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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (30/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 179831 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de octubre de 1999 tos del 155, en acogerse a la promoción en referencia y se encuentran en condiciones de proveer dicho acceso me- diante los números telefónicos que fueron comunicados a OSIPTEL; Que de acuerdo a lo expresado por Telefónica del Perú S.A.A. en las comunicaciones de Vistos, y dentro de las restricciones técnicas existentes, ha sido posible ampliar la aplicación de la oferta a los usuarios del servicio telefónico fijo que actualmente acceden a In- ternet a través de los números telefónicos que nos fueran comunicados por las empresas prestadoras de servicios de valor añadido; Que asimismo, es necesario establecer los mecanismos para garantizar que la aplicación de la referida oferta se realice dentro de un esquema de no discriminación y sin afectar la libre y leal competencia; Que considerando las implicancias de la indicada pro- moción, resulta necesario que por su carácter excepcio- nal, sea aprobada mediante Resolución de la Gerencia General de OSIPTEL; De conformidad con las facultades conferidas por el ordenamiento vigente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la promoción "Bonos ABC para Internautas" a ofrecerse por Telefónica del Perú S.A.A., conforme a lo dispuesto en la presente Resolución y las condiciones establecidas en el Anexo que forma parte de la misma. La promoción tendrá un plazo de vigencia de 3 meses contados a partir de la entrada en vigor del presente dispositivo, sin perjuicio de que la empresa concesionaria solicite la ampliación del mismo. Artículo 2º.- Los números telefónicos para acceso a Internet que, inicialmente, habilitará Telefónica del Perú S.A.A. para que sean incluidos dentro de la promoción "Bonos ABC para Internautas" son los siguientes: Lista de Números telefónicos para acceso a Internet que inicialmente serán habilitados para la oferta: Números 155 (Infovia) 211-0500, 211-0501, 211-0502, 211-0503, 211-0504, 211-0505, 211-0506, 211-0507, 211-0508, 211-0510, 211-0516 (Red Cien- tífica Peruana) 349-0165, 348-2220, 349-2020(IBM del Perú) Las empresas que brindan el acceso a Internet a través de los números telefónicos citados en el listado anterior, remitirán a OSIPTEL una Declaración Jurada de que dichos números telefónicos serán asignados exclusiva- mente para el acceso a Internet, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, de lo contrario, los números telefónicos en referencia serán excluidos de la promoción. Los números comprendidos en el listado anterior deberán ser habilitados por Telefónica del Perú S.A.A. en la misma fecha, dentro de un plazo máximo de siete (7) días calendario de recibida la notificación, comunicando de ello previamente a OSIPTEL y a las empresas respec- tivas. Posteriormente, de acuerdo a la disponibilidad técni- ca, podrán incluirse en la oferta nuevos números telefóni- cos para acceso a Internet, para cuyo efecto las empresas prestadoras de servicios de valor añadido que brindan el servicio de acceso a Internet , que deseen ser incluidas dentro de la referida promoción, deberán presentar a OSIPTEL lo siguiente: 1. Carta manifestando su interés de que sus usuarios de acceso conmutado participen en la promoción "Bonos ABC para Internautas"; 2. Declaración Jurada de estar inscritos en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios de Valor Añadido del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; 3. El(los) número(s) telefónico(s) que utilizan para que sus usuarios accedan a Internet; 4. Declaración Jurada de que los números telefónicos a que se refiere el numeral anterior serán asignados exclusivamente para el acceso a Internet.OSIPTEL verificará la disponibilidad existente y noti- ficará a Telefónica del Perú S.A.A. para que proceda a habilitar el o los números telefónicos respectivos para su inclusión dentro de la mencionada promoción, en un plazo máximo de siete (7) días calendario de recibida la notifica- ción, comunicando de ello previamente a OSIPTEL y a las empresas respectivas. Artículo 3º.- Los números telefónicos que sean habi- litados conforme a lo dispuesto en el artículo precedente, serán asignados exclusivamente para el acceso a Inter- net; caso contrario, Telefónica del Perú S.A.A. podrá, de considerarlo pertinente, excluir el o los números telefóni- cos que no cumplan con la condición indicada anterior- mente, para lo cual deberá solicitar previamente el pro- nunciamiento de OSIPTEL en el que se haya comprobado ello. Para estos efectos, será aplicable el siguiente proce- dimiento: a) Las visitas de inspección por parte de OSIPTEL se llevarán a cabo dentro del plazo de un (1) día calendario a partir del día siguiente de recibida la solicitud verbal o escrita de la empresa concesionaria. En caso de que la comunicación de la empresa concesionaria se haya produ- cido en vísperas de sábado, domingo o feriado no labora- ble, las visitas de inspección se realizarán dentro de los dos (2) días calendario de recibida. b) El resultado de las acciones de supervisión deberá constar en un acta levantada conforme a lo dispuesto por el Artículo 19º del Reglamento de Acciones de Supervi- sión, sobre la base de la cual OSIPTEL emitirá su pronun- ciamiento, el mismo que deberá ser comunicado por escri- to a la empresa concesionaria dentro del día hábil siguien- te de firmada el acta por los funcionarios de la empresa concesionaria y los de OSIPTEL. Artículo 4º.- Telefónica del Perú S.A.A. comunicará a OSIPTEL y publicará en por lo menos un diario de circulación nacional las características de la promoción de que trata la presente resolución, así como el procedimien- to para su contratación por los usuarios, con anticipación a su entrada en vigencia. Artículo 5º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución será sancionado de conformidad con las disposiciones previstas en el Regla- mento General de Infracciones y Sanciones aprobado por OSIPTEL. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. GEOFFREY CANNOCK TORERO Gerente General ANEXO CARACTERISTICAS DE LA PROMOCION "BONOS ABC PARA INTERNAUTAS" 1. Permite al usuario, a través de una suscripción, acceder a descuentos en sus comunicaciones locales de acceso a Internet realizadas a cualquiera de los números telefónicos previamente habilitados conforme a lo dis- puesto por OSIPTEL, por un determinado número de minutos, ya sea en horario normal u horario reducido, respectivamente. 2. El horario del Bono de Día será de lunes a domingo, de 7.00 a 22.59 horas. 3. El horario del Bono de Noche será de lunes a domingo, de 23.00 a 06.59 horas. 4. Sólo se podrá contratar un Bono de cada tipo por mes. El usuario deberá solicitar la contratación con al menos tres (3) días útiles de anticipación al cierre de su correspondiente ciclo de facturación. En caso el usuario solicite el cambio de un tipo de bono a otro, éste se realizará al inicio del siguiente ciclo de facturación luego de presentada la solicitud. La fecha límite para la presen- tación de la solicitud de cambio es de tres (3) días útiles anteriores a la fecha de cierre del ciclo de facturación. En caso contrario será efectivo para el siguiente ciclo factu- rado. 5. El valor de los bonos se ajustará de acuerdo al ajuste de las tarifas aplicables a las llamadas telefónicas locales,