Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 1999 (12/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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4.- Fracciones de tiempo para liquidacion de servicios y derechos Toda fraccion de Dia, se considera Dia completo. Toda fraccion de Hora, se considera Hora completa. TARIFAS MAXIMAS Estructura y Niveles Tarifarios maximos para ENAPU, como se detalla a continuacion:
Tarifa MORDAZA por Unidad de Medida en US$ 200.00 0.65 10.00 28.00 3.00 4.50 1.00 3.00 80.00 120.00 40.00 60.00 0.05

El Concejo Municipal de Independencia, en sesion extraordinaria de fecha veintitres de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de marzo de 1999, se aprobo la Ordenanza Nº 002-99-A/MDI, que regula el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines Publicos y de Relleno Sanitario; Que, el costo que origina el transporte y la disposicion final de los residuos solidos, debe de estar incluido en el de limpieza publica, siendo por lo tanto necesario modificar la ordenza mencionada, en los articulos que a continuacion se indican; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura del Acta, ha dado la siguiente : ORDENANZA Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo 1º por el siguiente texto: "Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION En uso de la potestad tributaria municipal, prevista en la Constitucion Politica del Estado y Leyes Complementarias, por la presente ORDENANZA se regula en la jurisdiccion del Distrito de Independencia, la aplicacion de los arbitrios siguientes: -Arbitrio de Limpieza Publica -Arbitrio de Parques y Jardines Publicos." Articulo 2º.- Modifiquese el Articulo 4º por el siguiente texto: "Articulo 4º.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS El importe recaudado por concepto de los arbitrios a que se refiere la presente ordenanza, constituye renta de la Municipalidad Distrital de Independencia. El rendimiento de los mencionados arbitrios sera destinado unica y exclusivamente a financiar el costo que origina la prestacion de los servicios." Articulo 3º.- Modifiquese el Articulo 5º por el siguiente texto: "Articulo 5º.- PERIODICIDAD Y DETERMINACION Los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines son de periodicidad mensual. La Municipalidad Distrital de Independencia determinara y recaudara dichos arbitrios por periodos trimestrales, emitiendo los recibos correspondientes". Articulo 4º.- Modifiquese el Articulo 12º por el siguiente texto: "Articulo 12º.- JUBILADOS, CESANTES Y PENSIONISTAS Los jubilados, cesantes y pensionistas, propietarios de un solo inmueble que lo dediquen en su integridad a MORDAZA habitacion y que MORDAZA reconocidos como tales por la Municipalidad, y que perciban una pension mensual no mayor de S/. 400.00 (CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) o que el valor total de su predio no supere los S/. 22,700.00 (VEINTIDOS MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), abonaran por Arbitrio de Limpieza Publica un monto mensual diferenciado. El jubilado, cesante o pensionista que desarrolle dentro de su predio una actividad economica cuya autorizacion de apertura este a su nombre o de su conyuge, abonaran el arbitrio a que se refiere el parrafo anterior, siempre que su pension mensual no exceda el monto indicado. En el caso de los jubilados, cesantes o pensionistas que cedan a terceros el uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales o para MORDAZA habitacion, solo se les aplicara el beneficio por el area que continuen ocupando. Al area cedida se le aplicara los arbitrios en forma normal." Articulo 5º.- Modifiquese el Articulo 15º por el siguiente texto: "Articulo 15º.- DEFINICION El Arbitrio de Limpieza Publica comprende el servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de los residuos,

Concepto Amarre/Desamarre Uso de Amarradero Uso de Muelle: Carga Fraccionada Carga Rodante Carga Solida a granel Carga Solida a granel embarcada o descargada con equipos Especializados del Terminal Carga Liquida a granel Carga Liquida a granel descargada por instalaciones especializadas del Terminal Container con Carga 20 pies Container con Carga 40 pies Container sin Carga 20 pies Container sin Carga 40 pies Almacenamiento (Cereales y granos)

Unidad De Medida Operacion Metro de Eslora/Hora TM TM TM TM TM TM Unidad Unidad Unidad Unidad TM/Dia

Servicio de Amarre/Desamarre Cargo a la Nave que comprende el proporcionar personal de Gavieros para el apoyo, en muelle, de la operacion de Amarre/Desamarre. Uso de Amarradero Cargo a la Nave correspondiente al tiempo que (la Nave) permanece amarrada al Muelle. Se computa, a partir de la hora en que se pasa la primera espia en la operacion de atraque, y hasta que se largue la MORDAZA espia en la operacion de Desatraque. A las embarcaciones menores, con menos de 80.00 metros de eslora, se les aplicara una tarifa MORDAZA correspondiente a US$ 100.00 por dia. Uso de Muelle Cargo a la Carga, correspondiente a la utilizacion de las facilidades portuarias. Para el caso de containers sin carga, el cargo es 100% a la Nave. Almacenamiento Cargo a la Carga por servicio de almacenamiento, especificamente para los cereales y granos. Se dispondra de un plazo de 10 dias libre de pago. La tarifa MORDAZA se aplica del dia 11 al 20. El servicio de almacenamiento a partir del dia 20 se sujeta a la libre contratacion. FACULTADES DE ENAPU Los niveles tarifarios constituyen limites maximos, dentro de los cuales ENAPU puede establecer las tarifas especificas para cada servicio o derecho de uso de facilidades, en cada Puerto bajo su administracion, por Acuerdo de su Directorio, debiendo informar a OSITRAN y cumplir con la publicacion en el Diario Oficial. 6138

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Modifican ordenanza que MORDAZA el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario
ORDENANZA Nº 005-99-A-MDI EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

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