Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 1999 (27/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 155-99-G-REDSS/M del 22.MAR.99 de la Direccion Regional de Salud - Red de Servicios de Salud Moyobamba, que solicita la transferencia del insumo quimico: HIPOCLORITO DE SODIO (Lejia), a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, la Direccion Regional de Salud - Moyobamba a traves de la Red de Servicios de Salud, solicita a la OFECOD la transferencia del insumo quimico fiscalizado: HIPOCLORITO DE SODIO, para ser utilizado en la desinfeccion de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano, en la jurisdiccion de Moyobamba. Que, en la Sede de la SEANDRO - Moyobamba de la Subregion PNP - San MORDAZA, se encuentra inmovilizado y bajo custodia el insumo quimico: HIPOCLORITO DE SODIO (Lejia), la cantidad de Mil cojines (1,000). Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la presente transferencia del insumo quimico, con la intervencion de las autoridades competentes, senaladas en la legislacion pertinente para tal fin. Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD es la unica entidad encargada de la administracion de Bienes Incautados por Trafico Ilicito de Drogas. De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transfierase a la Direccion Regional de Salud - Red de Servicios de Salud - Moyobamba el insumo quimico: - HIPOCLORITO DE SODIO (Lejia) : 1,000 (Mil cojines) para ser utilizado en la desinfeccion de los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano, en la jurisdiccion de Moyobamba. Articulo 2º.- La OFECOD procedera a la entrega del insumo quimico fiscalizado, al representante acreditado por la Direccion Regional de Salud - Moyobamba previo pesaje y analisis, certificado por un profesional quimico en presencia del representante del Ministerio Publico; levantandose el acta de transferencia. Articulo 3º.- La Direccion Regional de Salud - Moyobamba, informara a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas la utilizacion del insumo quimico transferido. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6837 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0526-99-IN/1101 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 0690-99-CTAR-D-DIRESA-PUNO del 16.MAR.99, del Laboratorio de Referencia Regional de la Direccion Regional de Salud - MORDAZA, solicita la transferencia de los insumos quimicos fiscalizados: ACETONA y AMONIACO (Hidroxido de Amonio), a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, el laboratorio de referencia regional de la Direccion Regional de Salud - MORDAZA, solicita a la OFECOD la transferencia de los insumos quimicos fiscalizados: ACETONA y AMONIACO (Hidroxido de Amonio), para ser utilizados en el procesamiento de muestras y preparacion de reactivos de los Laboratorios de Virologia, Citologia y de enfermedades de transmision sexual y Sida. Que, en el almacen y/o deposito de la DIVANDRO-XIIR-PNP-PUNO, se encuentran bajo custodia e inmovilizados los siguientes insumos quimicos fiscalizados: - ACETONA: La cantidad de veintiocho kilogramos con ochocientos gramos (28.800 k.) contenido en dos (2) bidones plasticos de color plomo en peso bruto. - AMONIACO (Hidroxido de Amonio): La cantidad de diecinueve kilogramos (19.000 k.) contenido en un (1) bidon en peso bruto.

Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la presente transferencia de los insumos quimicos, con la intervencion de las autoridades competentes, senaladas en la legislacion pertinente para tal fin. Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD es la unica entidad encargada de la administracion de bienes incautados por trafico ilicito de drogas. De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transfierase al Laboratorio de Referencia Regional de la Direccion Regional de Salud - MORDAZA, los siguientes insumos quimicos fiscalizados: - ACETONA : 28.000 k. - AMONIACO (Hidroxido de Amonio) : 19.000 k. para ser utilizados en el procesamiento de muestras y preparacion de reactivos de los Laboratorios de Virologia, Citologia y de enfermedades de transmision sexual y Sida. Articulo 2º.- La OFECOD procedera a la entrega de los insumos quimicos fiscalizados, al representante acreditado por la Direccion Regional de Salud - MORDAZA, previo pesaje y analisis certificado por un profesional quimico en presencia del representante del Ministerio Publico; levantandose el acta de transferencia. Articulo 3º.- La Direccion de Salud - MORDAZA, informara a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas la utilizacion de los insumos quimicos transferidos. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6838 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0527-99-IN/1101 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1999 Visto el Oficio Nº 0468-99-D-HR "MNB"-UBASS-PUNO del 18.MAR.99, del Hospital Regional "MANUEL MORDAZA BUTRON" de la Unidad Basica de Servicios de Salud MORDAZA, solicita la transferencia del insumo quimico fiscalizado ACETONA a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, el Hospital Regional "MANUEL MORDAZA BUTRON" de la Unidad Basica de Servicios de Salud - MORDAZA, solicita a la OFECOD la transferencia del insumo quimico fiscalizado ACETONA, para ser utilizado en analisis por el Departamento de Laboratorio de Patologia. Que, en el almacen de la DIVANDRO-XII-R-PNP-PUNO, se encuentra inmovilizado y bajo custodia el insumo quimico fiscalizado: ACETONA la cantidad de cuarenta y dos kilogramos con seiscientos cincuenta gramos (42.650 k.), contenido en tres (3) bidones plasticos de color plomo en peso bruto. Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la presente transferencia del insumo quimico, con la intervencion de las autoridades competentes senaladas en la legislacion pertinente para tal fin. Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD es la unica entidad encargada de la administracion de bienes incautados por trafico ilicito de drogas. De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transfierase al Hospital Regional "MANUEL MORDAZA BUTRON" de la Unidad Basica de Servicios de Salud - MORDAZA el insumo quimico fiscalizado:

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