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Pág. 173692 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de mayo de 1999 Autorizan viaje de funcionarios a los Estados Unidos Mexicanos para participar en Seminario sobre estabili- dad financiera RESOLUCION SBS Nº 0451-99 Lima, 21 de mayo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos ha cursado invitación a esta Superintendencia para participar en el Seminario "Promoviendo la Estabilidad Financiera", organizado por la citada entidad y el Banco Internacional de Pagos (BIS) que se realizará del 24 al 29 de mayo de 1999 en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos; y, Que, los señores Luis García Rivera y Juan Armando Olivares López, analistas del Departamento de Inspecciones del Sistema Financiero, han sido aceptados por los organizadores para parti- cipar en el referido seminario; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada me- diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros"; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Luis García Rivera y Juan Armando Olivares López, analistas en el Departamento de Inspecciones del Sistema Financiero de la Superintendencia Adjunta de Banca, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos del 23 al 30 de mayo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán asumidos íntegramente por el Banco Interamericano de Desarrollo, no significando gasto alguno para el Estado. Artículo Tercero.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual- quier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 6956 Autorizan viaje de funcionaria a Ingla- terra para participar en Congreso so- bre el Fraude Financiero RESOLUCION SBS Nº 0452-99 Lima, 21 de mayo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que el International Financial Exhibitions LTD ha organiza- do el Cuarto Congreso Internacional sobre el Fraude Financiero - 1999, el mismo que se llevará a cabo del 26 al 28 de mayo de 1999 en la ciudad de Westminster - Londres, Inglaterra; Que, en el citado Congreso se desarrollarán temas de impor- tancia para los miembros de las entidades reguladoras, relaciona- dos principalmente con los avances hacia una norma global, el Fraude en los Mercados Financieros en la era electrónica, las estrategias para el descubrimiento y la recuperación de activos, entre otros; Que, la señora María Elena Livia Vega, Analista en el Depar- tamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, ha sido designada para participar en el citado Congreso; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada me- diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros";RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora María Elena Livia Vega, analista en el Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, a la ciudad de Westminster - Londres, Inglaterra del 25 al 29 de mayo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán asumidos íntegramente por el Banco Interamericano de Desarrollo, no significando gasto alguno para el Estado. Artículo Tercero.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual- quier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 6957 ADUANAS Modifican el Estatuto de ADUANAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000551 Callao, 19 de mayo de 1999 Visto, la Hoja Informativa Nº 13-99-ADUANAS-INA-GPF- DPP de 19.MAYO.99, formulada por la División de Planes y Presupuesto, con relación a modificación proyectada para el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas; CONSIDERANDO: Que, por la Tercera Disposición Complementaria de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 809 del 18.ABR.96, se faculta a la Superintendencia Nacional de Adua- nas para aprobar o modificar la estructura orgánica, el estatuto y otros reglamentos internos de ADUANAS, así como para expe- dir disposiciones complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la mencionada ley y su reglamento; Que, de acuerdo con dicha facultad, el Estatuto de la Super- intendencia Nacional de Aduanas fue aprobado por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 del 13.ENE.97 y modificado por Resoluciones de Superintendencia de Aduanas Nºs. 001591 del 18.JUN.97, 001116 del 7.JUL.98 y 000412 del 15.ABR.99; Que, en el documento del visto se recomienda modificar el ámbito funcional de la Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera a fin de fortalecer sus acciones fiscalizatorias, transfi- riendo para el efecto las funciones relativas al registro, autoriza- ción y funcionamiento de los Despachadores de Aduana, Almace- nes Aduaneros y otros Operadores de Comercio Exterior, a la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera; Que, el reforzamiento institucional es un objetivo del Plan Operativo Institucional 1999 de ADUANAS, aprobado por Reso- lución de Superintendencia de Aduanas Nº 000049 del 8.FEB.99, y en concordancia con dicho objetivo es necesario modificar los Artículos 20º y 22º del Estatuto de ADUANAS, aprobado por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 del 13.ENE.97 y sus modificatorias, en los que se determinan las funciones y atribuciones que corresponden respectivamente a las Intendencias Nacionales de Técnica Aduanera y de Fiscalización Aduanera; En uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto de ADUANAS, aprobado por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 del 13.ENE.97 y sus modificatorias Nºs. 001591 del 18.JUN.97, 001116 del 7.JUL.98 y 000412 del 15.ABR.99, la facultad otorgada por la Tercera Disposición Com- plementaria de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809, y Resolución Suprema Nº 168-99-EF del 22 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFIQUENSE, los Artículos 20º y 22º del Estatuto de ADUANAS, aprobado por Resolución de Superinten- dencia de Aduanas Nº 000021 del 13.ENE.97 y sus modificatorias Nºs. 001591 del 18.JUN.97, 001116 del 7.JUL.98 y 000412 del 15.ABR.99, en los términos siguientes: "Artículo 20º.- La Intendencia Nacional de Técnica Aduanera es la encargada de formular normas para la aplicación de los Regímenes y Operaciones Aduaneras, Destinos Aduaneros Espe- ciales o de Excepción, Nomenclatura Arancelaria, Reglas de