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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (13/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 180221 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de noviembre de 1999 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Dr. Walter Pedro Gutiérrez Gonzá- lez, Procurador Público Ad Hoc del Fondo Nacional de Compen- sación y Desarrollo Social - FONCODES, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales respectivas contra los miembros del Núcleo Ejecutor del Progra- ma Social de Mobiliario Escolar y de Reactivación de la Micro, Pequeña y Mediana Industria Nacional II Etapa: del Núcleo Ejecutor, señores: Jorge Arturo Portocarrero Barreda, Renato Ruiz Gutiérrez, Obcis Vílchez Perales, Alberto Palacios Maer- tens, Rulo Bedoya Rendón, Margarita Teruya Uchara, Carlos Canzio Alvarez, Víctor Hugo Soto Huacache, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al mencionado Procurador Público los antecedentes del caso para los fines a que se contrae esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 14201 PESQUERIA Oficializan el IV Simposio Internacio- nal sobre Pesca Responsable, a reali- zarse en Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 319-99-PE Lima, 10 de noviembre de 1999 Vista la Carta PD.195.99 del 28 de octubre de 1999 de la Sociedad Nacional de Pesquería; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 1º de la Ley General de Pesca aprobada por Decreto Ley Nº 25977, es política del Ministerio de Pesquería fomentar el desarrollo responsable de las actividades pesqueras, con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos, opti- mizando los beneficios económicos, en armonía con la preserva- ción del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, mediante la comunicación del visto, la Sociedad Nacio- nal de Pesquería informa la realización del IV Simposio Interna- cional sobre Pesca Responsable en los días 24 y 25 de noviembre de 1999 con el propósito de efectuar un análisis de la pesquería peruana en el próximo lustro y proponer una estrategia viable en el contexto de una pesca sostenible; De conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el "IV Simposio Internacional sobre Pesca Responsable" a llevarse a cabo en Lima, el 24 y 25 de noviembre de 1999, organizado por la Sociedad Nacional de Pesquería. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto algu- no al Pliego Presupuestal del Ministerio de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 14164 Dictan disposiciones relativas al pago que deben realizar armadores de dere- chos de pesca establecidos por la R.M. Nº 159-99-EF RESOLUCION MINISTERIAL Nº 321-99-PE Lima, 12 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que la Resolución Ministerial Nº 159-99-PE del 13 de mayo de 1999, en concordancia con el Artículo 20º de la Ley Nº 26821 (Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los RecursosNaturales), y los Artículos 2º y 45º del Decreto Ley Nº 25977 (Ley General de Pesca) estableció en US$ 0.44 por tonelada extraída los derechos de pesca por explotación de los recursos hidrobioló- gicos, a cargo de los armadores de embarcaciones pesqueras de mayor escala que cuenten con permiso de pesca vigente para anchoveta y/o sardina y/o jurel y/o caballa; Que la citada Resolución Ministerial dispuso que los derechos de pesca correspondientes al presente año se podían pagar en 3 armadas: la primera de 10% hasta el 15 de junio; la segunda de 75% hasta el 15 de noviembre; y, la tercera de 15% hasta el 30 de diciembre; Que habiéndose comprobado la captura de peces juveniles en porcentajes que superan la tolerancia permitida, la Resolución Minis- terial Nº 311-99-PE del 7 de noviembre de 1999 suspendió a partir del 9 de noviembre la extracción y procesamiento de la anchoveta (Engrautis ringhens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) ; Que manteniéndose aún vigente la suspensión de pesca, es conveniente brindar facilidades para que los armadores pesque- ros abonen el pago de los derechos de pesca establecidos por la Resolución Ministerial Nº 159-99-PE; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 (Ley General de Pesca) y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Los armadores que deban abonar los derechos de pesca conforme a la Resolución Ministerial Nº 159-99-PE y que hubiesen pagado la primera cuota del 10%, podrán diferir el pago de la segunda cuota hasta el 30 de noviembre de 1999 incrementan- do el valor de esa cuota de 75% a 80%. En cualquier caso, el saldo de los derechos de pesca se deberá liquidar y pagar en la tercera cuota hasta el 30 de diciembre de 1999. Para la liquidación de la segunda y tercera cuota serán aplicables las disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 159- 99-PE, salvo lo dispuesto en el primer párrafo. Artículo 2º.- La Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa, la Dirección Nacional de Ex- tracción y las Direcciones Regionales de Pesquería, dentro del ámbito jurisdiccional de sus respectivas competencias, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 14239 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 257-99-PE/DNE Por Oficio Nº 2054-99-PE/DNE, el Ministerio de Pesquería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 257-99-PE/DNE, publicada en nuestra edición del 6 de noviem- bre de 1999, en la página 180003. Artículo 3º DICE: "...al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE..." DEBE DECIR: "...al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE..." 14171 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que participará en sustentación de Informe Periódico ante el Comité contra la Tortura, a rea- lizarse en Suiza RESOLUCION SUPREMA Nº 494-99-RE Lima, 11 de noviembre de 1999 Debiendo realizarse la sustentación del III Informe Periódico del Perú ante el Comité contra la Tortura, en el marco del 23º Período de Sesiones de dicho Comité, a llevarse a cabo en la