Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 1999 (05/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Sujetar la venta de formulaciones comerciales de Monocrotophos de 400 g/l a lo prescrito en el Articulo 37º del Reglamento sobre el Registro, Comercializacion y Control de Plaguicidas Agricolas y Sustancias Afines, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-95-AG. Articulo 6º.- Hacer extensivo la inclusion de un folleto sobre el uso y manejo seguro de las formulaciones comerciales de Monocrotophos de 400 g/l en el MORDAZA, de acuerdo al formato que se consigna en el anexo adjunto. Articulo 7º.- Modificar el texto de la etiqueta de las formulaciones comerciales de Monocrotophos de 400 g/l a fin de que incluyan la informacion adicional siguiente: 7.1 En la parte I, De las Precauciones, las frases: "PRODUCTO EXTREMADAMENTE TOXICO PARA LAS AVES Y ABEJAS" y "LEA LA ETIQUETA MORDAZA DE USAR EL PRODUCTO". 7.2 En la parte III, la frase: "ADVERTENCIA: USO PERMITIDO SOLO EN LOS CULTIVOS Y PLAGAS AUTORIZADOS POR MEDIDAS DE RESTRICCION". 7.3 En las partes I y III, De las Precauciones y De los Indicativos de Uso respectivamente, resaltar los pictogramas sobre el uso de guantes y mascaras, duplicando su tamano normal. 7.4 Los limites maximos de residuos (LMR) deberan ser los del CODEX ALIMENTARIUS, siempre y cuando MORDAZA mas restrictivos que los consignados por el titular del registro. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO FOLLETO DE USO Y MANEJO SEGURO DE MONOCROTOPHOS - El folleto debera estar adjunto al envase del plaguicida de forma de que no se desprenda durante la venta, uso y manejo del producto. - A todo lo largo del cuerpo del folleto imprimir una banda de color, con una anchura del 10% de la altura de la hoja, que identificara la clasificacion toxicologica del producto. El color de la banda no debe usarse en ninguna otra parte de la etiqueta, a menos que forme parte de un logotipo. - El contenido del folleto sera toda la informacion que llevan las etiquetas de los plaguicidas. - Debera incluir la siguiente informacion: 1) La frase: "LEASE EL FOLLETO MORDAZA DE USAR EL PRODUCTO". 2) Nombre comercial del producto, nombre comun, clase y formulacion. 3) Composicion de la formulacion. 4) Numero de registro del producto en SENASA. 5) La frase: "MANTENGA EL PRODUCTO BAJO LLAVE Y FUERA DEL ALCANCE DE LOS NINOS". 6) Fabricante (nombre, direccion, telefono). 7) Importador o distribuidor autorizado (nombre, direccion y telefono). 8) Numero telefonico de un centro de informacion toxicologica para emergencias. 9) Simbolos de peligro. 10) Precauciones MORDAZA, durante y despues de la aplicacion. 11) Modo de empleo (equipos de proteccion, ropa de trabajo, estado de los equipos de aplicacion, metodo de aplicacion, instrucciones para preparar el caldo de aplicacion, etc.). 12) La frase: "PRODUCTO EXTREMADAMENTE TOXICO PARA AVES Y ABEJAS". 13) Usos autorizados (cultivos, plagas, dosis). 14) Periodo de reentrada. 15) Intervalo previo a cosecha. 16) La frase: "LAVESE LAS MANOS DESPUES DE USAR EL PRODUCTO". 17) Advertencias de peligro.

18) Instrucciones sobre como limpiar el equipo de aplicacion. 19) Compatibilidad con otros productos. 20) Primeros auxilios. 21) Recomendaciones al medico (si existieran). 22) Precauciones especificas para proteger el ambiente durante y despues de la aplicacion. 23) Medidas para la disposicion de remanentes y envases. 24) Pictogramas de seguridad y de manipulacion correcta, que iran sobre la banda de clasificacion toxicologica. 2931 RESOLUCION JEFATURAL Nº 028-99-AG-SENASA MORDAZA, 1 de marzo de 1999 VISTOS: El Memorandum Nº 2090-98-AG-SENASA-DGSVDDF e Informe Nº 01-98-AG-SENASA-DGSV-DDF; y, CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA - segun lo previsto en su MORDAZA de creacion, Ley Nº 25902, constituye el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, entre sus funciones cumple con conducir los registros de empresas productoras y distribuidoras de insumos de uso MORDAZA, tales como los plaguicidas y sustancias afines, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones institucional; Que, mediante Carta Circular Nº 221-98-AG-SENASA-DGSV-DDF la Direccion General de Sanidad Vegetal convoca a la CONAP para que revise la situacion de los registros de los plaguicidas sujetos al Procedimiento de Informacion y Consentimiento Previos (ICP) de la FAO/ PNUMA: Parathion etilico, Parathion metilico, Methamidophos, Monocrotophos y Phosphamidon; Que, la Comision Nacional de Plaguicidas - CONAP, ha efectuado el MORDAZA de revision de informacion del Methamidophos conforme aparece del Informe CONAP Nº 02-98 de fecha 12 de octubre de 1998, estableciendo en el mismo conclusiones y recomendaciones respecto al empleo del Methamidophos; Que, mediante Informe Nº 01-98-AG-SENASA-DGSVDDF, de fecha 30 de noviembre de 1998, acogiendo el precitado informe, se determina la necesidad de plasmar normativamente las conclusiones y recomendaciones formuladas por la CONAP; Estando a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1595-AG, Resolucion Ministerial Nº 0268-96-AG, Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Vegetal y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Mantener el registro de formulaciones comerciales de Methamidophos en concentraciones de hasta 600 g/l. Articulo 2º.- Adoptar las especificaciones tecnicas de la FAO para evaluar las caracteristicas fisicas y quimicas de este plaguicida en el MORDAZA, para las sustancias activas y todo MORDAZA de formulaciones comerciales. Articulo 3º.- Autorizar unicamente el registro, para la comercializacion y uso, de formulaciones comerciales de Methamidophos que contengan como disolventes al Dietilenglicol y Etilenglicol, en razon de sus caracteristicas de estabilidad y toxicidad que dan mayor seguridad en el uso del Methamidophos. Articulo 4º.- Determinar como minimo que el material de los envases a utilizarse para formulaciones comerciales de Methamidophos, sea el polietileno de alta densidad y preferiblemente MORDAZA con poliamidas o, el COEX cuando estos MORDAZA formulados en el MORDAZA local.

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