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Pág. 179981 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 1999 modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corres- ponden a este Ministerio las atribuciones y facultades de admi- nistrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio público de buscapersonas unidireccional, así como las atribuciones referi- das al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público de buscapersonas unidireccional, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, median- te Informe Nº 222-99-MTC/15.03.UECT, opina que es proceden- te la solicitud de BET - EL S.A.C.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022- 98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a BET - EL S.A.C. concesión para la explotación del servicio público de buscapersonas unidireccional por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende la provincia de Tacna, del departamento de Tacna. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con BET - EL S.A.C. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veintitrés (23) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representa- ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, BET - EL S.A.C. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 13942 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Arequipa-Haquira RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2325-99-MTC/15.18 Lima, 3 de setiembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02856010, organiza- do por la empresa TRANSPORTES ENCALADA Sociedad de Responsabilidad Limitada, sobre concesión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Omnibus y el Informe Nº 612-99-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa TRANSPORTES ENCALADA Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado otorgamiento de la concesión de la ruta: Arequipa-Haquira (Apurímac) y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 612-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar losrequisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Regla- mento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99- MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa TRANSPORTES ENCA- LADA Sociedad de Responsabilidad Limitada, la concesión de ruta: AREQUIPA-HAQUIRA (APURIMAC) y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :AREQUIPA-HAQUIRA (APURIMAC) y viceversa ORIGEN :AREQUIPA DESTINO :HAQUIRA ITINERARIO :YAURI-SANTO TOMAS ESCALA COMERCIAL :YAURI-SANTO TOMAS FRECUENCIAS :UNA SEMANAL HORARIOS DE SALIDA :AREQUIPA: VIERNES a las 16.00 horas. HAQUIRA: SABADOS a las 08.00 horas. FLOTA OPERATIVA :UI-4249 (1980) y UH-3863 (1979) FLOTA DE RESERVA :UH-4128 (1989) Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabili- dad. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigen- tes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Inter- nacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 13852 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan magistrados suplentes y pro- visional de juzgados especializados en lo penal, en lo civil y de familia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 445-99-P-CSJL Lima, 4 de noviembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que por Resolución Administrativa número 3509-99-A- SJLI/PJ de fecha 28 de octubre del año en curso, se autorizó a la doctora Sonia Iris Salvador Ludeña, Juez Provisional del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Procesos en Reserva, hacer uso de su descanso físico vacacional correspon- diente al presente año, por el término de 15 días contados a partir del 1 al 15 de noviembre del presente año, por lo que