Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 1999 (23/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 23 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO el Expediente Nº 13392-98, relativo a la solicitud presentada por la empresa Las Casuarinas de Monterrico S.A. propietaria del terreno de 285,855.00 m2 ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, para que se expida la respectiva resolucion, ratificando la resolucion expedida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el tramite de habilitacion MORDAZA y con ello subsanar la observacion registral al Titulo Nº 54527. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 071-98-MML-DMDU de fecha 5-6-98 recaida sobre el Expediente Nº 051376 seguido por Casuarinas de Monterrico S.A. modificado por Resolucion Nº 350-98-MML-DMDU del 30 de diciembre de 1998 se declaro habilitado como MORDAZA de MORDAZA Progresivo el terreno de 285,855.00 m2 para Uso de MORDAZA de Forestacion ZF ubicado en las Casuarinas Alta II en el distrito de MORDAZA de MORDAZA - Lima; Que, no habiendose implementado la Oficina de Habilitaciones Urbanas tal como esta dispuesto por la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC debido a que el Gobierno Central a traves de INADUR a la fecha no ha procedido a implementar las Comisiones Tecnicas correspondientes a las areas geograficas de los Conos Norte, Sur, Este y Central de MORDAZA, conforme lo establece el ultimo parrafo del Articulo 4º del acotado Reglamento; Que, mediante Ordenanza Nº 133 de fecha 19 de diciembre de 1997 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se delega a las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA la competencia de conocer y aprobar las solicitudes de habilitacion MORDAZA para fines de vivienda que estaran a cargo de las Comisiones Distritales de Habilitacion MORDAZA las cuales aun no se encuentran conformadas; Que, de acuerdo a lo estipulado en nuestra Carta Magna en su Articulo 2º inciso 20) "Toda persona tiene derecho a formular peticiones individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta tambien por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad"; Que, sin embargo es obligacion de la Municipalidad resolver las cuestiones que se le propongan aun en caso de deficiencia del ordenamiento juridico, debiendo en este caso acudir a las MORDAZA supletorias del Derecho Administrativo conforme lo establece el Articulo II del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS que taxativamente senala "Ninguna autoridad del Estado dejara de resolver por deficiencia del ordenamiento juridico las cuestiones que se le propongan, debiendo acudir a los principios generales del Titulo Preliminar", concordante con el Articulo 2º del acotado cuerpo legal, de cuya interpretacion se desprende que las MORDAZA Supletorias del Derecho Administrativo, no son otras que el Derecho Consuetudinario, el Derecho Positivo, la Jurisprudencia, los Principios Generales, Tratados, Contratos, la Doctrina entre otros; Que, la Subdireccion de Obras Privadas a traves del Informe de Inspeccion Ocular Nº 032-98-OC-SDOPRIV de fecha 23 de MORDAZA de 1999 da cuenta que la urbanizacion Casuarinas Alta II Etapa comprende seis manzanas (D, E, F, G, H, I) de las cuales estan habilitadas completamente con todos los servicios las manzanas H y G. La manzana I destinada a MORDAZA de forestacion de habilitacion MORDAZA MORDAZA club, actualmente se esta haciendo el sembrado de arboles, no existiendo las vias culminadas que se indican en el Plano Nº 176-98-MML-DGO-DHU aprobado por Resolucion Nº 350-98-MML-DMDU de fecha 30 de diciembre de 1998. Respecto a la lotizacion con demarcacion de los lotes en las seis manzanas, solo se observa que estan debidamente habilitadas en las manzanas G y H y estas corresponden a lo indicado en el citado plano, estando sin construir la mayoria de ellos, se observa que de los 25 lotes conformantes de las manzanas G y H solo se encuentran construidos 6 y el resto de la habilitacion se encuentran en MORDAZA de obras iniciales, conforme consta en el plano adjunto, concluyendo el mismo las obras de habilitacion se estan llevando a cabo conforme a la Resolucion Nº 071-98MLM-DMDU, del 5.6.98 y su aclaratoria Resolucion Nº 350-98-MML-DMDU del 30.12.98; De conformidad con lo previsto en el Articulo 4º Item 2, de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y los Articulos 17º, 18º y 19º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de Habilitaciones Urbanas - Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, y estando a lo informado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA y la Oficina de Asesoria

Juridica, y en uso de las facultades otorgadas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar PROCEDENTE lo solicitado por Casuarinas de Monterrico S.A., consecuentemente ratifiquese el contenido de la Resolucion Nº 071-98-MMLDMDU de fecha 5 de junio de 1998, y su modificatoria senalada en la Resolucion Nº 350-98-MML-DMDU expedidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y en consecuencia tengase por recepcionadas las obras de habilitacion del terreno 285,855.00 m2, para Uso de MORDAZA de Forestacion ZF denominada urbanizacion Las Casuarinas Alta II etapa, ubicada en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad con el plano de replanteo de lotizacion signado con el Nº 176-98-MMLDGO-DHU autorizandose la libre venta que la constituye. Articulo Segundo.- Del area total de 285.855.00 m2 corresponde a area util 249,489.36 m2 distribuidos de la siguiente manera: Manzanas B D E F G H I TOTAL Nº de Lotes 4 10 4 10 10 16 1 55 Numeracion 8 al 11 9 al 18 1 al 4 1 al 10 1 al 10 1 al 16 1 Area 22,242.35 14,872.06 5,646.03 14,519.73 19,095.32 26,389.03 146,724.84 249,489.36

Del area bruta restante de 36,365.64 m2 corresponde al area de circulacion y vias 31,341.64 m2 y a recreacion publica (parque) 5,024.00 m2. El Lote Nº 3 de la manzana G de 3021.00 m2 esta destinado a otros fines. Articulo Tercero.- El Lote Nº 3 de la manzana G destinado a otros fines ha sido entregado a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA mediante minuta obrante en el Expediente Nº 005316-98 de fecha 23 de MORDAZA de 1998. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para efectos de la inscripcion correspondiente. Articulo Quinto.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA queda encargada de incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de MORDAZA de Surco. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 8182 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 668-99-RASS Exp. Nº 13392-98 MORDAZA de MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: el Expediente Nº 13392-98 respecto a la solicitud formulada por las empresa Las Casuarinas de Monterrico S.A. CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de MORDAZA de 1999 se emite la Resolucion de Alcaldia Nº 526-99-RASS, la misma que contiene un error sustancial en el Articulo Primero de la parte resolutiva por lo que ademas de declarar procedente lo solicitado por la referida empresa mediante Expediente Nº 13392-98 se senala tener por recepcionadas las obras de habilitacion del terreno de 285,855.00 m2 para Uso de MORDAZA de Forestacion ZF denominada urbanizacion Las Casuarinas Alta II etapa ubicada en el distrito de MORDAZA de Surco; Que, teniendo en cuenta el Informe Aclaratorio Nº 223-99-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica, se debera modificar el Articulo Primero de la Resolucion de Alcaldia Nº 526-99-RASS, dandose cuenta a las partes interesadas con conocimiento a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao;

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