Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 1999 (05/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 1999

Visto el Expediente Administrativo Nº 002-99DISA-I-CALLAO/CPPAD, con un total de 29 folios, relacionado con la presunta falta administrativa disciplinaria cometida por el servidor MORDAZA RINALDI AGUILAR; CONSIDERANDO: Que mediante OFICIO SA-DS-CALLAO/DP-Nº 08399, de fecha 28 de enero de 1999, emitido por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Personal de la MORDAZA I CALLAO y dirigido a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora Ejecutiva de Apoyo Administrativo de la MORDAZA I CALLAO, concluye que el Dr. MORDAZA RINALDI MORDAZA habria incurrido en falta de caracter disciplinario tipificada en el Articulo 78º inciso k) de la Resolucion Ministerial Nº 0132-92-SA-P, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Salud; Que mediante OFICIO SA-DS-CALLAO/DEAA Nº 051-99, de fecha 2 de febrero de 1999, emitido por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora Ejecutiva de Apoyo Administrativo de la MORDAZA I CALLAO, informa al Dr. MORDAZA MORDAZA Joo Luck, Director General de la Direccion de Salud I Callao, que de acuerdo al informe de la Direccion de Personal de la MORDAZA I CALLAO, el Dr. MORDAZA RINALDI MORDAZA ha incurrido en falta administrativa de caracter administrativo, por lo que eleva la documentacion respectiva para el tramite respectivo; Que mediante OFICIO SA-DS-CALLAO/DG Nº 028299, de fecha 5 de febrero de 1999, el Dr. MORDAZA MORDAZA Joo Luck, Director General de la Direccion de Salud I Callao, solicita a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios su pronunciamiento sobre la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al citado profesional; Que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios ha cumplido con hacer el estudio y analisis del Expediente Nº 002-99-CPPADDISA-I-CALLAO, pronunciandose por la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario al aludido servidor, a traves del Informe Preliminar Nº 002-99DISA-I-C/CPPAD-, de cuyo texto se desprende que el servidor MORDAZA RINALDI MORDAZA, habria incurrido en presunta simulacion de enfermedad durante el periodo comprendido entre el 22 de noviembre al 14 de diciembre de 1998; Que de la calificacion efectuada por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios fluye que el mencionado servidor habria incurrido en falta disciplinaria prevista en el Articulo 78º inciso k) del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Salud; Estando a lo recomendado por la citada comision; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276; Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a partir del dia siguiente de su notificacion con la presente resolucion a don MORDAZA RINALDI MORDAZA, medico asistente del Centro de Salud Base La MORDAZA, ZONADIS La MORDAZA, por los motivos expuestos en los precitados considerandos. 2º.- Disponer que el Expediente Nº 002-99-DISA-ICALLAO/CPPAD sea devuelto a la Comision Permanente de Procesos Administrativos para que realice las acciones pertinentes por ser de su competencia. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA JOO LUCK Director General Direccion de Salud I Callao 2958

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD para participar en curso y pasantia a realizarse en Venezuela y Mexico
RESOLUCION SUPREMA Nº 024-99-TR MORDAZA, 4 de marzo de 1999 VISTO: El Oficio Nº 049-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Caracas, Venezuela, se llevara a cabo el CURSO DE FACOEMULSIFICACION Y LENTES PLEGABLES, en el Instituto Oftalmologico de Caracas, Venezuela, del 1 al 31 de marzo de 1999; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, medico del Servicio de Oftalmologia del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha solicitado autorizacion para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 025-98, Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 010-88-PCM, Nº 135-90-PCM, Nº 03791-PCM y normas complementarias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, medico del Servicio de Oftalmologia del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Caracas, Venezuela, del 28 de febrero al 31 de marzo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa CORPAC : Pasajes : Viaticos : US$ 25.00 US$ 465.35 US$ 1,572.00

Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promocion Social 3069

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