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Pág. 173068 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de mayo de 1999 Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fuera otorgada a PESQUERA SAN PEDRO S.R.Ltda., a través de la Resolución Ministerial Nº 361-98- PE, de fecha 4 de diciembre de 1998, para operar la embar- cación pesquera denominada "CARMEN LUISA", con Matrícula Nº CO-18294-PM. Artículo 3º.- Incorporar a PESQUERA ROSARIO S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "CARMEN LUISA", así como incorpo- rar la presente resolución al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500 y en el Anexo III de la Resolu- ción Ministerial Nº 501-98-PE, retirando a PESQUERA SAN PEDRO S.R.Ltda., y a la Resolución Ministerial Nº 361-98- PE consignada en dichos anexos. Artículo 4º.- Transcríbase la presente resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Minis- terio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Chiclayo, Trujillo, Chimbote, Ica, Arequi- pa, Ilo y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 6088 PROMUDEH Absuelven de cargos formulados en proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-99-PROMUDEH Lima, 11 de mayo de 1999 Vistos el Pronunciamiento Nº 004-99-PROMUDEH- CEPAF, de fecha 17 de marzo de 1999, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 009-99-PRO- MUDEH de fecha 13 de enero de 1999, se instauró proceso administrativo a los ex funcionarios del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, señores David Gutiérrez Rodríguez, ex Gerente de Gestión Administrativa; Melva Gonzales Rodríguez, ex Jefa de la Oficina de Adminis- tración de Recursos; Rosa Ana María Requejo Rosales, ex encargada de la Unidad de Logística; Norma Valenzuela Jiménez, ex encargada de la Unidad de Logística; y Elsa Casas Sotomayor, ex Jefa de la Oficina de Comunicaciones, al haberse evidenciado de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe de Auditoría Nº 003-98-PROMUDEH-OAI del Organo de Auditoría del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma- no, el irregular manejo de los recursos financieros de la institución, previsto en el Artículo 28º del Decreto Legislati- vo Nº 276; Que de la investigación administrativa realizada y los descargos formulados por el señor David Gutiérrez Rodrí- guez y Norma Valenzuela Jiménez, se ha acreditado que el pago de gratificaciones a la firma Handyman S.A. formaba parte de la estructura de costos y estaba efectivamente refrendado en la Cláusula Adicional suscrita, sin que ello significara la existencia de vínculo laboral entre el PROMU- DEH y los trabajadores de la referida empresa; Que del análisis y evaluación de los descargos presen- tados por doña Melva Gonzales Rodríguez y doña Rosa Ana María Requejo Rosales se ha acreditado que el pago indebido efectuado a la firma Handyman S.A. ha sido subsanado, recuperándose la cantidad de S/. 4,720.00 (cuatro mil sete- cientos veinte y 00/100 Nuevos Soles) mediante la Nota de Crédito Nº 001, asimismo se ha determinado que doña Elsa Casas Sotomayor dispuso en forma directa la adquisición de bienes y servicios por cuanto en la época que sucedieron los hechos, el Ministerio se encontraba en proceso de implemen- tación sujeto a continuas modificaciones y con ausencia de procedimientos, por lo que en ese sentido habrían absuelto los cargos formulados en su contra; Estando a lo recomendado en el documento de vistos por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli-narios del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano - PROMUDEH, resulta procedente absolver a los señores David Gutiérrez Rodríguez, Norma Valenzuela Jiménez, Melva Gonzales Rodríguez, Rosa Ana María Re- quejo Rosales y Elsa Casas Sotomayor; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y la Ley Nº 27050, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administra- tiva y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Absolver de los cargos formulados en el Proceso Administrativo Disciplinario aperturado a los seño- res David Gutiérrez Rodríguez, Norma Valenzuela Jiménez, Melva Gonzales Rodríguez, Rosa Ana María Requejo Rosales y Elsa Casas Sotomayor, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a cada uno de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 6160 Autorizan a procuradora iniciar proce- sos judiciales a ex funcionarios de la Unidad Ejecutora de COOPOP-Piura por presunta responsabilidad civil y penal RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-99-PROMUDEH Lima, 11 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en la Nota Informativa Nº 006-97-OAI-J/COOPOP "Inspección a la Unidad Ejecutora de Coopop-Piura", del Organo de Auditoría Interna de la Oficina Nacional de Coope- ración Popular, en la acción de control realizada a la Unidad Ejecutora de Coopop-Piura, se ha determinado presunta responsabilidad civil y penal por parte de los funcionarios responsables a la fecha de los hechos, en el irregular manejo de los actos administrativos y financieros de la Unidad Ejecu- tora durante el ejercicio de 1995; Que de los hechos descritos en la acción de control referida, se evidencian indicios razonables de presunta comi- sión de ilícitos penales y responsabilidad civil de los ex funcionarios de la Unidad Ejecutora de Coopop-Piura, por haberle dado un destino distinto a los montos asignados para la obra "Construcción de la Carretera Alto de los More 01 km.", que ocasionó se sufraguen gastos no previstos; por no contar con el Cuaderno de Obra y los Planos de Replanteo, así como por la existencia de obras inconclusas como el "Mejora- miento del sistema de riego del canal sublateral T-35.5 San Lorenzo", "Mejoramiento de Carretera Chatito - La Arena", "Vía de acceso Carretera Pueblo Nuevo de Colán" y "Remo- delación y Adecuación de ambientes de PROMURCA - Piu- ra", cuya ejecución física no concuerda con los avances financieros entregados, que ha provocado diferencias econó- micas en perjuicio de la institución; y, por la existencia de sobregiros en bancos hasta por la suma de S/. 109,393.09 nuevos soles; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º de la Ley de Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considera- dos como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMU- DEH, a iniciar las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y