Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 1999 (05/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 5 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

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provincia de Chucuito - Prefectura del departamento de MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. Articulo 2º.- El ex funcionario procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que crea conveniente para su defensa a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior o al Prefecto del departamento de MORDAZA dentro del plazo que estipula la ley a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion o de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que concluya el MORDAZA Administrativo Disciplinario en el plazo establecido en la ley vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13634

Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que concluya el MORDAZA Administrativo Disciplinario en el plazo establecido en la ley vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13635

Inician procedimiento disciplinario a servidor de la Subprefectura de la provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1068-99-IN-1300 MORDAZA, 26 de octubre de 1999 Vista el Acta Nº 013-99-IN-1300 del 15 de setiembre de 1999 en relacion a la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor publico MORDAZA MORDAZA JALKA MORDAZA, Tecnico Administrativo III - STA de la Subprefectura de la provincia de Chachapoyas - Prefectura del departamento de Amazonas de la Direccion General de Gobierno Interior (DGGI) destacado a la Prefectura del departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Personal adjunto al Oficio Nº 2276-99-IN0903 del 8.SET.1999, recepcionado en la fecha, remitio en diez (10) folios el expediente administrativo del mencionado servidor; Que, a folios tres (003) corre el Certificado de Antecedentes Judiciales y Penales en el Distrito Judicial de Amazonas (Nº 0209) emitida en Chachapoyas el 21 de MORDAZA de 1999 que certifica que JALK MORDAZA MORDAZA MORDAZA "SI REGISTRA ANTECEDENTES" seguido de "Inst. Nº 274/92 SP - 54/92 JP, que se le siguio por el Delito de Peculado en Agravio del Estado, en la cual ha sido sentenciado el 10/7/98 a 1 ano de pena suspendida y al pago de S/. 1,400.00 de reparacion civil, expediente que ha sido devuelto al Juzgado Penal del Cercado con Of. Nº 460 del 31/7/98, para efectos de la reparacion civil"; Que, la MORDAZA parte del Articulo 161º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90PCM del 15 de enero de 1990 establece lo siguiente "En el caso de condena condicional, la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios evalua si el servidor puede seguir prestando servicios, siempre y cuando el delito no este relacionado con las funciones asignadas ni afecte a la Administracion Publica"; De conformidad a lo establecido en los Articulos 150º, 151º, 152º, 153º, 163º y 166º del acotado Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior se ha pronunciado por unanimidad por la instauracion del respectivo MORDAZA Administrativo Disciplinario debiendo expedirse la Resolucion correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor publico MORDAZA MORDAZA JALKA MORDAZA, Tecnico Administrativo III - STA de la Subprefectura de la provincia de Chachapoyas - Prefectura del departamento de Amazonas de la Direccion General de Gobierno Interior (DGGI) destacado a la Prefectura del departamento de La MORDAZA por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El servidor procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas convenientes en su defensa al Prefecto del departamento de La MORDAZA o a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios dentro del plazo que establece la ley contado a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion o de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que concluya el MORDAZA Administrativo Disciplinario en el plazo establecido en la legislacion vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 13636

Inician procedimiento disciplinario a Subprefecto de la provincia de Bellavista, departamento de San MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1067-99-IN-1300 MORDAZA, 26 de octubre de 1999 Vista el Acta Nº 014-99-IN-1300 del 15 de setiembre de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior en relacion a la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a Anderson MORDAZA MORDAZA, Subprefecto de la provincia de Bellavista Prefectura del departamento de San MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior (DGGI). CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Control Interno en el Informe Nº 017-99IN/OCI.O.INV del 8 de setiembre de 1999 ha establecido que el mencionado Subprefecto no ha rendido cuenta documentada de gastos efectuados con dinero del Estado girado por la Oficina General de Administracion por un monto aproximado de S/. 17,399.10 (diecisiete mil trescientos noventa y nueve y 10/100 nuevos soles) de conformidad a lo dispuesto en el numeral III, B Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 002-97-IN-030105 aprobada mediante R.D. Nº 181-97-IN-030105020000 de 20 de febrero de 1997; Que, el mencionado funcionario habria incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incisos d), h) y l) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, al incumplir las obligaciones de los servidores publicos establecidas en los incisos a) y b) del Articulo 21º de la MORDAZA legal acotada, al no haber dado cumplimiento a lo establecido en el numeral III Disposiciones Especificas, literal B) de la Directiva Nº 002-97-IN-030105 del 20 de febrero de 1997; usar la funcion publica con fines de lucro y al estar incurso presuntamente en el Articulo 377º del Codigo Penal; De conformidad a lo establecido en los Articulos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior se ha pronunciado por unanimidad por la instauracion del respectivo MORDAZA Administrativo al mencionado funcionario, debiendo expedirse la Resolucion correspondiente. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a Anderson MORDAZA MORDAZA, Subprefecto de la provincia de Bellavista - Prefectura del Departamento de San MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El funcionario procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que crea conveniente para su defensa a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior o al Prefecto del departamento de San MORDAZA dentro del plazo que estipula la ley a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion o de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano.

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