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Pág. 179527 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 1999 M T C Aceptan renuncia de miembro del Directorio y Presidente del Fondo MIVIVIENDA RESOLUCION SUPREMA Nº 165-99-MTC Lima, 19 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 007-99-MTC, se designó, entre otros, al señor ingeniero Víctor Joy Way Rojas, en representación del Presidente de la República, como miembro del Directorio y Presidente del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVI- VIENDA; Que, el ingeniero Víctor Joy Way Rojas ha formulado renuncia a dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26912 y el Decreto Supremo Nº 013-98-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir del 8 de octubre la renuncia formulada por el ingeniero Víctor Joy Way Rojas como miembro del Directorio y Presidente del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVI- VIENDA, dándosele las gracias por los importantes ser- vicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 13360 Declaran en abandono diversos proce- dimientos administrativos de autoriza- ción para la prestación del servicio de radiodifusión RESOLUCION DIRECTORAL Nº 108-99-MTC/15.19 Lima, 26 de agosto de 1999 VISTOS, los Expedientes Nºs. 970506, 975198 y 943978 correspondientes a Empresa de Comunicaciones Radio Visión Cristiana E.I.R.LTDA., Global Service E.I.R.LTDA. y Empresa Municipal de Radio Televisión de Barranca S.A., respectivamente; CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los Expedientes de Vistos, se constata que luego de ser éstos evaluados, se procedió a requerir a las empresas solicitantes que remitan docu- mentación necesaria para la atención de sus solicitudes presentadas, mediante los Oficios Nºs. 611-98-MTC/15.19.03.2, 163-98-MTC/15.17.af.srd y 810-97-MTC/ 15.19.01, respectivamente; Que, conforme se verifica de cada uno de los expe- dientes administrativos, los solicitantes no han cumplido con remitir la documentación requerida por la Adminis- tración, a pesar de haber sido debidamente notificados; habiendo vencido en exceso los plazos establecidos legal- mente, siendo que tal incumplimiento significa que los interesados han incurrido en causal de abandono del procedimiento administrativo por ellos iniciados, a tenor de lo establecido en los Artículos 70º y 91º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos; Estando a lo opinado por la Dirección de Asesoría Técnica mediante Informe Nº 286-99-MTC/15.19.01; y, De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Abandono los Procedimien- tos Administrativos, sobre autorización para prestar el Servicio de Radiodifusión, iniciados mediante los expe- dientes que se indican, por: EMPRESA EXP. LOCALIDAD OFICIO Nº 1. EMPRESA DE COMU- 970506 NEPEÑA 611-98-MTC NICACIONES RADIO VISION CRISTIANA E.I.R.LTDA. 2. GLOBAL SERVICE 975198 TACNA 163-98-MTC E.I.R.LTDA. PUNO 163-98-MTC JULIACA 163-98-MTC 3. EMPRESA MUNICIPAL DE RADIO TELEVI- 943978 BARRANCA 810-97-MTC SION DE BARRANCA S.A. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución a las Direcciones de Asesoría Técnica, de Administración de Frecuencias y de Recaudación y Coordinación Regio- nal; encargándose a la Dirección de Administración de Frecuencias el archivamiento y el registro de los expe- dientes a que se refiere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL OSAKI SUEMITSU Director General de Telecomunicaciones 13286 Autorizan acuerdo de cooperación co- mercial entre empresas para operar servicio de transporte aéreo en la modalidad de código compartido RESOLUCION DIRECTORAL Nº 184-99-MTC/15.16 Lima, 20 de setiembre de 1999 VISTO: Que, con documentos de Registros Nºs. 21680005, 08217007, 22014005 y 22687005, la empresa Continental Airlines, Inc. (Continental) y Compañía Panameña de Aviación S.A. (Copa), han solicitado la aprobación del acuerdo de cooperación comercial suscrito entre ambas, para operar en la modalidad de acuerdo de código compar- tido, el servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo (mixto); CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 8º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú Nº 24882 y el Artículo 23.1º de la Ley de