud de reduccion de mesas de juego, los documentos y la informacion pertinente a que se refiere el Articulo 16º del Reglamento de Casinos de Juego, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-95-ITINCI; Que, la Comision Nacional de Casinos de Juego mediante Acuerdo Nº 113-99-CNCJ, ha recomendado otorgar la autorizacion solicitada por la empresa ESARCI S.R.Ltda. la cual es titular del casino "MARIA ANGOLA"; Estando a lo expuesto por la Comision Nacional de Casinos de Juego y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25836 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-95-ITINCI;

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MITINCI
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Espana para participar en reuniones de trabajo sobre cooperacion tecnologica
RESOLUCION SUPREMA Nº 096-99-ITINCI MORDAZA, 7 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 7 al 12 de junio de 1999, se llevaran a cabo diferentes reuniones de trabajo sobre cooperacion tecnologica con representantes de los gobiernos regionales de las ciudades de Alicante, MORDAZA, Barcelona y Bilbao en Espana y asimismo, con la Asociacion Espanola que reune a los fabricantes de

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