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Pág. 173595 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de mayo de 1999 que la participación de los funcionarios de la Cancillería se hará efectiva del 27 al 31 de mayo de 1999. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución por concepto de pasajes US$ 8,459.78, viáticos US$ 3,520.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 50.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6934 Delegan facultades a Embajador para suscribir el "Convenio para la Unifica- ción de ciertas reglas para el Transpor- te Aéreo Internacional" RESOLUCION SUPREMA Nº 222-99-RE Lima, 24 de mayo de 1999 Vista la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1261, de 17 de mayo de 1999, del Gabinete de Coordinación del señor Viceminis- tro Secretario General de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse el "Convenio para la Unificación de ciertas reglas para el Transporte Aéreo Internacional"; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Delegar en la persona del Embajador Juan Garland Combe, Asesor de Política Aérea de la Dirección General de Transporte Aéreo, del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, para suscribir en repre- sentación del Gobierno del Perú, el "Convenio para la Unificación de ciertas reglas para el Transporte Aéreo Internacional". 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador Juan Garland Combe, Asesor de Política Aérea de la Dirección General de Transporte Aéreo, del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6935 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 217-99-RE Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 217-99-RE, publicada en la edición del día 26 de mayo de 1999 en la página 173555. DICE: Lima, 25 de mayo de 1999 DEBE DECIR: Lima, 24 de mayo de 1999 6952TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan al Ministerio a contratar y adquirir bienes mediante procedimien- to de adjudicación directa de menor cuantía DECRETO SUPREMO Nº 004-99-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Comité Especial del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, designado para la adquisición de bienes destinados al apoyo alimentario para el personal de dicho Ministerio, declaró desierta la Licitación Pública Nº 06-98- TR, en su segunda convocatoria; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social remitió a la Contraloría General de la República, el expediente de la referida licitación pública, para que evalúe las causas por las que fue declarada desierta en dos oportunidades; Que, las adquisiciones sometidas al proceso de licitación pública, que hubieran sido declaradas desiertas en dos oportunidades, se encuentran exoneradas del mencionado proceso de selección; Que, en consecuencia la adquisición y contratación de los bienes destinados al apoyo alimentario para el personal de este Ministerio, deberá realizarse mediante el procedi- miento de adjudicación directa; De conformidad con lo dispuesto en el literal f) del Artículo 19º, Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 32º de la Ley Nº 26850, -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- y el Artículo 43º del reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Trabajo y Promoción Social a adquirir y contratar, mediante el proce- dimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, los bienes a los que se refiere la parte considerativa del presen- te Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 6930 Autorizan viaje de profesionales para participar en pasantías sobre empleo, ingresos y población que se realizan en México RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-99-TR Lima, 19 de mayo de 1999 Que, en mérito al Marco del Convenio de Cooperación Técnica Perú - México 1998-1999, la Embajada de México en el Perú a través de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), ha confirmado la buena disposición del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) de su país, en recibir a dos profesionales de este Ministerio para ejecutar las pasantías previstas en el proyecto