Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 1999 (13/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 1999
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 6171

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Designan Presidente del Consejo de Administracion del Fondo de Seguro de Depositos
RESOLUCION SBS Nº 0349-99 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 144º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, modificada por Ley Nº 27102 del 5 de MORDAZA de 1999, senala que el objeto del Fondo de Seguro de Depositos, en adelante "el Fondo", tiene por objeto proteger a quienes realicen depositos en las empresas del sistema financiero dentro de los limites que dichas normas senalan; Que, el Articulo 146º de la mencionada Ley General dispone que el fondo cuenta con un Consejo de Administracion y que su Presidente es designado por la Superintendencia de Banca y Seguros; Contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias introducidas por la Ley Nº 27102; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA Klingenberger Lomellini, con L.E. Nº 07795693, como Presidente del Consejo de Administracion del Fondo de Seguro de Depositos. Registrese, comuniquese y transcribase la presente resolucion a los Registros Publicos para su inscripcion. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 6180

Articulo Primero.- Aceptar la donacion efectuada por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS, segun se detalla en la Nota de Entrada a Almacen adjunta a la presente, valorizada en TRES MIL QUINIENTOS OCHENTICUATRO y 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 3,584.50). Articulo Segundo.- Agradecer a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Subjefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 6144

INPE
Declaran inadmisible reconsideracion contra resolucion que dio por concluida encargatura de funciones de Director de la Oficina de Prensa y RR.PP. del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 177-99-INPE-P MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 Visto, el recurso de reconsideracion, interpuesto por el servidor MORDAZA V. WILLIAMS MORDAZA contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 031-99-INPE-P, de fecha 1 de febrero de 1999 y Dictamen Nº 065-99-INPE/OGAJ, de fecha 5 de MORDAZA de 1999 de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 031-99-INPE-P, de fecha 1 de febrero de 1999, se resuelve dar por concluida a partir del 1 de febrero, la encargatura de funciones al servidor MORDAZA V. WILLIAMS MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director de la Oficina de Prensa y Relaciones Publicas de la sede central del Instituto Nacional Penitenciario; Que, el recurso de reconsideracion, interpuesto por el servidor MORDAZA WILLIANS MORDAZA, adolece de requisito esencial de forma, puesto no registra la firma de letrado que lo autorice; Que, las disposiciones contenidas en el Inc. e) Art. 101º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos" son de caracter imperativo al preceptuar que "El escrito de interposicion del recurso de reconsideracion, debera expresar la firma de letrado en los lugares en que la defensa sea cautiva" y en el caso subexamine al no haber dado cumplimiento el impugnante a la obligatoriedad de la formalidad senalada en la MORDAZA, ha quebrantado la normatividad procesal administrativa vigente; Estando al Dictamen Nº 065-99-INPE-OGAJ, de fecha 5 de MORDAZA de 1999, de la Oficina General de Asesoria Juridica y con las visaciones de la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Art. 101º inciso e) del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 00590-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS y la Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INADMISIBLE, el recurso de reconsideracion interpuesto por el servidor MORDAZA WILLIANS MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 031-99-INPE-P, de fecha 1 de febrero de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 6146

INDECI
Aceptan donacion efectuada por ADUANAS a favor del INDECI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 100-99-INDECI MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 894-99-ADUANAS/OAA/DAI del 19.ABR.99, por el cual la Superintendencia Nacional de Aduanas otorga una donacion al INDECI; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como organo central del Sistema Nacional de Defensa Civil, esta encargado del planeamiento, coordinacion y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000375 de 7.ABR.99, la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS, ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, un televisor a color de 27" MORDAZA ZENITH, una videograbadora MORDAZA ZENITH, una radiograbadora MORDAZA MORDAZA CROWN, dos camaras fotograficas MORDAZA CANNON, y cien rollos de pelicula fotografica MORDAZA KODAK, valorizados en TRES MIL QUINIENTOS OCHENTICUATRO y 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 3,584.50), segun se detalla en Nota de Entrada a Almacen Nº 3 del 19.ABR.99; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942; 19338 y sus modificatorias;

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