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Pág. 173605 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de mayo de 1999 J N E Declaran que regidor del Concejo Provincial de Requena continúa en el ejercicio del cargo RESOLUCION Nº 809-99-JNE Lima, 26 de mayo de 1999 Visto, el Oficio Nº 098-99-A-MPR recibido el 21 de abril de 1999, de don Armando Mafaldo Ríos, Alcalde del Concejo Provincial de Requena, por el cual remite copia de la Resolución de Alcaldía Nº 104-99-MPR que dispone reincorporar en sus funciones de Regidor al señor Juan Pablo Falcón Pacaya, a partir del 23 de marzo de 1999;CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 1121-98-JNE, se declaró nulas las elecciones municipales realizadas el 11 de octubre de 1998, en la provincia de Requena; declarando que las autoridades ediles de la provincia de Requena para el período de gobierno municipal 1999 - 2022, serán elegidos en Elecciones Municipales Complementarias; y en tanto se realicen dichas elecciones continúan en el ejercicio de sus funciones, las actuales autoridades de cada Concejo Municipal, de acuerdo a ley; Que, de la documentación remitida aparece que, don Juan Pablo Falcón Pacaya, por Resoluciones de Alcaldía Nºs. 0057-A-MPR y 0070-98-MPR-A, fue sancionado con cese temporal por 6 meses y 12 meses, respectivamente, en el ejercicio de sus funciones; y, por Resolución de Alcaldía Nº 104-99-MPR del 25 de marzo de 1999 se le reincorpora en sus funciones; Que, de conformidad con el Artículo 29º de la Ley Nº 23853, los cargos de Alcalde y Regidor se suspenden automáticamente por: 1. Incapacidad física o mental,CONTRALORIA GENERAL FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 060-99-CG Por Oficio Nº 116-99-CG/STE, la Contraloría General de la República solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Contraloría Nº 060-99-CG, publicada en nuestra edición del día 26 de mayo, en la página 173559. DICE: ANEXO Nº I De conformidad con el Artículo 12º de la Resolución de Contraloría Nº 060-99-CG, notifico a usted para que en el plazo de 3 días cumpla con el pago correspondiente, bajo apercibimiento de cobranza coactiva en aplicación de la Ley Nº 26979" DEBE DECIR: ANEXO Nº I De conformidad con el Artículo 12º del Reglamento de Multas aprobado por Resolución de Contraloría Nº 060- 99-CG, notifico a usted para que en el plazo de 3 días cumpla con subsanar su obligación bajo apercibimiento de la multa señalada. DICE: ANEXO Nº II ARTICULO CODIGO INFRACCION MULTA SUBSANACION DE 8º FUNCIONARIO, SERVIDOR SOCIEDAD DE LA INFRACCION Y PENSIONISTAS AUDITORIA literal “d” ... ... ... ... Suspender las sancio- nes u omisiones que afecten la autonomía literal “e” ... Cuando no se interfiera o impida el cumplimiento de las funciones ... ... ... inspectivas, inherentes al control gubernamental o no sean implan- tados los Organos de Auditoría Interna DEBE DECIR: ANEXO Nº II ARTICULO CODIGO INFRACCION MULTA SUBSANACION DE 8º FUNCIONARIO, SERVIDOR SOCIEDAD DE LA INFRACCION Y PENSIONISTAS AUDITORIA literal “d” ... ... ... ... Suspender las accio- nes u omisiones que afecten la autonomía literal “e” ... Cuando se interfiera o impida el cumplimiento de las funciones ... ... ... inspectivas, inherentes al control gubernamental o no sean implan- tados los Organos de Auditoría Interna 6887