Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 1999 (30/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 173751 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de mayo de 1999 cencia del 1 al 7 de junio de 1999, por comisión de servicio, para asistir a la Quinta Conferencia Interamericana de Alcaldes a realizarse en la ciudad de Miami, Estados Unidos de Norteamé- rica; y, CONSIDERANDO: Que, el Alcalde es el personero legal de la municipalidad y entre otras atribuciones le compete coordinar con las institucio- nes públicas la atención de los asuntos municipales; Que, se ha recibido la invitación del Alcalde, de la Junta de Comisionados, del Gobierno y del Instituto de Administración Pública Condado de Miami-Dade y Servicios Comunitarios de la Universidad Internacional de la Florida, para la participación de nuestras autoridades en la Quinta Conferencia Interameri- cana de Alcaldes, a llevarse a cabo los días 2, 3 y 4 de junio de 1999; Que, el mencionado evento reúne Alcaldes y líderes munici- pales del Centro y Sudamérica y del Caribe, en que será tratado el tema "Construyendo Gobiernos Locales Eficientes: Lecciones del Hemisferio", desarrollándose talleres participativos en "Pre- supuesto y Transparencia", "Responsabilidad y Participación Ciudadana", "Desarrollo Económico Local" y "Modernización Institucional"; Que, asimismo, la mencionada conferencia promueve el entendimiento y el diálogo entre alcaldes, miembros de juntas municipales, altos funcionarios de los niveles locales, regionales y nacionales, representantes de ONGs y líderes del sector priva- do entre los que se presentará el Presidente del Banco Interame- ricano de Desarrollo (BID), de lo cual se infiere la importancia del evento y la posibilidad de exponer en este foro la realidad del distrito del Breña; Por necesidad del servicio y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 36º numeral 10, 47º numeral 14, 110º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; Por unanimidad; ACORDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR licencia del 1 al 7 de junio de 1999, al Alcalde Sr. Carlos Sandoval Blancas y Regidor Sr. Luis Antonio Orihuela Carpio por comisión de servicio, para asistir a la Quinta Conferencia Interamericana de Alcaldes a realizarse en la ciudad de Miami, Estados Unidos de Norteamé- rica, con cargo a dar cuenta al Concejo. Artículo Segundo.- ENCARGAR la Alcaldía, en el plazo de la licencia otorgada, al Primer Regidor y Teniente Alcalde Sr. José Luis Vilca Meléndez, con las facultades y atribuciones inherentes al cargo. Artículo Tercero.- AUTORIZAR que el egreso que de- mande el presente acuerdo sea afectado en la partida presu- puestal correspondiente. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de aprobación del acta. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 7053 MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan fechas para el pago del Im- puesto Predial y arbitrios de Limpieza Pública ORDENANZA Nº 013-99-C/MC Comas, 20 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Comas, en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Alcaldía Nº 02-99-A/MC, se estableció la fecha de vencimiento de plazo para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial del año 1999;Que, con la Ordenanza Nº 12-99-C/MC, se aprueba las fechas de vencimiento de pago mensual de los arbitrios de Limpieza Pública del año 1999; Que, con Informe Nº 92-99-OAT-DM/MC, la Oficina de Administración Tributaria propone se prorrogue el plazo de vencimiento de pago del Impuesto Predial y de los arbitrios de Limpieza Pública; Que, continuando con la política de la actual gestión muni- cipal, de otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por el Decreto Legislativo Nº 816 - Código Tributario, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar las fechas para el pago del Impuesto Predial año 1999, cuyo vencimiento se indica a conti- nuación: PAGO AL CONTADO :Vence el 15 de junio de 1999 PAGO FRACCIONADO :En cuatro (4) cuotas 1ª cuota :Vence el 15 de junio 1999 2ª cuota :Vence el 15 de junio 1999 3ª cuota :Vence el 31 de agosto 1999 4ª cuota :Vence el 30 de noviembre 1999 Artículo Segundo.- Prorrogar las fechas para el pago de los arbitrios de Limpieza Pública año 1999, cuyo vencimiento se indica a continuación: Enero 1999 :Vence el 15 de junio de 1999 Febrero 1999 :Vence el 15 de junio de 1999 Marzo 1999 :Vence el 15 de junio de 1999 Abril 1999 :Vence el 15 de junio de 1999 Mayo 1999 :Vence el 15 de junio de 1999 Las mensualidades restantes continuarán con las fechas de pago establecidas en la Ordenanza Nº 12-99-C/MC. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente ordenanza a la Oficina de Administración Tributaria. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 7061 Establecen zonas de parqueo vehicu- lar en el distrito ORDENANZA Nº 014-99-C/MC Comas, 20 de mayo de 1999 EL ALCALDE DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: Visto, el Oficio Nº 884-99-MML/DMTU remitido por la Di- rección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en sesión ordinaria de la fecha y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobier- nos Locales: autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos municipales. Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el Art. 191º de la Constitución Política. Que, el Concejo Distrital de Comas ejerce su función norma- tiva, entre otros dispositivos, a través de ordenanzas, las cuales tienen rango de ley en el ámbito de la jurisdicción municipal de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política y de la Norma IV del Título Prelimi- nar del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, y pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias o la exoneración de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que la ley señala. Que, mediante Ordenanza Nº 212 de fecha 28 de enero de 1999, se aprueba el marco que establece las disposiciones normativas generales que regulan la Tasa de Estacionamiento de Vehículos en la provincia de Lima.