Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 1999 (21/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de octubre de 1999

Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 041-99/ SEPS, publicada en nuestra edicion del dia 8 de octubre de 1999, en la pagina 179163. En el Tercer Considerando DICE: Que, el inciso c) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS faculta al Superintendente a expedir Resoluciones que corresponda, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo. DEBE DECIR: Que, el inciso c) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 005-98-SA, Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS faculta al Superintendente a expedir las Resoluciones que correspondan; y, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo. 13337

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Disponen reempadronamiento de personas juridicas concesionarias del servicio de transporte publico MORDAZA e interurbano
ORDENANZA Nº 239 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA: POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA en Sesion Ordinaria de 14 de octubre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato del inciso 4) del Articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades en ejercicio de su autonomia politica, economica y administrativa tienen competencia exclusiva para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos de su circunscripcion; Que, el inciso 5) del Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades preceptua que los gobiernos locales son competentes para regular el transporte colectivo, la circulacion y el transito; Que, el inciso 4) del Articulo 69º de la Ley Organica de Municipalidades establece que son funciones de la Municipalidad en materia de transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, organizar y mantener los sistemas de senales y de semaforos y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, por Decreto de Alcaldia Nº 054 del 22 de junio de 1993, se aprobo el Plan Regulador de Rutas para el Servicio de Transporte Publico MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 104-MML, dispone que corresponde a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA aprobar el incremento o disminucion de las flotas o frecuencias y autorizar la operacion de los vehiculos para la prestacion del servicio a cargo de la concesionaria; asimismo, establece en su Articulo 7º que la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, registra y autoriza a las empresas, los vehiculos y los conductores;

Que, por Acuerdo de Concejo Nº 005 de fecha 19 de enero del presente ano, se declaro en emergencia el Transporte, el MORDAZA y la Vialidad en MORDAZA Metropolitana, con el fin de lograr un sistema eficiente de transporte, MORDAZA y un adecuado Sistema Vial Metropolitano; encargando a la Comision de Transporte MORDAZA proponer al Concejo Metropolitano medidas concretas que permitan el reordenamiento del transporte urbano. Que, en cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 005, la Comision Permanente de Transporte MORDAZA, en Sesion de 16 de MORDAZA de 1999, aprobo el Plan de Accion de Vialidad y Transporte: 1999-2002 para MORDAZA Metropolitana; Que, para los efectos de dar cumplimiento al Plan de Vialidad y Transporte: 1999-2002, es necesario contar con una base de datos actualizada, veraz y oportuna sobre la flota que efectivamente presta servicio en la jurisdiccion de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, estando a las consideraciones MORDAZA expuestas, y con la finalidad de contar con una informacion actualizada, es necesario disponer el reempadronamiento de las personas juridicas, que prestan el servicio de las unidades que las integran, asi como de los conductores y cobradores que se encuentren inscritos en los Registros de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza; Que, de conformidad con lo dispuesto por las Ordenanzas Nºs. 131 y 104, y en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; APROBO LA SIGUIENTE: ORDENANZA Articulo Primero.- Disponer el reempadronamiento, en forma gratuita, de las Personas Juridicas, de las unidades vehiculares que las integran, de los conductores, cobradores y cobradores conductores, que prestan el servicio de transporte MORDAZA e interurbano de pasajeros en la provincia de MORDAZA, la misma que se realizara mediante formatos y programa informatico elaborado por la Direccion Municipal de Transporte Urbano. Articulo Segundo.- Las Personas Juridicas que prestan el Servicio de Transporte Publico MORDAZA e Interurbano podran retirar y sustituir sus unidades del padron de vehiculos autorizado asi como incluir vehiculos en el referido padron. El reempadronamiento que se dispone no permite ni significa, ni incluye en modo alguno el incremento de la flota vehicular autorizada a la concesion de la ruta respectiva. Articulo Tercero.- La sustitucion de unidades del Padron de Vehiculos autorizados por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, procedera siempre que conserven la categoria o superen la del vehiculo a retirarse, teniendo en cuenta lo siguiente: a) La inclusion de unidades que se encuentran inscritas en el padron Individual de Vehiculos Inscritos sera automatica. b) En el caso de la inclusion de unidades que forman parte de otra concesionaria, posteriormente debera regularizarse el tramite presentando la correspondiente carta de baja de la concesionaria a la que deja de pertenecer o en su defecto carta notarial con firma legalizada del propietario de la unidad poniendo en conocimiento de la concesionaria su decision de dejar de pertenecer a la misma. Articulo Cuarto.- La Persona Juridica concesionaria, que en el MORDAZA de reempadronamiento, manifieste o se verifique por la Autoridad, que cuenta con una flota menor al numero de unidades requeridas para el servicio

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