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Pág. 179972 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 1999 tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales" y el Decreto Supremo Nº 011-96-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a don SIXTO ENRIQUE SANCHEZ MAURA, en el cargo de Director Regional de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Consejo Transitorio de Administración Regional de La Li- bertad, quien lo desempeñará con el carácter de confianza. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 13936 Declaran infundada apelación contra resolución referida a solicitud de autori- zación de uso y explotación de máqui- nas tragamonedas RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 040-99-MITINCI/VMT Lima, 28 de octubre de 1999 Visto el recurso impugnativo interpuesto por YAMATO S.R.Ltda. contra la Resolución Nº 120-99-ST/CNCJ de fecha 9.JUL.99 y el Informe Nº 047-99-MITINCI/VMT-AJA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 120-99-ST/CNCJ se resuelve tener por no presentada la Solicitud de Autorización de Uso y Explotación de Máquinas Tragamonedas de la empresa YAMATO S.R.Ltda., por no haber cumplido con subsanar las observaciones recaídas en dicha solicitud, dentro del plazo establecido en el Artículo 4º de la Resolución Nº 012-97-CNCJ que aprueba el Reglamento de Uso y Explotación de Máquinas Tragamonedas; Que, con fecha 9 de agosto de 1999, la empresa YAMATO S.R.Ltda. interpone Recurso de Apelación contra la referida Resolución Nº 120-99-ST/CNCJ, manifestando en su descargo que el plazo otorgado para la subsanación de las observaciones formuladas a su solicitud de Autorización, era insuficiente; Que, asimismo adjunta a su Recurso impugnatorio, diversos documentos que habían sido materia de requerimiento por parte de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Casinos de Juego, a efecto que la instancia que resuelva su apelación, le conceda la autorización solicitada; Que, conforme consta en autos, la recurrente no cumplió con subsanar las observaciones formuladas por la Autoridad Competen- te, en el plazo establecido en el Reglamento de Uso y Explotación de Máquinas Tragamonedas, por lo que no corresponde que se evalúen los documentos presentados con posterioridad a dicho plazo; Que, en consecuencia, habiendo sido expedida la Resolución apelada conforme a las disposiciones emanadas del Reglamento antes citado, los argumentos expresados por la recurrente no resultan atendibles; De conformidad el Artículo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; la Ley Nº 27153 que regula la Explotación de los Juegos de Casino y Máquinas Tragamo- nedas, el Decreto Ley Nº 25831 - Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales y la modificatoria incluida en la Ley Nº 26961; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apela- ción interpuesto por la empresa YAMATO S.R.Ltda. contra la Resolución Nº 120-99-ST/CNCJ, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Declárese agotada la vía administrativa en lo que haya sido materia de apelación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE MIGUEL GAMARRA Viceministro de Turismo 13831INTERIOR Absuelven, sancionan con destitución y suspensión a diversos servidores de la PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1046-99-IN/PNP Lima, 22 de octubre de 1999 Visto, el Parte Nº 14-98-DIRECO-PNP/INS-UNINV. de 2.NOV.98, de Registro C-386-696-DIPER-PNP-DAPEYEC, ins- truido contra el EC TA PNP Luis Martín BALBIN ZAMBRANO (47) CIP Nº 70017407. CONSIDERANDO: Que mediante R.D. Nº 3009-DIPER-PNP de 21.JUN.99, se instauró proceso administrativo disciplinario al EC TA PNP Luis Martín BALBIN ZAMBRANO, quien presta servicios en la Sección de Asignaciones Judiciales de la Dirección de Economía de la PNP, por la presunta comisión de falta disciplinaria (uso de la función con fines de lucro) al haber suspendido sin Orden Judicial legítima para el mes de MAR.98, la Asignación Judicial del 45% de los haberes del ET1 PNP José Teodoro VALDEZ QUIJANO, ordenada por el 11º Juzgado Civil de Lima a favor de doña Carmen Teresa FLORES VIDAL, acción efectuada a solicitud de Rosa Elena QUIROZ VALDEZ, conviviente del referido Especialista PNP, previo pago de la suma de SETE- CIENTOS NUEVOS SOLES (S/. 700.00), motivando que doña Sandra María VALDEZ FLORES, hija de la agraviada, inter- ponga queja ante la IGPNP; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado ha presentado su descargo correspondiente, negando el cargo im- putado, aduciendo que lo sucedido fue un error de función corregido oportunamente, adjuntando además copia de la Reso- lución Fiscal Nº 190-99 de fecha 6.JUL.99 que resuelve no haber mérito para formular denuncia penal contra el procesado, disponiendo el archivamiento definitivo; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolución, concluyendo que no se ha establecido la responsabilidad del procesado en el cargo imputado, recomen- dando su Absolución; estableciendo, sin embargo, que dicho servidor ha incurrido en incumplimiento de normas y negligen- cia en el desempeño de sus funciones, dando lugar a ser cuestio- nada su actitud ante la Inspectoría General de la PNP, recomen- dando que el Director de Personal de la PNP, de conformidad a sus atribuciones, adopte las medidas disciplinarias respectivas; Que, de conformidad a lo establecido en los Arts. 168º, 169º, 170º y 171º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administra- tiva, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 105-99-COPEPROAD-PNP de 14.JUL.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el Teniente General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Absolver al EC TA PNP Luis Martín BALBIN ZAMBRANO, de la falta disciplinaria imputada mediante R.D. Nº 3009-DIPER-PNP de 21.JUN.99. Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolución al interesado, a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 13513 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1047-99-IN/PNP Lima, 22 de octubre de 1999 Visto, el Parte Nº 22-99-DIPER.PNP.INSP/U.INV. de 5.MAR.99, de Registro C-260-3879-DIPER-PNP-DAPEYEC,