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Pág. 170992 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de marzo de 1999 Regístrese, comuníquese y publíquese. CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 3378 Declaran improcedente afectación en uso de terreno ubicado en el distrito de San Miguel, provincia de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 069-99-PRES Lima, 5 de marzo de 1999 Visto el Expediente Nº 821883, mediante el cual la Asociación de Comerciantes del Mercado "San José" soli- cita la afectación en uso del terreno de 356,00 m2, ubicado en la esquina de los jirones Libertad y Los Yungas, constituido por el lote Nº 5, manzana "KF" de la urbaniza- ción "Maranga", distrito de San Miguel, provincia y depar- tamento de Lima, para que siga siendo destinado para el funcionamiento del Mercado San José; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fecha 5 de enero de 1998, la Asociación de Comerciantes del Mercado "San José" soli- cita la afectación en uso del terreno de 356,00 m2, ubicado en la esquina de los jirones Libertad y Los Yungas, constituido por el lote 5 de la manzana "KF" de la urbani- zación "Maranga", distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; Que, el Estado es propietario del terreno descrito en el considerando precedente, que se encuentra debidamente inscrito en el Asiento 1, Fojas 41 del Tomo 1320 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en Asiento Nº 2372 del Margesí de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Informes Nºs. 301-97/SBN-DAT, de fecha 3 de noviembre de 1997 y 152-98/SBN-DAT, de fecha 15 de julio de 1998, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, da cuenta de las inspeccio- nes oculares realizadas al terreno submateria, manifestan- do que a éste le corresponde una zonificación R-3, Residen- cial de Media Densidad, que no resulta conforme con la actividad correspondiente a mercado y que el área real que ocupa la Asociación de Comerciantes del Mercado "San José" es de 428,40 m2, habiéndose verificado que la exten- sión de 72,40 m2 corresponde a la franja de separación entre el predio y la avenida Libertad (antes jirón Libertad); Que, la asociación recurrente le viene dando al terreno submateria un uso que no es compatible con la zonifica- ción asignada al mismo, por lo que la solicitud formulada deviene en improcedente; Que, las afectaciones en uso de propiedad del Estado son aprobadas mediante Resolución Suprema, correspon- diendo declarar las improcedencias a través de la Resolu- ción Ministerial respectiva; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 25554, Decreto Supremo Nº 025-78-VC, Decreto Su- premo Nº 005-93-PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la afecta- ción en uso del terreno de 356,00 m2, ubicado en la esquina de los jirones Libertad y Los Yungas, constituido por el lote Nº 5, manzana "KF" de la urbanización "Maranga", distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, solicitada por la Asociación de Comerciantes del Mercado "San José", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 3379PROMUDEH Amplían plazo a fin que Comisión culmi- ne evaluación de propuestas que permitan a la Beneficencia Pública de Lima sanear obligaciones con SUNAT y la ONP RESOLUCION SUPREMA Nº 046-99-PROMUDEH Lima, 9 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 116-98-PRO- MUDEH de fecha 31 de diciembre de 1998, se constituyó una Comisión Multisectorial encargada de evaluar las propuestas, recomendaciones y alternativas de solución que permitan a la Beneficencia Pública de Lima Metro- politana el saneamiento de las obligaciones económicas y financieras que mantiene con la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria - SUNAT y la Oficina de Normalización Previsional - ONP, otorgándosele un plazo de 60 días calendario para la presentación de un informe con las recomendaciones correspondientes; Que la referida comisión ha comunicado la imposibili- dad de cumplir con el encargo encomendado en el plazo señalado al haberse operado cambios en los sectores correspondientes, por lo que se hace necesario prorrogar el referido plazo a fin de que los nuevos miembros de la comisión tomen conocimiento de los avances alcanzados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por 90 días calendario el plazo a que se refiere el Artículo 3º de la Resolución Suprema Nº 116-98-PROMUDEH. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Salud y la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas CARLOS AUGUSTO DE ROMAÑA Y GARCIA Ministro de Salud LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 3496 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 050-99-TR Lima, 1 de marzo de 1999