Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 1999 (06/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ETECEN, debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ETECEN, debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 12406 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 531-99-EM/VME MORDAZA, 20 de setiembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 41100199, que incluye los documentos con Registros Nº 1240202, presentado por la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Nueva MORDAZA, ubicada en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; Exp./Codigo 41100199 NOMBRE Y UBICACION DE LA ESTACION Estacion de Telecomunicaciones Nueva Chipa. Ubicacion: Cota: 380 m.s.n.m. Distrito: Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA Area de Servidumbre del Sistema: 28,00 m2 (incluye la MORDAZA metalica y area adyacente). Coordenadas UTM - Centro de Torre: - Vertice A: - Vertice B: - Vertice C: - Vertice D: ESTE 18L 0307735 18L 0307738 18L 0307738 18L 0307732 18L 0307732 NORTE 8622261 8622264 8622255 8622255 8622264

Que, Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, empresa concesionaria de transmision de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Nueva Chipa; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos d) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 249-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Nueva MORDAZA, ubicada en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN con caracter permanente de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: PROPIETARIO ESTADO DATOS DE LA SERVIDUMBRE SERVIDUMBRE DE TRANSITO: implica el derecho de transitar por las rutas necesarias aledanas a la Estacion, con el fin de custodiar, mantener y reparar las instalaciones.

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ETECEN, debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ETECEN, debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 12407

CONSIDERANDO: Que, el 3 de octubre de 1999, se realizara la reunion de Coordinacion MORDAZA y del 4 al 5 de octubre la Reunion de Negociacion de Pequenas Economias, asimismo, del 6 al 7 de octubre, se llevara a cabo la MORDAZA Reunion del Grupo de Negociacion de Politica de Competencia, las mismas que se desarrollaran en el MORDAZA del Area de Libre Comercio de las Americas, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de America; Que, conforme al Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es funcion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de integracion y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 13590-PCM y Resolucion Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 3 al 8 de octubre de 1999, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en las reuniones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle:

MITINCI
Autorizan viaje de representantes del Ministerio a los EE.UU. para participar en reuniones sobre pequenas economias, politica de competencia y servicios en el MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 166-99-ITINCI MORDAZA, 2 de octubre de 1999

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