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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 1999 (05/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 170552 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de marzo de 1999 Otorgan a empresa concesión para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 299-99-MTC/15.18 Lima, 25 de febrero de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00369010, orga- nizado por la empresa de transportes SOSA E.I.R.L. - "TRANSO" E.I.R.L., sobre nueva concesión de ruta Chi- clayo-Jaén y viceversa e Informe Nº 132-99-MTC/15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes SOSA E.I.R.L. - "TRANSO"E.I.R.L., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado concesión en la ruta CHICLA- YO-JAEN y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC; Que,en el Informe Nº 132-99-MTC/15.18.04.1, se con- cluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, recomendándose la proceden- cia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89- PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes SOSA E.I.R.L. - "TRANSO" E.I.R.L., la concesión de la ruta CHICLAYO-JAEN y viceversa para prestar Ser- vicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, de acuerdo a los si- guientes términos: RUTA :Chiclayo-Jaén ITINERARIO :Pucará FRECUENCIAS :Dos (2) semanales HORARIOS :Salidas de Chiclayo: 10.00 horas (lunes y viernes) Salidas de Jaén: 08.00 horas (jueves y domingo) FLOTA VEHICULAR :Operativa: Un (1) ómnibus de placa: UC-2243 (1989) Reserva: Un (1) ómnibus de placa: UC-2193 (1988) TIEMPO DE VIAJE :5 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas de acuerdo al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposicio- nes vigentes, concernientes al Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, conta- dos a partir de su notificación.Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previs- tas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 2960 PODER JUDICIAL Aceptan donación de terreno efectua- da por la Municipalidad Provincial de Yungay RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 101-99-SE-TP-CME-PJ Lima, 1 de marzo de 1999 VISTOS: La Resolución Municipal Nº 016-94-MPY-A de fecha 22 de marzo de 1994, expedida por la Municipalidad Provincial de Yungay, departamento y Distrito Judicial de Ancash, y el Informe Nº 025-PJ-SE-GCR/JASFL del Area de Saneamiento Físico Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Municipal del vistos, se donó a favor del Poder Judicial el terreno de 400.00 metros cuadrados, ubicado en la manzana "L", lote 8, de la Nueva Ciudad de Yungay, distrito y provincia de Yungay, departamento de Ancash, cuyo dominio se encuentra registrado en la Ficha Nº 1438, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Huaraz; Que, de conformidad con la Resolución Administrati- va Nº 566-CME-PJ de fecha 15 de enero de 1998, correspon- de a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, evaluar la aceptación de las donaciones de bienes muebles e inmuebles que se realicen a favor de los órganos de este Poder del Estado; En uso de las funciones y atribuciones otorgadas por la Ley Nº 26546, modificadas y ampliadas mediante las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, y Resoluciones Admi- nistrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 029-99-SE- TP-CME-PJ, y estando a lo informado por la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la Municipalidad Provincial de Yungay a favor del Poder Judicial del terreno de 400.00 metros cuadrados, ubicado en la manzana "L", lote 8 de la Nueva Ciudad de Yungay, distrito y provincia de Yungay, departamento de Ancash, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 1438 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Huaraz.