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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 1999 (13/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 170987 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de marzo de 1999 Modifican fechas de matada, quema y siembra del cultivo del algodonero en el valle de Ica, de las campañas agríco- las 1998-1999 y 1999-2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 031-99-AG-SENASA Lima, 5 de marzo de 1999 VISTO: El Informe Nº 006/99-AG-SENASA-DGSV-DDF de la Dirección General de Sanidad Vegetal del SENASA, en la que se opina favorablemente a la solicitud formulada por la Comisión Ad Hoc del Reglamento del Cultivo del Algo- donero del Valle de Ica, para la modificación de las fechas de matada y quema (campaña agrícola 1998-99) y siembra (campaña agrícola 1999-2000) acorde con las característi- cas agroclimáticas del valle; y, CONSIDERANDO: Que el Artículo 3º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, aprobado mediante Resolución Minis- terial Nº 0251-94-AG y su modificatoria, Resolución Mi- nisterial Nº 443-97-AG, fijan las fechas de siembra, mata- da y quema en los valles de la costa peruana; asimismo, en la Segunda Disposición Complementaria del mencionado Texto Unico Ordenado, se faculta al SENASA para modi- ficar mediante Resolución Jefatural, las fechas estableci- das para dichas labores; Que el valle de Ica muestra zonas con microclimas distintos, lo que hace que se consideren tres zonas diferenciadas con condiciones específicas para el cul- tivo del algodonero, condiciones que a su vez determi- nan que la fecha única de siembra de este cultivo en el valle, establecida por el citado Texto Unico Ordenado, no se ajuste a la realidad; asimismo, habiéndose iden- tificado como "zonas excepcionales" a aquellas que sólo disponen del recurso hídrico en la época de la avenida del río Ica; Que ante esta circunstancia, la Comisión Ad Hoc del Reglamento del Cultivo del Algodonero del Valle de Ica, en su sesión del 13 de enero del año en curso, acordó por unanimidad solicitar al SENASA, que las fechas de mata- da y quema de la campaña agrícola 1998-99 y siembra de la campaña agrícola 1999-2000 sean modificadas; propo- niendo que la fecha para estas labores se debe establecer por cada zona del citado valle, de acuerdo a las caracterís- ticas agroclimáticas que presentan éstas; Que en consecuencia, es necesario establecer las refe- ridas modificaciones de las fechas de matada, quema y siembra para el presente año, a fin de que el cultivo del algodonero pueda desarrollarse bajo adecuadas condicio- nes agroclimáticas que requiere; y, Con las visaciones de la Dirección General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar las fechas de matada y quema correspondientes a la campaña agrícola 1998-99, y siembra de la campaña agrícola 1999-2000 del cultivo del algodonero en el valle de Ica, tal como se detalla a continuación: Zona Matada y Quema Campo Limpio Siembra Zona Alta: 1 Mar. al 31 Mar. 1 Abr. al 30 Abr .1 May. al 30 Jun. Los Molinos Chavalina San José de Huamaní Trapiche Yancay El Carmen El Olivo Tacama La Máquina Cordero Churrutina San JuanZona Alta Excepcional: 1 Dic. al 15 Ene. 15 Ene. al 15 Feb. 15 Feb. al 15 Abr. Huamaní Tiraxi y anexos Zona Media: 15 Feb. al 30 Mar. 1 Abr. al 30 Abr. 1 May. al 30 Jun. Guadalupe Macacona Parcona La Tinguiña Cachiche Huacachina Chanchajalla Los Aquijes Pachacútec Tate Pueblo Nuevo Zona Baja: 15 Feb. al 15 Mar. 15 Mar. al 15 Abr. 15 Abr. al 15 Jun. Santiago Santa Margarita Pampa de Los Castillos Santa Dominguita La Venta Aguada de Palos Zona Baja Excepcional: 1 Ene. al 15 Feb. 15 Feb. al 15 Mar. 15 Mar. al 30 Abr. Ocucaje Callango Venta Alta Rosario de Yauca Artículo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en el artículo precedente, serán sancionados conforme a lo establecido en el inciso a) del Artículo 31º del TUO del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 3401 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia y designan Presi- dente del Tribunal Fiscal RESOLUCION SUPREMA Nº 101-99-EF Lima, 11 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el doctor Francisco Javier Indacochea Gonzales, ha formulado renuncia al cargo de Presidente del Tribu- nal Fiscal, para el que fuera nombrado por Resolución Suprema Nº 070-95-EF, de fecha 18 de agosto de 1995; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 816 - Código Tributario; el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha de la presente resolución, la renuncia formulada por el doctor Francisco Javier Indacochea Gonzales al cargo de Presidente del Tribunal Fiscal, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 3488