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Pág. 174105 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de junio de 1999 VISTO: El Oficio Nº 187-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, se llevará a cabo el 23º SEMINARIO DE EPIDEMIOLOGIA CLINICA, organizado por la Universidad de Chile, del 14 al 25 de junio de 1999; Que, el señor EBERT CARLOS POQUIOMA ROJAS, médico de la Subgerencia de Epidemiología de la Gerencia Central de Salud, Alta Dirección del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha solicitado autorización para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capa- citación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1º de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor EBERT CAR- LOS POQUIOMA ROJAS, médico de la Subgerencia de Epidemiología de la Gerencia Central de Salud, Alta Direc- ción del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 14 al 25 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 300.00 Viáticos :US$ 644.00 Derechos Educativos :US$ 250.00 Tarifa uso de aeropuerto :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquie- ra fuesen su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 7691 RESOLUCION SUPREMA Nº 067-99-TR Lima, 4 de junio de 1999 VISTO: El Oficio Nº 187-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, se llevará a cabo el 23º SEMINARIO DE EPIDEMIOLOGIA CLINICA, en la Universidad de Chile, del 14 al 25 de junio de 1999; Que, el señor NELSON PACHECO CHINCHAYAN, médico, Jefe del Servicio de Epidemiología del Hospital II "Gustavo Lanatta Luján" de la Gerencia Departamental Lima del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha solicitado autorización para participar en el mencionado evento, ha- biendo evaluado la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1º de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor NELSON PA- CHECO CHINCHAYAN, médico, Jefe del Servicio de Epide- miología del Hospital II "Gustavo Lanatta Luján" de la Gerencia Departamental Lima del Seguro Social de Salud -ESSALUD, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 14 al 25 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 300.00 Viáticos :US$ 644.00 Derechos Educativos :US$ 250.00 Tarifa uso de aeropuerto :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquie- ra fuesen su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 7692 RESOLUCION SUPREMA Nº 068-99-TR Lima, 4 de junio de 1999 VISTO: El Oficio Nº 187-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, se llevará a cabo el 23º SEMINARIO DE EPIDEMIOLOGIA CLINICA, en la Universidad de Chile, del 14 al 25 de junio de 1999; Que, el señor CESAR ALTAMIRANO CARDENAS, Jefe del Servicio de Epidemiología del Hospital III de Huancayo de la Gerencia Departamental de Junín del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha solicitado autori- zación para participar en el mencionado evento, habien- do evaluado la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la convenien- cia de autorizar dicho viaje; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud; y el Artículo 2.5.1º de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor CESAR ALTA- MIRANO CARDENAS, Jefe del Servicio de Epidemiología del Hospital III de Huancayo de la Gerencia Departamental de Junín del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 14 al 25 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 300.00 Viáticos :US$ 644.00 Derechos Educativos :US$ 250.00 Tarifa uso de aeropuerto :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquie- ra fuesen su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 7693