Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 1999 (27/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 1999

Articulo Primero.- DISPONER la prorroga del funcionamiento del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA por el termino de 60 dias mas, esto es del 30 de MORDAZA al 28 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- RATIFICAR a los senores doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los cargos jurisdiccionales de Jueces Suplentes del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince y San MORDAZA, por el termino dispuesto en el articulo que antecede. Articulo Tercero.- DISPONER la prorroga del funcionamiento del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA por el termino de 60 dias mas, esto es del 5 de junio al 3 de agosto del ano en curso. Articulo Cuarto.- RATIFICAR a las senoritas doctoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ALLYSON MORDAZA IRIGOYEN, en los cargos jurisdiccionales de Jueces Suplentes del Despacho Colectivo del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, por el termino dispuesto en el Articulo Tercero. Articulo Quinto.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los jueces integrantes de los Despachos Colectivos del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lince - San MORDAZA y del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, dando cuenta de la produccion jurisdiccional, bajo inventario con caracter de declaracion jurada; y al termino del plazo de duracion previstos para cada Despacho Colectivo, elevara el informe correspondiente sobre los avances, logros y resultados de produccion jurisdiccional y carga procesal. Articulo Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, de la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, y de los Magistrados comprendidos en la presente resolucion para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 6912

Que, conforme lo dispone el Articulo 11º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones, la Jefatura de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, recae en la persona del Presidente de Corte Superior de Justicia, extiendose su funcion contralora en su correspondiente Distrito Judicial, avocandose a velar por el desempeno funcional regular de los Magistrados y Auxiliares de Justicia, teniendo como objetivo proveer el buen funcionamiento de la administracion, asi como el buen desempeno de sus integrantes, encontrandose investido para el efecto de las facultades disciplinarias y preventivas con sujecion a la Ley Organica del Poder Judicial, al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura y demas disposiciones de aplicacion supletoria; Que, por lo expuesto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA investida como Jefatura de la ODICMA-LIMA, ve por conveniente dar enfasis a las acciones preventivas, dirigidas a la evaluacioncontralora: previa, concurrente y posterior, frente a los organos jurisdiccionales que conforman este Distrito Judicial; y en estricta aplicacion del criterio de colaboracion que orienta la funcion contralora, segun la cual se debe cooperar y dar las facilidades a los diversos organos jurisdiccionales, a fin que mejore y perfeccione el desempeno funcional y jurisdiccional, alcanzando mayores niveles de eficiencia y eficacia, brindando una pronta Administracion de Justicia en beneficio de los justiciables; por lo que, como es de advertirse de las estadisticas de carga procesal y de otro lado las carencias de recursos humanos, resulta necesario desplegar creativamente los esfuerzos necesarios a fin de lograr la solucion a los problemas presentados en los diversos organos jurisdiccionales; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONFORMAR un GRUPO DE APOYO DE LABORES JURISDICCIONALES, para jornadas extraordinarias de trabajo a realizarse los sabados y/o domingos, quienes prestaran servicio laboral al organo jurisdiccional que asi lo requiera, bajo la supervision de un Magistrado integrante de la CODICMA, quien emitira el informe correspondiente al termino de la labor encomendada, en un plazo no mayor de 24 horas. Articulo Segundo.- DISPONER que la labor realizada por este GRUPO DE APOYO sera anotada como merito en su hoja de servicios por el apoyo que brindan a la gestion de la Presidencia de la Corte Superior de Lima. Articulo Tercero.- DISPONER que el Grupo de Apoyo realice su primera labor el proximo sabado 29 y MORDAZA 30 del presente mes en el Modulo Corporativo Manual de los Juzgados de Paz Letrados de Barranco y Miraflores. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Administracion Distrital de la Corte Superior de MORDAZA preste el apoyo necesario para el exito de lo dispuesto en la presente resolucion, bajo responsabilidad funcional Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de Oficina de Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, de la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, de la Oficina de Administracion Distrital y de la Jefatura de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese.

Conforman Grupo de Apoyo de Labores Jurisdiccionales para jornadas extraordinarias de trabajo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 256-99-P-CCSJL/PJ MORDAZA, 26 de MORDAZA de 1999 VISTO: El informe de fecha 18 de MORDAZA del ano en curso emitido por la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, el informe de las quejas recepcionadas por el Equipo de Quejas Verbales de la ODICMA y las estadisticas pertinentes de los diferentes organos jurisdiccionales; CONSIDERANDO: Que, como modalidades de control, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, goza de facultades disciplinarias y preventivas, que se traducen en el control: previo, concurrente y posterior, conforme lo senala el Articulo 2º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura;

MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 6906

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