Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 1999 (30/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y la Ordenanza Nº 191-99-MML. Articulo 2º.- La Junta Zonal de Vecinos del distrito de Lince representada por su Junta Directiva, se rigen por el presente Reglamento. Articulo 3º.- Son objetivos de la Junta Zonal de Vecinos del distrito de Lince, constituirse como instrumento de integracion vecinal; participando activamente en favor de su comunidad, para canalizar las acciones de apoyo y colaboracion al Gobierno Municipal dentro del ambito geografico de su competencia. Articulo 4º.- Las Juntas Directivas de cada una de las Juntas Zonales tendran atribuciones y obligaciones que se mencionan en los siguientes articulados. Articulo 5º.- Son funciones de la Junta Zonal de Vecinos del distrito de Lince en cuanto a coordinacion, las siguientes: Inc. 1.- Supervision de la prestacion de servicios publicos, correspondientes a Parques y Jardines, Limpieza y Ornato que brinda la Municipalidad. Inc. 2.- Coordinar ante la Division de Participacion Vecinal las denuncias de los vecinos de cada MORDAZA por el incumplimiento de las disposiciones Municipales de servicio y atencion en general. Inc. 3.- Presentar ante la Division de Participacion Vecinal las propuestas de los vecinos de cada MORDAZA, respecto a la repotencializacion de la prestacion de servicios publicos, como Limpieza, Ornato, Parques y Jardines orientados a una gestion administrativa agil y eficiente. Articulo 6º.- Son funciones de la Junta Zonal de Vecinos en cuanto a seguridad las siguientes: a). Proponer un Manual de Seguridad Vecinal Basico, con medidas de seguridad y sistemas de alarma comun de acuerdo a las caracteristicas de cada zona. b). Motivar y difundir, entre los vecinos de la MORDAZA el contenido del Manual Basico para que contribuya y participe en la adopcion de las diversas medidas de seguridad, en coordinacion con la Division de Participacion Vecinal. Articulo 7º.- Son funciones de la Junta Zonal de Vecinos en cuanto a Educacion y Recreacion las siguientes: a). Preparar al vecindario para la participacion activa y plena en las diversas acciones que debera cumplir la Directiva de su Junta Vecinal. b). Promover y contribuir en la comunidad lincena con la difusion de actitudes de sociabilidad como acciones referidas al respeto mutuo, solidaridad vecinal, civismo, urbanidad y buenas costumbres. c). Contribuir en la elaboracion y ejecucion de los programas de vacaciones utiles, orientando y coordinando las actividades de los ninos y jovenes de su zona. d). Fomentar el deporte dentro de la MORDAZA como un medio de promover la integracion vecinal. Articulo 8º.- Son funciones de la Junta Zonal de Vecinos en cuanto a la colaboracion las siguientes: a). Promover en la MORDAZA acciones que coadyuven a la mejor ejecucion de las labores municipales tales como el *mantenimiento del ornato* cumplimiento del horario para el recojo de la basura, mantenimiento de las areas verdes. b). Promover acciones de orden social en apoyo de la Biblioteca Municipal con donacion de libros. c). Apoyar las diversas acciones que emprenda el Municipio en favor de la Comunidad. Articulo 9º.- Es funcion de la Junta Zonal de Vecinos en cuanto a proposiciones las siguientes: Presentar las sugerencias, recomendaciones y posibles soluciones propuestas por los vecinos de la MORDAZA para la mejor marcha y MORDAZA del lugar; estudiar el grado de interes y factibilidad y trasladarlas a la oficina de la Division de Participacion Vecinal para su evaluacion y tratamiento.

Articulo 10º.- Cada MORDAZA debe ser representada por un Presidente elegido democraticamente en acto electoral convocado por la Municipalidad, quien tiene la responsabilidad de proponer a la Alcaldia en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias a su Junta Directiva, la cual debera estar compuesta por cinco (05) vecinos que ocuparan los siguientes cargos: 1. Presidente. 2. Secretario. 3. Tesorero. 4. Fiscal. 5. Vocal. Articulo 11º.- Las organizaciones sociales e instituciones debidamente registradas y reconocidas de acuerdo al R.U.O.S., designaran un representante por rubro de actividad y/u objetivos de la organizacion social ante la Junta Directiva de la zonal, el mismo que sera considerado como miembro nato de MORDAZA y podra desempenar su cargo directivo en caso de ser propuesto. Debera comunicar la designacion a la oficina de la Division de Participacion Vecinal. Articulo 12º.- Son derechos y obligaciones del Presidente de cada Junta Zonal de Vecinos: a). Presidir las sesiones de la Junta Directiva de su zona. b). Convocar a las Asambleas de Vecinos de su zona. c). Presidir las Asambleas de Vecinos de su zona. d). Representar a los vecinos de su MORDAZA en los actos publicos a los que sea invitado sin limitacion alguna. e). Presentar el Plan de Accion Anual ante la Municipalidad. f). Coordinar las diferentes acciones dirigidas al cumplimiento de las funciones de la Junta Directiva de su zona. g). Informar a los miembros de la Junta Directiva Vecinal de su MORDAZA, y a los vecinos de su MORDAZA, las gestiones que se llevan a cabo a favor del vecindario, asi como informar sobre las disposiciones Municipales. h). Refrendar el Libro de Actas de Sesiones de la Junta Directiva de su MORDAZA conjuntamente con el Secretario. Articulo 13º.- Son funciones del Secretario de la Junta Directiva de Vecinos de cada zona: a). Llevar la documentacion y archivos de las reuniones de la Junta Directiva y de las reuniones que se convoquen en su MORDAZA, los mismos que deberan ser comunicados a la Municipalidad con especificaciones de la Agenda. b). Mantener actualizado el Libro de Actas. c). Citar conjuntamente con el Presidente a Sesiones de la Junta Directiva y de vecinos de su zona. d). Recepcionar y tramitar toda la documentacion que llega a la Junta de Vecinos, dandole el tramite correspondiente. e). Actuar como relator en las sesiones de la Directiva y en las asambleas con los vecinos de su zona. Articulo 14º.- Son funciones del Tesorero de la Junta Directiva de Vecinos de cada zona: a). Cautelar el patrimonio de la Junta Vecinal Zonal. b). Llevar la contabilidad (Libro Contable) y otros documentos que tengan que ver con la Junta Vecinal Zonal. c). Sugerir actividades que generen fondos para ser utilizados en el bienestar de la zona. d). Informar a la Junta Directiva Vecinal Zonal y a los vecinos sobre los aspectos contables. e). Informar sobre la situacion economica a la Municipalidad de Lince. Articulo 15º.- Son funciones del Fiscal de la Junta Directiva de Vecinos de cada zona: a). Velar por el cumplimiento del Estatuto y Reglamento Interno. b). Vigilar la disciplina y el orden en las Asambleas de la Junta Directiva y en las Asambleas de Vecinos de su zona.

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