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Pág. 179976 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 1999 PESQUERIA Aceptan renuncia de Asesor del Despa- cho Viceministerial RESOLUCION SUPREMA Nº 167-99-PE Lima, 4 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 079-97-PE del 7 de enero de 1997, se designó al Ing. Jorge Cenzano Breña en el cargo de Asesor del Despacho Viceministerial del Ministerio de Pesquería; Que con fecha 25 de octubre de 1999 el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia formulada por el Ing. Jorge Cenzano Breña al cargo de Asesor del Despacho Viceministerial del Ministerio de Pesquería, dán- dosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 13937 Amplían plazo de concesiones espe- ciales otorgadas mediante la R.M. Nº 406-97-PE, en áreas predeterminadas en el ámbito de la Reserva Nacional de Paracas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 309-99-PE Lima, 29 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, tiene como finalidad promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentación, empleo e ingresos y asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios econó- micos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; asimismo, establece que el Ministerio de Pesquería, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, deter- minará según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordena- miento pesquero, las cuotas de captura permisible, las tem- poradas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesque- ro, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 41º de la precitada Ley, concordante con el Artículo 110º de su Reglamento, aproba- do por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, el Ministerio de Pesquería determina las zonas para la acuicultura, otorgando las autorizaciones y concesiones correspondientes; Que con el fin de beneficiar a las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales, mediante la Resolución Ministerial Nº 406-97-PE del 10 de setiembre de 1997, se estableció que en las áreas predeterminadas en la Resolución Directoral Nº 304-96- DCG, ubicadas en el ámbito de la Reserva Nacional de Paracas, sólo se otorgarían Concesiones Especiales que permitan la instalación de sistemas de captación de larvas de moluscos hasta precultivo para su posterior repoblamiento con fines sociales, siendo otorgadas por un plazo de dos años renovables por períodos iguales sujetos a la vigencia de la citada Resolución Directoral;Que por Resolución Ministerial Nº 418-98-PE del 28 de agosto de 1998, se suspendió la recepción de solicitudes de concesión y el otorgamiento de concesiones para desarrollar actividades de acuicultura marina en el ámbito de la provincia de Pisco, en tanto dure el Régimen Provisional de Ordenamiento Pesquero establecido en su Artículo 2º, suspensión que se ha prorrogado sucesivamente por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 591-98-PE del 11 de diciembre de 1998, 050-99-PE del 9 de febrero de 1999, y 088-99-PE del 22 de marzo de 1999, hasta el 31 de diciembre de 1999; Que por las razones expresadas en los considerandos precedentes y en tanto dure el Régimen Provisional de Ordenamiento Pesquero en el ámbito de la provincia de Pisco, establecido mediante la Resolución Ministerial Nº 418-98-PE, es necesario disponer medidas temporales que permitan preservar el recurso concha de abanico ( Argopec- ten purpuratus ), y racionalizar su explotación en armonía con la conservación de la biodiversidad; De conformidad con la Décimo Tercera Disposición Com- plementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94- PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorróguese hasta el 30 de junio del año 2000, la vigencia de las Concesiones Especiales otorgadas al amparo de lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 406-97-PE. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Ministe- rial a la Dirección Regional de Pesquería de Ica, y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 13846 Aprueban formulario único de pago de derechos de pesca por explotación de recursos hidrobiológicos, correspon- diente a la segunda armada RESOLUCION DIRECTORAL Nº 255-99-PE/DNE Lima, 4 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº159-99-PE, de fecha 14 de mayo de 1999, se establecen las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por concepto de explo- tación de los recursos hidrobiológicos, el mismo que deberán efectuar los armadores de embarcaciones pesqueras de mayor escala que cuentan con permiso de pesca vigente, disponiéndose que para tal efecto, dicho pago puede abonar- se en forma fraccionada y por el presente año en tres arma- das, el 10% hasta el 15 de junio, el 75% hasta el 15 de noviembre y el 15% restante hasta el 30 de diciembre del presente año; Que el Artículo 4º de la citada Resolución establece que para efectos del pago de la segunda y tercera armada, los armadores pesqueros deberán utilizar el formulario de pago que la Direc- ción Nacional de Extracción aprobará mediante Resolución Directoral; De conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 159-99-PE; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar el formulario único de pago de derechos de pesca por concepto de explotación de los recursos hidrobiológicos, correspondiente a la segunda armada, confor- me a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 159-99-PE, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e)