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Pág. 174533 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de junio de 1999 EMBARGO DE VEHICULOS 25.00 Por Oficio 20.00 REMATES 25.00 Por Aviso de Remate 8.00 25.00 Por fijación de carteles 8.00 25.00 Por acta de remate de bienes muebles 30.00 25.00 Por acta de remate de bienes inmuebles 49.00 25.00 Por acta de cambio de depositario 8.00 25.00 Por Acta de remate frustrado 15.00 EJECUCIONES FORZOSAS 25.00 Por demoliciones, construcciones de cercos, reparaciones urgentes en edificios, salas de espectáculos, locales públicos, clausura de locales o servicios y adecuación a Reglamento de urbanizaciones o disposiciones municipales. 370.00 25.00 Por costas en material humano y maquinarias que sean necesarios emplear, se regularán a precio y costo del mercado en fecha en que se practican los trabajos. -------- 8104 Suspenden aplicación de multa a contribuyentes que no actualizaron Autorización Municipal Anual de Fun- cionamiento ORDENANZA Nº 022-99/CDLO Los Olivos, 14 de junio de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 028-99/MDLO/CEFPP, presentado por la Comisión Permanente de Economía, Finanzas, Planifica- ción y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos municipales; Que, la Ordenanza Nº 015-96-CDLO - Escala para Sanciones e Infracciones a Dispositivos Municipales de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, fija el monto de la Multa Administrativa por la no actualiza- ción de las autorizaciones municipales de funciona- miento, a los contribuyentes que no cumplan con la actualización dentro del plazo establecido por esta Municipalidad; Que, el Código Tributario, aprobado mediante Decre- to Legislativo Nº 816, en su norma IV, establece que las Municipalidades pueden crear, modificar, suprimir y exo- nerar de sus contribuciones, arbitrios y derechos confor- me a Ley; Que a la fecha se hace necesario brindar mayores facilidades a los Contribuyentes del Distrito, para que cumplan con regularizar las obligaciones establecidas a través de las diversas normas municipales; Estando a lo dictaminado por la Comisión Permanente de Economía, Finanzas, Planificación y Presupuesto, con- tando con el voto POR MAYORIA; y de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 86º, inciso 3), y 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, se aprobó la siguiente:ORDENANZA Nº 022-99/CDLO QUE ESTABLECE LA SUSPENSION EN LA APLICACION DE LA MULTA ADMINISTRATIVA POR LA NO ACTUALIZACION DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL ANUAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- SUSPENDASE, partir de la fe- cha de publicación de la presente Ordenanza, hasta el 30 de julio del año en curso, la aplicación de la multa adminis- trativa que corresponda a aquellos contribuyentes que no hayan cumplido dentro del plazo establecido, con la actua- lización de la Autorización Municipal Anual de Funciona- miento. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección de Rentas y a la Ejecutoría Coactiva, el estricto cumpli- miento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 8105 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban el Cuadro de Precios del TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 155-99-CDSB-C San Borja, 17 de junio de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Visto, en su XII-99 Sesión Ordinaria de fecha 17.6.99, el Informe Nº 056-99-CDSB-OPP de la Oficina de Planifi- cación y Presupuesto, sobre el Cuadro de Precios del Texto Unico de Procedimientos Administrativos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 138-99-CDSB-C de fe- cha 23.3.99, se aprobó el nuevo Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad de San Borja; Que, asimismo con Ordenanza Nº 139-99-CDSB-C se aprueba el Cuadro de Derechos por los Servicios que presta la Municipalidad de San Borja; Que, deben ser incluidos en el TUPA todos aquellos procedimientos que generen un real trámite administra- tivo con niveles de aprobación y/o recursos impugnativos y que ciertos procedimientos a instancias de las indicacio- nes de la Oficina General de Planificación de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, deben ser considerados precios; Estando a lo expuesto; y, lo dispuesto en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ORDENANZA Artículo Unico.- Aprobar el Cuadro de Precios del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, el mismo que forma parte de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde