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Pág. 173750 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de mayo de 1999 LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto; el Expediente Nº 10654-98 Anexos Nºs. 5848-98, 6322-98, 7430-98, 6921-98 y los Documentos Simples Nºs. 32162-98, 34525-98, 1437-99, seguido por SAEZ BALAREZO CARLOS Y SEÑORA, por el que solicita se declare habilitado como urbano para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" y Comercio Vecinal "C-2" el terreno de 3,840.00 m2 constituido por parte del fundo Calera de la Merced, sublote "A" con frente a la Av. Principal, Cdra. 5 y la calle "H", ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 07 tomado en Sesión Nº 24-98 de fecha 17 de julio de 1998, la Comisión Metropolitana de Habilitación Urbana acordó declarar habilitado como urbano para Uso Resi- dencial de Densidad Media "R-4" y Comercio Vecinal "C-2" el terreno de 3,840.00 m2 constituido por parte del fundo La Calera de la Merced, sublote "A" con frente a la Av. Principal, Cdra. 5 y la calle "H", ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; Así mismo deberá cancelar los déficit de aportes correspon- dientes a Recreación Pública de 246.40 m2 y del Ministerio de Educación de 44.80 m2 ubicados para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario, previo a la emisión de la resolución; Que, por Acuerdo Nº 01, tomado en Sesión Nº 13-98, de fecha 17 de setiembre de 1998 del Comité de Multas y Sanciones de Habilitación Urbana, acordó sancionar a don Carlos Sáez Bala- rezo y señora con la suma de S/. 2,600.00 mediante la Boleta de multa Nº 034-98-MML-DMDU-DGO-CMHU del 21 de setiem- bre de 1998; Que, mediante Informe Nº 172-99-MML-DMDU/UTL, de fecha 9 de marzo de 1999, la Unidad Técnica Legal opina que puede otorgarse al recurrente la resolución de Recepción de Obra que solicita haciendo hincapié en la parte considerativa de la misma que el recurrente ha cumplido con garantizar el pago del aporte de Recreación Pública con la carta fianza, y en la parte resolutiva disponer que la Oficina de Rentas transferirá el monto de dicha carta fianza a la entidad correspondiente cuan- do la Dirección Municipal así lo requiera; Que, el recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentación: a) Ficha Registral Nº 398437 del terreno constituido por parte del fundo Calera de la Merced, Sublote "A" con un área de 3,840.00 m2, vendido a favor de don Carlos Sáez Balarezo y su cónyuge Monika Grimm Fischer con carga inscrita en el Asiento 12D y 13D. b) Carta de autorización al trámite de Habilitación Urbana, conferida por el acreedor hipotecario Luis Domingo Delgiudice Pérez Egaña y Ana Castro Silvestre. c) Certificado de Zonificación y Vías Nº 195-98-MML-DMDU- OPDM del 18 de junio de 1998. d) Declaración Jurada de Inexistencia de Canales de Rega- dío y Feudatarios con firmas legalizadas ante Notario Público, Aníbal Corvetto Romero, del 6 de julio de 1998. e) Resolución Jefatural Nº 030-98-DE del 20 de agosto de 1998 del Ministerio de Educación que aprobó la valorización del Aporte Reglamentario de 44.80 m2 y Boleta de venta 001- Nº 16750 del 25 de agosto de 1998 cancelado en la Oficina de Administración del Ministerio de Educación por el monto de S/. 3,371.00. f) Carta Fianza Nº 000290098076, emitida por el Banco Financiero que tiene como beneficiaria a la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, por un monto de S/. 18,430.72 (DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 72/100 NUEVOS SOLES) a favor de CARLOS B. SAEZ BALAREZO, para garantizarlos por el pago de aporte correspondiente a Recreación Pública. g) Carta Nº 521-98-ETS del 16 de abril de 1998 de Recepción de Obras Complementarias de agua potable y los contratos de agua y desagüe otorgados por Sedapal para los 8 lotes de la urbanización Santa Tomasita, manzana "A", distrito de Surquillo. h) Resolución Nº 002-98-CH-LS del 25 de marzo de 1998, factura y contratos de suministro de energía eléctrica y servicios otorgados por Luz del Sur para los 8 lotes de la urbanización Santa Tomasita, manzana "A", distrito de Surquillo. i) Certificado de Responsabilidad de Obra de Habilitación Urbana suscrita por el Ing. Civil Alvaro Castro Fernández, CIP Nº 51999, con firma legalizada ante Notario Público, Aníbal Corvetto Romero del 6 de julio de 1998. j) Recibos Nºs. 54-09012738, 54-09012739, 54-09012740 del 6 de julio de 1998, expedidos por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima por un monto total de S/. 260.00 acreditando los pagos que genera el presente trámite. k) Recibos Nºs. 54-09017041, 54-09017042, 54-09017043 del 26 de agosto de 1998, expedidos por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima por un monto total de S/. 1,563.90, acreditando los pagos previstos en el Artículo II-XXI-3, II-XXI- 4 y II-XXI-5 del Reglamento Nacional de Construcciones.l) Recibo de Pago S/N del 9 de octubre de 1998, expedido por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima por un monto de S/. 2,600.00 acreditando la cancelación de la multa impuesta en la Boleta Nº 034-98-MML-DMDU-DGO-CMHU. Estando al Informe Nº 056-99-MML-DMDU-DGO-DHU- DRD de la División de Revisión de Diseño de la Dirección de Habilitación Urbana; Con lo recomendado por la Directora de Habilitación Urba- na y con la visación del Director General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, habilitado como urbano de acuerdo con el plano signado con el Nº 028-99-MML-DGO- DHU; el terreno de TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (3,840.00 m2) para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" y Comercio Vecinal "C-2" constituido por parte del fundo La Calera de la Merced, sublote "A" con frente a la Av. Principal, Cdra. 5 y la calle "H", ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; y autorízase la libre venta de los lotes, según el siguiente detalle: Manzana Nº lotes Numeración Area Usos "A" 08 1 al 8 1,895.80 m2 Comercio (lotes 1 y 2) Vivienda (lotes 3 al 8) Total 08 1,895.80 m2 El área de 1,944.20 m2 está destinada para circulación y vías. Artículo Segundo.- DISPONER, que los propietarios de la Habilitación Urbana quedan obligados a insertar en el contrato de compraventa que celebren las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, que el Servicio de Admi- nistración Tributaria -S.A.T.-, (facultado para administrar las rentas de la municipalidad), ejecute el cobro de la Carta Fianza Nº 000290098076, bajo su responsabilidad dentro del término de ley, la misma que ha sido emitida por el Banco Financiero que tiene como beneficiaria a la MUNICIPALIDAD METROPOLI- TANA DE LIMA, por un monto de S/. 18,430.72 (DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 72/100 NUEVOS SO- LES) a favor de CARLOS B. SAEZ BALAREZO, para garanti- zarlos por el pago del aporte reglamentario correspondiente a Recreación Pública. Por lo cual el S.A.T. transferirá dicho monto a la entidad beneficiaria que en su oportunidad lo determine el Reglamento de la Ordenanza Nº 133. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano, que estará a cargo de los interesados, en un plazo de treinta días a partir de su notificación. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente resolución a la Municipalidad Distrital de Surquillo; a la Oficina Registral de Lima y Callao y al Servicio de Administración Tributaria (S.A.T.) de la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento y fines, adjuntando a esta última entidad el origi- nal de la carta fianza antes mencionada. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 6987 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Encargan la Alcaldía de la Municipali- dad al Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-99-MDB Breña, 27 de mayo de 1999 VISTO: En sesión ordinaria de Concejo de la fecha, las cartas presen- tadas por el Alcalde Sr. Carlos Sandoval Blancas y el Regidor Sr. Luis Antonio Orihuela Carpio, solicitando Autorización de Li-