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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 1999 (05/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 170548 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de marzo de 1999 Visto el Expediente Administrativo Nº 002-99- DISA-I-CALLAO/CPPAD, con un total de 29 folios, relacionado con la presunta falta administrativa disci- plinaria cometida por el servidor Augusto RINALDI AGUILAR; CONSIDERANDO: Que mediante OFICIO SA-DS-CALLAO/DP-Nº 083- 99, de fecha 28 de enero de 1999, emitido por el Sr. Abel Carpio Montoya, Director de Personal de la DISA I CA- LLAO y dirigido a la Sra. María Teresa Fernández Coro- nado, Directora Ejecutiva de Apoyo Administrativo de la DISA I CALLAO, concluye que el Dr. Augusto RINALDI AGUILAR habría incurrido en falta de carácter discipli- nario tipificada en el Artículo 78º inciso k) de la Resolución Ministerial Nº 0132-92-SA-P, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Salud; Que mediante OFICIO SA-DS-CALLAO/DEAA Nº 051-99, de fecha 2 de febrero de 1999, emitido por la Sra. María Teresa Fernández Coronado, Directora Ejecutiva de Apoyo Administrativo de la DISA I CA- LLAO, informa al Dr. Carlos Enrique Joo Luck, Direc- tor General de la Dirección de Salud I Callao, que de acuerdo al informe de la Dirección de Personal de la DISA I CALLAO, el Dr. Augusto RINALDI AGUILAR ha incurrido en falta administrativa de carácter admi- nistrativo, por lo que eleva la documentación respec- tiva para el trámite respectivo; Que mediante OFICIO SA-DS-CALLAO/DG Nº 0282- 99, de fecha 5 de febrero de 1999, el Dr. Carlos Enrique Joo Luck, Director General de la Dirección de Salud I Callao, solicita a la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios su pronunciamiento sobre la pro- cedencia de instaurar proceso administrativo disciplina- rio al citado profesional; Que la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios ha cumplido con hacer el estudio y análisis del Expediente Nº 002-99-CPPAD- DISA-I-CALLAO, pronunciándose por la instauración de Proceso Administrativo Disciplinario al aludido servidor, a través del Informe Preliminar Nº 002-99- DISA-I-C/CPPAD-, de cuyo texto se desprende que el servidor Augusto RINALDI AGUILAR, habría incu- rrido en presunta simulación de enfermedad durante el período comprendido entre el 22 de noviembre al 14 de diciembre de 1998; Que de la calificación efectuada por la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios fluye que el mencionado servidor habría incurrido en falta disciplinaria prevista en el Artículo 78º inciso k) del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Salud; Estando a lo recomendado por la citada comisión; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276; Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1º.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a partir del día siguiente de su notificación con la presente resolución a don Augusto RINALDI AGUILAR, médico asistente del Centro de Salud Base La Perla, ZONADIS La Perla, por los motivos expuestos en los precitados considerandos. 2º.- Disponer que el Expediente Nº 002-99-DISA-I- CALLAO/CPPAD sea devuelto a la Comisión Permanen- te de Procesos Administrativos para que realice las accio- nes pertinentes por ser de su competencia. Regístrese y comuníquese. CARLOS ENRIQUE JOO LUCK Director General Dirección de Salud I Callao 2958TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD para participar en curso y pasantía a realizarse en Venezuela y México RESOLUCION SUPREMA Nº 024-99-TR Lima, 4 de marzo de 1999 VISTO: El Oficio Nº 049-PE-ESSALUD-99 del Presidente Eje- cutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Caracas, Venezuela, se llevará a cabo el CURSO DE FACOEMULSIFICACION Y LEN- TES PLEGABLES, en el Instituto Oftalmológico de Cara- cas, Venezuela, del 1 al 31 de marzo de 1999; Que, la señora SOLEDAD SUAREZ CASTILLO, mé- dico del Servicio de Oftalmología del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen" del Seguro Social de Sa- lud - ESSALUD, ha solicitado autorización para partici- par en el mencionado evento, habiendo evaluado la Ge- rencia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Cen- tral de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 025-98, Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 010-88-PCM, Nº 135-90-PCM, Nº 037- 91-PCM y normas complementarias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora SOLE- DAD SUAREZ CASTILLO, médico del Servicio de Oftal- mología del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Iri- goyen" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Caracas, Venezuela, del 28 de febrero al 31 de marzo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Pasajes :US$ 465.35 Viáticos :US$ 1,572.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promoción Social 3069