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Pág. 179543 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 1999 Instalaciones Telefónicas.- Para las instalacio- nes telefónicas, la interesada de conformidad con el Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985, deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la insta- lación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Quinto.- Disponer, que las sanciones im- puestas en la Resolución Nº 181-97-MML-DMDU debe- rán ser canceladas previa a la emisión de la Resolución de Recepción de Obras. Artículo Sexto.- Considerar, con Construcción Simul- tánea el proceso de Habilitación Urbana para Uso de Comercio Interdistrital "C7" del terreno constituido por las Subparcelas denominadas ampliación Parcela "C", Parcela "F", Parcela "G", Parcela "H" y Parcela "I" de 9,636.77 m2, 30,468.29 m2, 16,160.96 m2, 56,552.31 m2 y 15,247.10 m2, respectivamente que forman parte de un área mayor de 943,343.16 m2 ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el plano aprobado en Acuerdo Nº 01 tomado en Sesión Nº 18-99, del 11 de junio de 1999 por la Comisión Metropolitana de Habilitación Urbana, debien- do gestionar ante la Municipalidad Distrital, la respectiva Licencia de Construcción. Artículo Sétimo.- Autorizar, a la Municipalidad Dis- trital de Santiago de Surco, para que de conformidad con el Reglamento Nacional de Construcciones otorgue al Jockey Club del Perú, las respectivas Licencias de Cons- trucción, sobre el área útil de las parcelas mencionadas, cuya aprobación de Proyectos de Habilitación Urbana, figuran en el Acuerdo descrito en el artículo precedente. Artículo Octavo.- Disponer, que las edificaciones que en virtud de esta autorización se construyan no podrán ser habitadas, ni la Municipalidad Distrital res- pectiva, expedirá los Certificados de Conformidad de Obra de las mismas, mientras las obras de Habilitación no se encuentren oficialmente recepcionadas por este Con- cejo. Artículo Noveno.- Disponer, que los propietarios o futuros adquirientes de las Subparcelas resultantes del proceso de Independización, están obligados a respetar los Proyectos de Habilitación Urbana y el Planeamiento Integral aprobado conforme a los planos firmados y sella- dos por la Comisión Metropolitana de Habilitación Urba- na, debiendo figurar como carga en los Registros Públicos. Artículo Décimo.- Disponer, de conformidad con lo dispuesto en el Art. II-IV-7.4 del Reglamento Nacional de Construcciones, que los interesados deberán gestionar la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao del Planeamiento Integral aprobado el cual tendrá carácter obligatorio para las habilitaciones futuras, previa a la emisión de la respectiva Resolución de Recepción de Obras. Artículo Undécimo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la notificación. Artículo Duodécimo.- Transcribir, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción, a la Dirección Municipal de Fisca- lización y Control (D.M.F.C.) para el cobro de las sanciones correspondientes al Servicio de Adminis- tración Tributaria (S.A.T), a la Superintendencia Na- cional de Administración tributaria (SUNAT) y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 13345MUNICIPALIDAD DE ANCON Autorizan realización de matrimonio civil masivo en el distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-99-A/MDA Ancón, 5 de octubre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON CONSIDERANDO: Que, es política de la Municipalidad Distrital de An- cón, prestar un servicio social a la comunidad, por lo que tiene programado en su plan de actividades para 1999, la realización de un Matrimonio Civil Masivo. Que, está aperturado el derecho de los ciudadanos a formalizar y legalizar su vida familiar, y su situación social, y en esta oportunidad orientado fundamentalmente a los pobladores de menores recursos económicos. Que, en el presente año se celebra el 125º aniversario de creación política del distrito de Ancón, ocasión para reunir a la ciudadanía en un evento matrimonial. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853 en su Artículo 47º 6). SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la realización de un Matrimonio Civil Masivo en la jurisdicción de la Munici- palidad Distrital de Ancón, el día 31 de octubre a las 9.30 a.m. con carácter gratuito. Artículo Segundo.- Encargar a la Comisión Organi- zadora de Aniversario todo lo concerniente, con el apoyo de las Unidades a Registros Civiles y Relaciones Públicas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ORTECHO ROMERO Alcalde 13154 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Otorgan beneficio especial de regulari- zación tributaria y administrativa ORDENANZA Nº 19-99-MDB Breña, 18 de octubre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Se- sión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores: José Vilca Meléndez, Aldo Ramos Salinas, Teresa Gálvez Cueto, Luis Haro Vereau, Luis Orihuela Carpio, Luis de la Mata Martínez y Angel Meza Pereira; y con dispensa del trámite de aprobación del Acta;