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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (11/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 174114 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de junio de 1999 ADUANAS Autorizan viaje de servidora de ADUA- NAS a Chile para participar en el Seminario Regional sobre Sistema Ar- monizado RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000673 Callao, 9 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante documento Nº 99.NL.305 - J/Gon de fecha 26 de marzo de 1999, la Organización Mundial de Aduanas - OMA, invita a participar a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, con la financiación de un participante, al "Seminario Regional sobre Sistema Armonizado" destina- do a la Subregión de América del Sur, organizado conjunta- mente por la OMA y la Administración Chilena con el apoyo de Japón / Fondo de Cooperación Aduanera, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - Chile, del 7 al 11 de junio de 1999; Que, dicho seminario tiene como objetivo principal exa- minar las interrogantes importantes ligadas al Sistema Armonizado que pudieran tener las administraciones adua- neras participantes, preguntas de clasificación y la evolución reciente relacionada al Sistema Armonizado; Que, dada la importancia del evento, mediante Oficio Nº 14-99-ADUANAS-AI, de fecha 15 de abril de 1999, se ha designado entre otra, como representante de esta Institución a la Sra. Quím. Farm. EDDA LOMBARDI VELAZQUEZ, Jefa de la División de Nomenclatura y Normas de Origen, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, para su par- ticipación en dicho seminario; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la Sra. Quím. Farm. EDDA LOMBARDI VELAZQUEZ, del 6 al 12 de junio de 1999, cuyos gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por el Fondo de Coopera- ción Aduanera; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ámbito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15, de fecha 31 de diciembre de 1998; y, En uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 168-99-EF de fecha 22 de abril de 1999 y de conformidad con el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 00021 de fecha 13 de enero de 1997, que aprueban la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectiva- mente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de la Sra. Quím. Farm. EDDA LOMBARDI VELAZQUEZ, Jefa de la División de Nomenclatura y Normas de Origen de la Intendencia Nacio- nal de Técnica Aduanera, de la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la ciudad de Valparaíso - Chile, del 6 al 12 de junio de 1999, para los fines expuestos en la Parte Conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán asumidos por el Fondo de Cooperación Aduanera, no significando gasto alguno al Esta- do. Artículo 3º.- Excluir, a la Sra. Quim. Farm. EDDA LOMBARDI VELAZQUEZ, de los alcances de la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000616, de fecha 28 de mayo de 1999. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la servidora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 7645CONSUCODE Declaran infundada impugnación refe- rida a concurso público convocado por el Proyecto Especial Chira - Piura - INADE para la selección de empresa de vigilancia TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 106/99.TC-S1 Lima, 7 de junio de 1999 Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de 7.6.99, el Expediente Nº 162.99.TC, referente al recurso de revisión interpuesto por la empresa SERVICIOS DE VIGILANCIA DEL NORTE S.R.LTDA. - SERVINORTE, relacionado con su reclamo sobre otorgamiento de la buena pro del Concurso Público Nº 01/99-Inade-Pechp-8401 convocado por el Proyec- to Especial Chira - Piura - INADE, para la selección de una empresa de vigilancia particular especializada que se encar- gue de resguardar las diferentes instalaciones del Proyecto Especial Chira - Piura; CONSIDERANDO: Que, en fechas 28.4.99 y 3.5.99, el Comité Especial llevó a cabo el acto público del Concurso indicado en el exordio de la presente resolución, el mismo que luego de evaluar las propuestas técnicas y económicas de los postores hábiles, otorgó la Buena Pro al postor Dirección Especial de Vigilan- cia y Control Empresarial Servicios Generales S.R.L. - Devi- cem, por haber obtenido su oferta el mayor puntaje; Que, el 7.5.99, el postor Servinorte interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro, manifes- tando que su representada acreditó 82 puestos de vigilancia de 24 horas y presentó 17 cartas de certificación de las empresas donde brinda el servicio, mientras que la empresa Devicem sólo ostenta 31 puestos de vigilancia de 24 horas, y sólo adjuntó 4 certificaciones de empresas, de donde resulta inaudito e irregular que a su representada, teniendo más puestos de vigilancia y certificaciones, se le haya otorgado 16 puntos, contra los 30 puntos asignados al postor Devicem; Que, por Resolución Directoral Nº 065/99-Inade-Pechp- 8401 de 12.5.99, notificada el 13.5.99, la Entidad declaró inadmisible el apelatorio, toda vez que el postor garantizó su recurso con una carta fianza girada a favor del Proyecto Especial Chira - Piura, contraviniendo el Art. 123º del D.S. Nº 039.98.PCM; Que, esta resolución también considera, que las pautas de evaluación técnica del concurso en lo que se refiere al factor cartera de clientes, establecieron que los postores incluirán una relación de los clientes actuales en los Departamentos de Piura y Tumbes, especificando el número de clientes y adjuntando los certificados de estas empresas respecto a la calidad del servicio prestado, asignándose a este factor un máximo de 40 puntos, por 10 o más certificados, y un número de 150 o más puestos de vigilancia, agregando que los postores no efectuaron oportunamente consulta u observa- ción alguna a las Bases del proceso, con relación al rubro cuestionado; Que, el 18.5.99, la empresa Servinorte S.R.L. remitió a la Entidad la subsanación de la carta fianza anteriormente presentada, haciéndolo esta vez a favor del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el 20.5.99, el postor Servinorte S.R.L. interpuso recurso de revisión contra la Resolución Directoral Nº 065/ 99-Inade-Pechp-8401, reiterando los mismos argumentos de su apelatorio, y adjuntando copia del certificado otorgado por la empresa Energoprojeckt, y por escrito del 24.5.99 una fotocopia del Oficio Nº 126-99-Dicscamec-Piura de 20.5.99, donde se consigna que el 3.5.99 la Dicscamec-Piura solicitó a Energoprojeckt-Sullana, un informe sobre la cantidad de puestos de vigilancia de 24 horas cubiertos por la empresa Devicem S.R.L., recibiendo como respuesta que en la obra II Etapa del Proyecto Especial Chira - Piura, la empresa antes indicada cubre 20 puestos de vigilancia de 24 horas; Que, por escrito presentado el 31.5.99 la empresa Devi- cem S.R.L. se apersona a la instancia como tercero legitima- do, y el 2.6.99 solicitó se declare insubsistente el recurso de revisión, adjuntando entre otros documentos la carta de Energoprojeckt del 24.5.99, dirigida a la Fiscalía de Preven- ción del Delito de Piura - Tumbes, informando que la obra de