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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (22/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 174497 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de junio de 1999 la presente resolución, así como la supervisión del exa- men a efectuarse en la citada entidad, respectivamente. Artículo Quinto.- La firma auditora designada du- rante el desempeño de su labor se sujetará a las normas consignadas en el Reglamento de Designación de Socieda- des de Auditoría y a las demás disposiciones referidas al Sistema Nacional de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 8107 DEFENSORIA DEL PUEBLO Encargan el despacho del Defensor del Pueblo al Primer Defensor Adjunto RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 28-99/DP Lima, 21 de junio de 1999 Vista; la invitación al Defensor del Pueblo remitida el 11 de marzo de 1999 por el Director Ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, para que partici- pe en el XVII Curso Interdisciplinario en Derechos Huma- nos "Emilio F. Mignone", que se realizará en San José, Costa Rica, del 14 al 25 de junio de 1999, según Memoran- do Nº 685-99-DP/GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas y su correspondiente Anexo 4A Nº 13, así como el Memorando DP-99 de fecha 25 de mayo de 1999 de la Jefa de Gabinete de Apoyo al Defensor del Pueblo y los antecedentes respectivos; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Interamericano de Derechos Huma- nos, ha organizado el XVII Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos "Emilio F. Mignone", a realizarse en la ciudad de San José, Costa Rica, del 14 al 25 de junio del presente año, el mismo que reúne a más de 125 participan- tes del hemisferio americano, los que representan a diver- sos sectores que trabajan en la materia, desde oficinas ministeriales hasta organismos no gubernamentales especializados; actividad que cumplirá su decimoséptimo año de labor ininterrumpida contribuyendo a la promo- ción y difusión de los derechos humanos; Que, según se manifiesta en la invitación de la referen- cia, con la finalidad de alcanzar el mejor nivel académico y la mayor difusión posible ha sido invitado el Defensor del Pueblo del Perú a participar del equipo académico como conferencista en el citado curso para exponer el tema: "El Ombudsman, como institución de tutela de los derechos humanos. Sus retos y desafíos"; Que, el Instituto Interamericano de Derechos Huma- nos ha sido constituido en Secretaría Técnica de la Federación Iberoamericana del Ombudsman - FIO, habiendo sido comisionado el Defensor del Pueblo del Perú en su condición de Vicepresidente del Capítulo Latinoamericano y del Caribe del Instituto Internacio- nal del Ombudsman - IOI, para tratar los temas vincu- lados al IV Congreso Anual de la FIO a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, del 27 al 29 de setiembre del presente, bajo la denominación "El Ombudsman y el Estado de Derecho"; Que, en atención a compromisos previamente concer- tados, el Defensor del Pueblo visitará el Museo de los Niños de Costa Rica, invitado por doña Gloria Bejarano, quien como Primera Dama de la Nación promovió e instituyó el proyecto; y adicionalmente concurrirá, a invi- tación del señor Embajador del Perú en Costa Rica, don Alberto Varillas Montenegro, a una reunión de trabajocon los participantes peruanos del curso anteriormente citado y otros connacionales asistentes; Que, los organizadores asumirán parcialmente los gastos que ocasione la comisión del servicio antes referi- da, por concepto de pasajes internacionales y hospedaje siendo necesario autorizar el gasto diferencial correspon- diente; Que, a fin de asegurar la continuidad de la gestión institucional debe encargarse el Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Defensor Adjunto durante la ausen- cia del titular, conforme a la Ley Orgánica de la Defenso- ría del Pueblo, Ley Nº 26520 y el Artículo 30º del Regla- mento de Organización y Funciones aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 041-97/DP; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-90- PCM; en concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 5º y 9º inciso 7), de la Ley Nº 26520 y 6º y 7º incisos a) y k) del citado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho del Defensor del Pueblo al señor doctor don WALTER ALBAN PERALTA, Primer Defensor Adjunto, del 21 al 23 de junio del presente año, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la comi- sión del servicio al exterior del titular de la Defensoría del Pueblo se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento Recur- sos Ordinarios según el detalle siguiente: US$ 200.00 por concepto de instalación; US$ 897.00 por pasajes internacionales y US$ 25.00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA-CORPAC, tota- lizando US$ 1,122.00 (Un mil ciento veintidós y 00/100 Dólares Americanos). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 8115 CONSUCODE FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 113/99.TC-S2 Fe de Erratas de la Resolución Nº 113/99.TC-S2, publi- cada en nuestra edición del día 18 de junio de 1999, en la página 174393. Párrafo 11 de la parte considerativa: DICE: "Que, conforme puede verse del acta del Comité Espe- cial correspondiente a la evaluación de propuestas econó- micas y otorgamiento de la Buena Pro, realizada el 23.4.99, la presencia de sólo tres de sus cinco miembros designa- dos, es decir, sin tener mayoría calificada, contraviniendo ...". DEBE DECIR: "Que, conforme puede verse del acta del Comité Espe- cial correspondiente a la evaluación de propuestas econó- micas y otorgamiento de la Buena Pro, realizada el 23.4.99, con la presencia de sólo tres de sus cinco miembros designados, es decir, sin tener mayoría calificada, contra- viniendo ..." 8120