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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (06/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 179086 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 1999 Srta. MARCELA ZEA BARRETO Pasajes US$ 755.48 Viáticos US$ 1,320.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 12762 RESOLUCION SUPREMA Nº 167-99-ITINCI Lima, 4 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 159-99-ITINCI, de fecha 21 de setiembre de 1999, se autorizó el viaje del señor Javier Illescas Mucha, para que asista y participe en la Quinta Reunión del Grupo de Negociación sobre Servicios del Area de Libre Comercio de las Américas, a realizarse en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, sin embargo dicha reunión fue postergada por la Secretaría Administra- tiva del ALCA por razones de fuerza mayor, hasta los días 6 y 7 de octubre del presente año; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la parti- cipación de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supre- mos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135- 90-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 5 al 8 de octubre de 1999, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del señor Javier Illescas Mucha, para que en representación del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comercia- les Internacionales, asista y participe a la Quinta Reunión del Grupo de Negociación sobre Servicios del ALCA. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. JAVIER ILLESCAS MUCHA Pasajes US$ 720.08 Viáticos US$ 660.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 12763 INTERIOR Autorizan transferencia de insumos químicos incautados por TID a la Direc- ción de Salud Huánuco RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0988-99-IN/1101 Lima, 1 de octubre de 1999Visto, los Oficios Nºs. 379-99-DE-UTES-TM del 24.MAR.99 y Oficio Nº 721-99-DE-UTES-TM del 8.JUN.99 de la Direc- ción de Salud Huánuco - Cabecera Red de Salud Tingo María - Ministerio de Salud, que solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior la Transferencia de Insumos Químicos diversos. CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Salud Huánuco - Cabecera Red de Salud Tingo María - Ministerio de Salud, solicita a la OFE- COD le transfiera Insumos Químicos diversos, para ser utilizados en limpieza y desinfección de sus instalaciones, así como en el lavado de ropa contaminada y ser distribuidos en los Sesenta y dos (62) Puestos de Salud, Tres (3) Centros de Salud y Un (1) Hospital de Ciento Treinta (130) camas que abarca su jurisdicción; Que, en el Almacén de la Unidad de Operaciones Tácticas Antidrogas - DINANDRO PNP, se encuentran inmovilizados y bajo custodia cuatro mil trescientos ocho kilogramos con quinientos gramos (4 308,500 kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO (Lejía), que puede ser utilizado para los fines solici- tados; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la presente transferencia con la intervención de las autoridades competentes, señala- das en la legislación pertinente para tal fin; Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFE- COD es la única entidad encargada de la administración de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas; De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transfiérase a la Dirección de Salud Huá- nuco - Cabecera Red de Salud Tingo María - Ministerio de Salud, cuatro mil trescientos ocho kilogramos con quinientos gramos (4 308,500 kg.) de HIPOCLORITO DE SODIO (Le- jía), que puede ser utilizado para los fines solicitados. Artículo 2º.- La OFECOD procederá a la entrega del Insumo Químico, al representante acreditado de la Dirección de Salud Huánuco - Cabecera Red de Salud Tingo María - Ministerio de Salud, en presencia del representante del Ministerio Público, previo pesaje y análisis certificado por un Profesional Químico levantándose el Acta de Transferencia. Artículo 3º.- La Dirección de Salud Huánuco - Cabecera Red de Salud Tingo María - Ministerio de Salud, informará a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, la distribución y utilización del Insumo Químico transferido. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 12691 P R E S Ratifican afectación en uso de inmue- ble a favor del Colegio Químico Farmacéutico RESOLUCION SUPREMA Nº 168-99-PRES Lima, 5 de octubre de 1999 Visto, el Oficio Nº 4069-99/SBN-OAJ del 3 de agosto de 1999 remitido por la Superintendencia de Bienes Nacionales en relación al pedido de reversión parcial formulado por la Municipalidad de Santiago de Surco del predio materia de afectación en uso a favor del Colegio Químico Farmacéutico del Perú en virtud de la Resolución Suprema Nº 108-83-VI- 5600 del 13 de mayo de 1983; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Escritura Pública de Cesión a favor del Estado, suscrita entre la Asociación Pro-Vivienda de la Guardia Civil (ASVIGC) y la entonces Dirección General de Bienes del Estado, se inscribió a favor del Estado, en el Asiento Nº 1-C de la Ficha Nº 1130364 del Registro de la