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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (16/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 174270 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de junio de 1999 cultura, que tiene por objeto la extracción, procesamiento y comercialización del Guano de las Islas, como actividad empresarial subsidiaria del Estado, de acuerdo al Artículo 60º de la Constitución Política, a fin de contribuir, preferen- temente, a propiciar el acceso de los pequeños agricultores y comunidades campesinas y nativas a dicho insumo; Que, PROABONOS viene ejecutando la Campaña de Extracción del Guano de las Islas para el año 1999, requiriendo contratar servicios públicos en los Terminales Marítimos del litoral peruano, para el desembarque de hasta 25.000 TM de Guano de las Islas, estimándose dicho gasto por el año 1999, hasta en Cuatrocientos Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 480.000,00), monto que corres- ponde a un Concurso Público, según lo previsto en el inciso c), Artículo 8º de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999; Que, los servicios señalados en el considerando prece- dente, se encuentran sujetos a Tarifas Unicas, en moneda extranjera, de acuerdo al Reglamento de Tarifas aprobado para la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. siendo de aplicación el inciso b), Artículo 19º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece la exoneración de Licitación Pública y Con- curso Público, en el caso de contratar servicios públicos sujetos a tarifas cuando éstas sean únicas; Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 26850 y el inciso c) del Artículo 44º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 039-98-PCM, señalan que es de aplicación el proce- dimiento de adjudicación directa de menor cuantía, en los supuestos de exoneración de los procesos de selección pre- vistos en el Artículo 19º de la citada Ley, siendo responsable de dicho proceso la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, en consecuencia, resulta necesario exonerar a PROABONOS del requisito de Concurso Público y autori- zar a contratar con la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, la prestación de los servicios públicos referidos en el segundo considerando de la presen- te Resolución, al encontrarse los mismos sujetos a Tarifas Unicas; De conformidad con la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Exonérase al Proyecto Especial de Promo- ción y Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, del requisito de Concurso Público y autorízase a contratar con la Empresa Nacional de Puer- tos S.A. - ENAPU S.A., a través de la modalidad de Adjudi- cación Directa de Menor Cuantía, la prestación de los servicios públicos sujetos a Tarifas Unicas en los Termina- les Marítimos del litoral peruano, para el desembarque de hasta 25,000 TM de Guano de Islas programadas para el presente año, por la suma de hasta Cuatrocientos Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 480.000,00), con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 004: Proyecto Espe- cial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Prove- nientes de Aves Marinas, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será pues- to en conocimiento de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, la Contraloría General de la República y el Ministerio de Economía y Finanzas, den- tro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 7867Autorizan viaje de funcionarios para participar en el Foro Interamericano de Gestión de Recursos Hídricos que se realiza en Uruguay RESOLUCION SUPREMA Nº 052-99-AG Lima, 14 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0404-98-AG se incorporó en la Estructura Funcional Programática del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, a partir del 1 de setiembre de 1998, la Unidad Ejecutora: Unidad de Coordi- nación del Proyecto Subsectorial de Irrigación, la cual asume las facultades conferidas por el Artículo 43º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, modificada por el Artículo 1º de la Ley Nº 26884; Que, el Objetivo General del Proyecto Subsectorial de Irrigación es mejorar la eficiencia en el manejo del agua, mediante la rehabilitación y modernización de la infraes- tructura de riego y el fortalecimiento técnico, administrati- vo y operativo de las Organizaciones de Usuarios de agua; Que, el Gobierno de la República Oriental del Uruguay ha coordinado la organización y ejecución del Foro Intera- mericano de Gestión de Recursos Hídricos, "II Encuentro de las Aguas", que tiene como objetivo revisar el estado actual del manejo de los Recursos Hídricos de cada país, así como las estrategias para el futuro; Que, el Proyecto Subsectorial de Irrigación, financiará los gastos por concepto de pasajes, viáticos y el impuesto de salida por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley Nº 27013, los Decretos Supremos Nº 053- 84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 14 al 19 de junio de 1999, a la ciudad de Montevideo, Uruguay, de los señores Dr. Gastón Galdos Román, Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura e Ing. José Ramón de la Gala Hidalgo, Gerente de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú para su participación en el Foro señalado en la parte considera- tiva de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán a cargo de la siguiente Cadena Funcional Programática: Pliego: 013 Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora: 006 Unidad de Coordinación del Proyecto Subsectorial de Irrigación, Función: 04 Agraria, Programa: 009 Promoción de la Producción Agraria, Subpro- grama: 0034 Irrigación, Proyecto 2.00430 Proyecto Subsectorial de Irrigación, Componente: 1.1258 Subsectorial de Irrigación, Fuentes de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios, de acuer- do al siguiente detalle: Sr. Dr. Gastón Galdos Román Pasajes Aéreos US$ 584.10 Viáticos US$ 1,200.00 Tarifa Corpac US$ 25.00 Sr. Ing. José Ramón de la Gala Hidalgo Pasajes Aéreos US$ 584.10 Viáticos US$ 1,200.00 Tarifa Corpac US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libe- ra ni exonera del pago de impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 4º.- Los funcionarios cuyo viaje se autoriza por la presente resolución, deberán presentar dentro de los quince días posteriores a su viaje, un informe al señor Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 7872