Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 1999 (29/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante acuerdo adoptado en sesion de fecha 20 de MORDAZA de 1999, la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI autorizo el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA Rubio, Directora de Promocion de la Direccion Ejecutiva de la COPRI, a la MORDAZA de Seul, Corea, entre los dias 29 de MORDAZA y 7 de junio de 1999, a fin de que asista en calidad de expositora al evento "APEC Foreign Direct Investment Mart" organizado por la Corea Trade Investment Promotion Agency" (KOTRA), el Ministerio de Comercio e Industrias de Corea, conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores de dicho pais; Que, a traves de la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI aprobada por acuerdo adoptado por la COPRI en su sesion de fecha 20 de enero de 1998, se aprobaron las disposiciones sobre viajes y viaticos de los miembros de los Comites Especiales, Juntas Liquidadoras y Direccion Ejecutiva de la COPRI; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 2.2 de la Directiva referida en el considerando anterior; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptad por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, conforme el cual se autoriza el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA Rubio, Directora de Promocion de la Direccion Ejecutiva de la COPRI, a la MORDAZA de Seul, Corea, entre los dias 29 de MORDAZA y 7 de junio de 1999, a fin de que asista en calidad de expositora al evento referido en el primer considerando de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de la persona MORDAZA mencionada se efectuaran con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 002, Direccion Ejecutiva FOPRI - COPRI, del Pliego 018 del Ministerio de Pesqueria, de acuerdo con el siguiente detalle: - Pasajes : US$ 1,416.00 - Viaticos : US$ 2,600.00 - Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase. Articulo 4º.- La presente resolucion sera refrendada por el Ministro de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 7080

una masa de producto sobre la MORDAZA de la playa que genera contaminacion y fuertes olores de descomposicion; Que, asimismo, en dicho operativo se constato que en algunos casos no se encontraban implementadas todas las fases de tratamiento del agua de bombeo, asi como deficientes tratamientos del agua de bombeo, sanguaza y agua de cola y, en otros, la falta de reparacion del emisor submarino que genera el indebido vertimiento de efluentes, todo lo cual esta generando un problema de contaminacion; Que con el objeto de tomar una medida precautoria que busque evitar un riesgo de contaminacion mayor, se ha considerado conveniente el suspender la actividad de recepcion y procesamiento de los establecimientos industriales pesqueros ubicados en la jurisdiccion del puerto de Casma del distrito de Comandante MORDAZA, en tanto no se superen los mencionados problemas, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder a los establecimientos industriales pesqueros que han incurrido en infraccion a la normatividad ambiental pesquera vigente; De conformidad con las disposiciones de politica y prevencion ambiental dispuesta en la Ley General de Pesca y demas normas vigentes sobre la materia; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender como medida precautoria las actividades de recepcion y procesamiento de los establecimientos industriales pesqueros ubicados en la jurisdiccion del puerto de Casma del distrito de Comandante MORDAZA, hasta que las actividades de procesamiento de dichos establecimientos no garanticen un adecuado cumplimiento de la normatividad ambiental. Articulo 2º.- La Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, la Direccion Regional de Chimbote y la Direccion de Medio Ambiente del Ministerio de Pesqueria, quedan encargadas de efectuar una inspeccion permanente a los citados establecimientos industriales a fin de informar al despacho ministerial el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, asi como el cumplimiento de la normatividad pesquera ambiental que pueda determinar el reinicio de las actividades suspendidas. Articulo 3º.- Los establecimientos industriales pesqueros que contravengan la suspension referida en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, seran sancionados de conformidad con la Ley General de Pesca, su reglamento y el Decreto Supremo Nº 002-99-PE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 7067

PROMUDEH

Disponen suspender temporalmente Autorizan viaje de representante del actividades de recepcion y procesa- Ministerio a los EE.UU. para participar miento de establecimientos industria- en la "XV Convencion de la AIPEUC" RESOLUCION SUPREMA les pesqueros en el puerto de Casma Nº 067-99-PROMUDEH
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-99-PE MORDAZA, 28 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Estado, dentro del MORDAZA regulador de la actividad pesquera en general, por intermedio del Ministerio de Pesqueria MORDAZA por la proteccion y preservacion del medio ambiente, exigiendo que se adopten las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar los danos o riesgos de contaminacion o deterioro del entorno acuatico, terrestre y atmosferico; Que mediante operativo tecnico ambiental inopinado, efectuado en establecimientos industriales pesqueros ubicados en la jurisdiccion del puerto de Casma del distrito de Comandante MORDAZA, se constato la descarga directa en el mar y en la playa de efluentes, tales como agua de cola, sanguaza y grasas, provenientes de tuberias de dichos establecimientos. Asimismo, se encontro en la playa extensas cantidades de escamas, espinazos, huesos y otros residuos solidos de pescado, asi como grumos y zonas de grasa, los que sumados a la sanguaza, agua de cola, liquidos de limpieza de los establecimientos, compuestos por acidos, soda y residuos de petroleo, en su conjunto han formado MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 Vistos el documento de fecha 21 de febrero de 1999, de la Asociacion de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de MORDAZA y Canada - AIPEUC; CONSIDERANDO: Que la Asociacion de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de MORDAZA y Canada - AIPEUC ha organizado la "XV Convencion de la AIPEUC", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Los MORDAZA, California, Estados Unidos de Norteamerica, del 28 al 31 de MORDAZA de 1999; Que el objetivo general de la convencion es intercambiar conocimientos y experiencias institucionales a fin de contribuir a la identificacion de la poblacion peruana sobre la trascendencia de la educacion y salud, lo que permitira plantear las lineas de accion que el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano viene ejecutando en los referidos temas a traves de los Organos de Linea y Organismos Publicos Descentralizados, por lo que es necesario autorizar el viaje de un representante del Ministerio para que participe en el referido evento, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 163-81-EF, Nº 031-89-EF y Nº 13590-PCM; y, Estando a lo acordado;

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