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Pág. 179823 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de octubre de 1999 Encargan presidencia de comisión descentralizada de control interno del Distrito Judicial de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 836-99-MP-CEMP Lima, 29 de octubre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 830-99-MP-F.SUPR.C.I. de fecha 29 de octubre de 1999, cursado por el doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, mediante el cual propo- ne al doctor Martín Nicanor Retamozo Roca, Fiscal Superior Titular, encargado del despacho de la Cuarta Fiscalía Superior en lo Civil de Lima, para que se haga cargo de la Presidencia de la Comisión Distrital Des- centralizada de Control Interno del Distrito Judicial de Lima, por el término que dure la encargatura del doctor Pablo Visalot Chávez, Fiscal Superior Titular y Presidente de la Comisión Distrital Descentralizada de Control Interno del Distrito Judicial de Lima, como Fiscal encargado del despacho de la Cuarta Fiscalía Suprema en lo Penal y Especializada en Delitos de Terrorismo. En consecuencia, atendiendo dicho pedido y por necesidad de servicio, la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 7130 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar la Presidencia de la Comisión Distrital Descentralizada de Control Interno del Distrito Judicial de Lima al doctor Martín Nicanor Retamozo Roca, Fiscal Superior Titular encargado del despacho de la Cuarta Fiscalía Superior en lo Civil de Lima, por el término que dure la encargatura de su titular. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la pre- sente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Supre- ma de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima, y Fiscal designado en el artículo precedente, para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 13754S B S Modifican resolución que aprobó Nor- mas para la Contratación de Rease- guros RESOLUCION SBS Nº 0966-99 Lima, 27 de octubre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el Artículo 322º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante Ley General, establece la autonomía del contrato de seguro y de reaseguro, señalando que el contrato de reaseguro no subordina las relaciones que emanan del contrato de seguro; Que, en la práctica internacional las operaciones de reaseguro presentan diferentes modalidades y requieren la utilización de determinadas cláusulas con la finalidad de delimitar las responsabilidades del reasegurador y del reasegurado, las cuales no deberán afectar la autonomía referida en el párrafo anterior; Que, mediante Resolución SBS Nº 0112-99 de fecha 17 de febrero de 1999 se aprobaron las Normas para la Contratación de Reaseguros; Estando a lo opinado por las Superintendencias Ad- juntas de Seguros y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numera- les 7 y 9 del Artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar los numerales 2, 5 y 6 de la Resolución SBS Nº 0112-99, como sigue a continua- ción: "2. FORMAS DE CONTRATACION Las empresas podrán contratar reaseguros en forma directa o mediante la intervención de corredores de rea- seguros que se encuentren hábiles en el registro corres- pondiente a cargo de esta Superintendencia, siempre que los reaseguradores cuenten con cualquiera de las siguien- tes características: a) Empresas de reaseguros establecidas en el país; b) Empresas de reaseguros no establecidas en el país que se encuentren hábiles en el registro correspondiente a cargo de esta Superintendencia; o, c) Empresas de reaseguros no establecidas en el país que estén clasificadas como no vulnerables por dos (2) empresas clasificadoras de riesgo de prestigio internacio- nal. Excepcionalmente, esta Superintendencia podrá apro- bar alguna forma adicional de contratación no prevista en los párrafos anteriores, siempre que la documentación sustentatoria presentada lo justifique". "5. CONTRATOS DE REASEGUROS Los contratos de reaseguros deberán adoptar las con- diciones, formas y métodos generalmente aceptados en la práctica internacional. Sin embargo, lo convenido entre las partes de tales contratos no modifica las obligaciones que, con respecto al contratante o tomador, asegurado, beneficiario o tercero damnificado, tiene el asegurador directo en función de lo establecido en la Ley y en el contrato de seguro". "6. AVISO DE CANCELACION Las empresas bajo responsabilidad de su Gerente General deberán comunicar a esta Superintendencia la cancelación de algún contrato de reaseguro, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario de ocurrida dicha cancelación".