TEXTO PAGINA: 17
Pág. 179979 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 1999 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Designan comisión que establecerá criterios para implementar Direccio- nes Regionales de Trabajo y Promo- ción Social en los CTAR donde aún no funcionan RESOLUCION MINISTERIAL Nº 158-99-TR Lima, 3 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, resulta necesario establecer la estructura orgánica mínima de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social en cada Consejo Transitorio de Administración Regional -CTAR, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 26922; Que, es preciso designar una Comisión con facultades sufi- cientes a efectos de establecer los criterios para la implementa- ción de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social; Con la opinión favorable de las Direcciones de Relaciones de Trabajo, Empleo y Formación Profesional, y las Oficinas de Planificación y Presupuesto, y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26922, el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministe- rio de Trabajo y Promoción Social; y literal d) del Artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado median- te Resolución Ministerial Nº 012-93-TR; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR a la Comisión encargada de establecer los criterios para la implementación de las Direccio- nes Regionales de Trabajo y Promoción Social, en aplicación de lo dispuesto por Ley Nº 26922, Decreto de Urgencia Nº 030-98, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, en aquellos Consejos Tran- sitorios de Administración Regional, en donde aún no estuvie- sen funcionando, la misma que estará conformada por los siguientes miembros: -Secretario General, doctor Rubén Núñez Hijar, quien la presidirá; -Director General de Planificación y Presupuesto, señor Ricardo Raygada Vera; -Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica, doctor César Díaz Palao; -Directora Nacional de Relaciones de Trabajo (e), doctora Manuela García Cochagne; -Directora Nacional de Empleo y Formación Profesional, Economista Elizabeth Cornejo Maldonado; -Director de la Oficina de Racionalización, Economista Nery Miranda Flores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 13898 Establecen estructura orgánica míni- ma de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social en los CTAR RESOLUCION MINISTERIAL Nº 159-99-TR Lima, 3 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 010-94-TR, 016-94-TR, 019-94-TR, 026-94-TR, 030-94-TR, 041-94-TR,042-94-TR, 043-94-TR, 049-94-TR, 054-94-TR, 055-94-TR y 056-94-TR, se aprobaron las estructuras orgánicas de las Direcciones de Trabajo y Promoción Social en cada una de las regiones del país; Que, con fecha 3 de febrero de 1998, se publicó la Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización, la misma que creó los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR), en cada uno de los departamentos del Perú como organismos públicos descentralizados del Ministerio de la Presidencia, con el objetivo de lograr adecuados niveles de coordinación con las entidades públicas de ámbito nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, se apro- bó el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional, quedando comprendidos dentro de ellos las Direccio- nes Regionales Sectoriales, como órganos desconcentrados en- cargados de la ejecución orientación, supervisión y evaluación de las acciones de cada Sector; Que, resulta necesario establecer la estructura orgánica mínima de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promo- ción Social, de cada CTAR, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 26922, y el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; Con la opinión favorable de las Oficinas de Planificación y Presupuesto y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; Decreto de Urgencia Nº 030-98, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; y el literal d) del Artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 012- 93-TR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer la estructura mínima que deberán observar las Direcciones Regionales de Trabajo y Pro- moción Social en cada uno de los Consejos Transitorios de Administración Regional, de conformidad con la Ley Nº 26922; así como las condiciones para aprobar el expediente técnico para su funcionamiento, de acuerdo a lo establecido por el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- En un plazo que no excederá de 60 días, todas las Direcciones Regionales de Trabajo y Promo- ción Social deberán adecuarse a la estructura mínima esta- blecida por la presente Resolución, asimismo dentro del plazo establecido se deberán implementar las Direcciones Regio- nales de Trabajo y Promoción Social, en cada uno de los Consejos Transitorios de Administración Regional, bajo res- ponsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social ESTRUCTURA MINIMA DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL DIRECCION REGIONAL (1) OFICINA TECNICA DIRECCION DE PREVENCION DIRECCION DE EMPLEO Y Y SOLUCION DE CONFLICTOS FORMACION (2) PROFESIONAL (3) ZONA DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL (1) Nivel departamental (2) Comprende las funciones de Negociaciones Colectivas, Registros G. Inspección y Defensa Gratuita y Asesoría al Trabajador. (3) Los CENFOR tienen depen- dencia funcional de las DEFP. 13899