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Pág. 174278 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de junio de 1999 del Sector Justicia y Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Centro de Investigación y Tecnología para el Desarrollo y las Ciencias Sociales - CITDEC, a funcionar como Centro de Formación y Capaci- tación de Conciliadores. Artículo 2º.- El Centro de Formación y Capacita- ción de Conciliadores del Centro de Investigación y Tecnología para el Desarrollo y las Ciencias Sociales - CITDEC, para la realización de los respectivos Cursos de Capacitación, solicitará en cada oportunidad la autorización ante el Ministerio de Justicia, quien veri- ficará que los mismos cumplan con los requisitos seña- lados en el Artículo 35º del Reglamento de la Ley de Conciliación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 7832 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial de disolución de la Fundación "Mariano N. García Bueno" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 189-99-JUS Lima, 11 de junio de 1999 Visto el Informe Nº 004-99-JUS-PPMJ-DA, de fecha 24 de mayo de 1999, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que por Escritura Pública de fecha 20 de enero de 1939 se instituyó con fines benéficos en la ciudad del Cusco la Fundación "Mariano N. García Bueno", con el objetivo de crear una Granja Escuela para niños pobres cusqueños; Que el Consejo Administrativo de Supervigilancia de Fundaciones en sesión de fecha 16 de junio de 1983, designó una Junta de Administración como órgano res- ponsable de la marcha y cumplimiento del fin institu- cional, integrada por una representante del Arzobispa- do del Cusco, de la Sociedad de Beneficencia Pública del Cusco y del Instituto Nacional de Bienestar Familiar, Junta que pese a los reiterados requerimientos y plazos otorgados por el Consejo de Supervigilancia de Fundacio- nes, no ha cumplido de acuerdo a ley con la presentación de los Planes y Presupuestos correspondientes a varios períodos presupuestales, habiendo omitido presentar las Cuentas, Balances y Memorias de los años 1993, 1994, 1995, 1996 y 1997, irregularidad que evidencia incumplimiento de los fines para los que fue creada, por lo que el Presidente del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones solicita se autorice al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, a iniciar la acción judicial de disolución de la Fundación "Mariano N. García Bueno"; Que el Artículo 109º del Código Civil, e inciso ll) del Artículo 6º del Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94- JUS, señala que el Consejo de Supervigilancia de Fundacio- nes se encuentra facultado para solicitar la disolución de aquellas Fundaciones cuya finalidad resulte de imposible cumplimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Artículos 109º y 110º del Código Civil y el Decreto Supremo Nº 03-94-JUS, Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación del Consejo de Supervigilancia de Fun- daciones, inicie e impulse la acción judicial de disolución de la Fundación "Mariano N. García Bueno", así como del Inventario Judicial de sus Bienes. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso al menciona- do Procurador Público para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 7830 Aprueban el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-99-JUS Lima, 11 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Ley Nº 25993, se promulgó la Ley Orgánica del Sector Justicia; Que por Resolución Ministerial Nº 017-98-JUS, modifi- cada por Resolución Ministerial Nº 013-99-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, considerando entre otros aspectos, a la Direc- ción de Conciliación como un órgano de línea de la Dirección Nacional de Justicia, encargada de promover, registrar y supervisar el funcionamiento de los Centros de Concilia- ción, apoyar en la formación de los conciliadores, así como difundir las ventajas de la conciliación; Que a fin de dar un mayor dinamismo y eficiencia a la conciliación como un medio para alcanzar una cultura de paz, resulta conveniente que el órgano competente dependa de la Alta Dirección; Que en relación a lo señalado en los considerandos anteriores, se hace necesario aprobar el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, el mismo que consta de cinco (5) títulos, nueve (9) capítulos y ciento once (111) artículos, que forma parte integrante de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 017-98-JUS, 013-99-JUS y demás disposiciones que se opongan a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 7831 Aprueban Convenio a celebrarse con Editora Perú para la publicación del Código de Procedimientos Penales, Có- digo Civil y Textos Unicos Ordenados del Código Procesal Civil y del Código de los Niños y Adolescentes RESOLUCION MINISTERIAL Nº 192-99-JUS Lima, 11 de junio de 1999