Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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Pág. 179966 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 1999 las Resoluciones Directorales expedidas por el Ministerio de Salud, que a continuación se detallan: - Resolución Directoral Nº 219-98-SA/OFICE Donación efectuada por la Universidad Johns Hopkins de Baltimore, Maryland, Estados Unidos de América, en favor del Instituto de Investigación Nutricional, consistente en 1 centrífuga, tubos para muestras de laboratorio, libros y revistas científicas, con valor aproximado de US$ 1 520,00 (Mil Quinientos Veinte y 00/ 100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 3 de setiembre de 1998 y un peso aproximado de 179 kgs., según Guía Aérea Nº 045-7131 0971 de Lan Chile. Dicha donación será utilizada para implementar el laboratorio y bibliote- ca del Instituto de Investigación Nutricional, que prestan apoyo a los proyectos que benefician a la población Materno-Infantil de las zonas más deprimidas del país. - Resolución Directoral Nº 233-98-SA/OFICE Donación efectuada por el Centro Andino vzw de Bélgica, en favor del Centro de Investigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario Haz-Perú, consistente en utensilios de cocina, juguetes, cama de bebé, ropa usada, silla de bebé, calzados usados, máquina de tejer, alfombras, entre otros bienes, con valor aproximado de US$ 2 000,00 (Dos Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 20 de octubre de 1998 y un peso aproximado de 10 512 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº ANR1502 de Ham- burg Süd. Dicha donación será distribuida en coordinación con la Dirección de Salud Amazonas, entre la población de escasos recursos económicos del departamento de Amazonas. Artículo 3º.- Compréndase a las donaciones citadas en los artículos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aproba- do por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 13932 RESOLUCION SUPREMA Nº 495-99-EF Lima, 1 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, Alcon Pharmaceuticals Ltd. de Suiza, Christoffel Blin- denmission e.V de Alemania, el Centro Andino vzw de Bélgica y la Universidad Johns Hopkins de Baltimore, Maryland, Esta- dos Unidos de América, han efectuado donaciones a favor de entidades pertenecientes al Sector Salud e instituciones priva- das sin fines de lucro; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, estable- ce que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre- mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por Alcon Pharma- ceuticals Ltd. de Suiza, a favor del Instituto de Oftalmología - INO del Ministerio de Salud de acuerdo a la Resolución Directoral expedida por el Ministerio de Salud que a continuación se detalla: - Resolución Directoral Nº 089-99-SA/OFICE Donación efectuada por Alcon Pharmaceuticals Ltd. de Suiza, a favor del Instituto de Oftalmología - INO del Ministerio de Salud,consistente en 1 290 unidades de Isopo Maxitrol, gotas x 5 ml., con un valor aproximado de US$ 258,00 (Doscientos Cincuenta y Ocho y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 11 de marzo de 1999 y un peso aproximado de 23 kgs., según Guía Aérea Nº 075-72408081 de IBERIA. Artículo 2º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Perua- no, las donaciones realizadas por Christoffel Blindenmission e.V de Alemania, el Centro Andino vzw de Bélgica, Alcon Pharmaceuticals Ltd. de Suiza y la Universidad Johns Hopkins de Baltimore, Ma- ryland, Estados Unidos de América, a favor del Centro de Investiga- ción y Apoyo para el Desarrollo Comunitario Haz-Perú, Fundación Oftalmológica del Norte, Piura , Perú , e Instituto de Investigación Nutricional, de acuerdo a las Resoluciones Directorales expedidas por el Ministerio de Salud que a continuación se detallan: - Resolución Directoral Nº 090-99-SA/OFICE Donación efectuada por Christoffel Blindenmission e.V de Ale- mania, a favor de la Fundación Oftalmológica del Norte, Piura Perú, consistente en 20 unidades de methyl celulosa A.C. iny. 3 ml. 100 cajas de material de suturas 10-0 nylon y 100 lentes intraoculares con un valor aproximado de US$ 840,00 (Ochocientos Cuarenta y 00/ 100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 27 de enero de 1999 y un peso aproximado de 6 kgs., según Guía Aérea Nº 3365442323 de DHL. Dicha donación será destinada a atender a los pacientes de escasos recursos económicos, dentro del marco del Convenio de Colaboración Institucional suscri- to entre la Fundación Oftalmológica del Norte - Piura, Perú , y la Dirección Regional de Salud Piura. - Resolución Directoral Nº 100-99-SA/OFICE Donación efectuada por el Centro Andino vzw de Bélgica, a favor del Centro de Investigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario Haz-Perú, consistente en material de colegio, camas de hospital, ropa usada, juguetes, menaje, gafas, material de iglesia y otros bienes con un valor aproximado de US$ 2 000,00 (Dos Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 9 de abril de 1999 y un peso aproximado de 12 399 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº ANR1501 de Hamburg Süd. Dicha donación será destinada a la población de escasos recursos económicos del departamento de Huánuco. - Resolución Directoral Nº 102-99-SA/OFICE Donación efectuada por Alcon Pharmaceuticals Ltd. de Suiza a favor de la Fundación Oftalmológica del Norte, Piura Perú, consis- tente en 2 bultos conteniendo medicinas y lentes intraoculares, con un valor aproximado US$ 294,00 (Doscientos Noventa y Cuatro y 00/ 100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproximado de 29 kgs., según Guía Aérea Nº 075-72408070 de IBERIA. Dicha donación será destinada a atender a los pacientes de escasos recur- sos económicos, dentro del marco del Convenio de Colaboración Institucional celebrado entre la Fundación Oftalmológica del Norte y la Dirección Regional de Salud Piura. - Resolución Directoral Nº 120-99-SA/OFICE Donación efectuada por la Universidad Johns Hopkins de Balti- more, Maryland, Estados Unidos de América, a favor del Instituto de Investigación Nutricional consistente en un bulto conteniendo reac- tivos de laboratorio, con un valor aproximado de US$ 752,00 (Sete- cientos Cincuenta y Dos 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 26 de marzo de 1999 y un peso aproximado de 2 kgs., según Comprobante de Retención de Equipa je Nº 229. Dicha donación será destinada a implementar el laboratorio del Instituto de Investigación Nutricional, que presta apoyo a los proyectos que benefician a la población materno infantil de zonas deprimidas del país. Artículo 3º.- Compréndase a las donaciones citadas en los artículos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aproba- do por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrenda- da por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 13933