TEXTO PAGINA: 6
Pág. 179800 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de octubre de 1999 quier momento subrogarse en las obligaciones asumidas por la FAO. 6. La FAO podrá, en consulta con el Gobierno, ejecutar parte o la totalidad del Proyecto mediante subcontrata. La selección de subcontratistas se hará, previa consulta con el Gobierno, de conformidad con los procedimientos de la FAO. OBLIGACIONES DEL GOBIERNO 7. El Gobierno adoptará todas las medidas necesarias para facilitar la ejecución del proyecto y ayudar al perso- nal de la FAO a conseguir los servicios y medios necesa- rios para el desempeño de su labor, incluyendo la confor- mación de un Comité Directivo que será la instancia máxima de gestión del Proyecto y la evaluación de la marcha del Proyecto. El Gobierno aplicará a la FAO, a los fondos y objeto de su propiedad, a sus funcionarios y demás personas o entidades que desempeñen servicios a su nombre, en relación con el Proyecto, las cláusulas de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de los Orga- nismos Especializados; se aplicará, el tipo de cambio, establecido por las Naciones Unidas. 8. El Gobierno resolverá las reclamaciones formuladas por terceros contra la FAO, su personal o demás personas que desempeñen servicios en su nombre en relación con el Proyecto, salvo cuando el Gobierno y la FAO convengan que estas reclamaciones obedecen a negligencia culpable o intención dolosa de esas personas. 9. El Gobierno responderá de la contratación, los sueldos y las medidas de seguridad social del personal nacional. El Gobierno adoptará, además, los servicios y suministros indicados en la parte II (E.1), en la forma y ocasión que hagan falta para el Proyecto. 10. El Gobierno concederá al personal de la FAO y del Gobierno donante y a las personas que actúen en nombre de uno o de otro, acceso al emplazamiento del proyecto y a todo tipo de material o de documentación relativa al mismo, y suministrará toda la información pertinente. 11. El Gobierno atenderá a los gastos de importación y se encargará de la tramitación aduanera del equipo destinado al proyecto, y su transporte, manipulación, almacenamiento y gastos conexos dentro del país, asimis- mo se ocupará de su custodia, su mantenimiento, asegu- ramiento y sustitución, si hace falta, una vez entregado en el lugar del proyecto. INFORMES 12. La FAO informará sobre el proyecto al Gobierno donante y al Gobierno receptor, según se detalla en la Parte II (H). 13. El Gobierno accederá a la difusión de información, por ejemplo, descripciones del proyecto y de sus objetivos y resultados, con objeto de informar a la opinión pública. ENMIENDAS Y RESCISION 14. Este Acuerdo de Proyecto puede ser modificado o rescindido de mutuo consenso. La rescisión surtirá efecto a los 60 días del recibo por cualquiera de las partes de una notificación escrita de la otra parte. En este caso, las obligaciones contraídas por el Gobierno seguirán en vigor en la medida necesaria para permitir la retirada ordenada de los fondos y del activo de la FAO y del personal que actúe en su nombre. 15. El presente Acuerdo de Proyecto entrará en vigor a su firma por ambas partes. Por el Gobierno del Perú FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores Fecha: 3 de setiembre de 1999 Por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) NORMAN BELLINO Representante de la FAO en el Perú Fecha: 3 de setiembre de 1999PARTE II: DISEÑO DEL PROYECTO A. ANTECEDENTES GENERALES. 1. Descripción del sector El sector forestal comprende las actividades de admi- nistración, manejo, aprovechamiento y protección del recurso forestal (entendido como los bosques, sus produc- tos y demás componentes de flora y fauna silvestres) y las tierras de capacidad de uso mayor forestal y de protec- ción. Geográficamente, el ámbito del sector comprende los bosques y tierras forestales en las tres regiones naturales del Perú, la Costa, Sierra y Selva. El sector abarca de manera integrada la producción de bienes y servicios proveniente de la conservación y recu- peración del recurso forestal por el establecimiento y aprovechamiento de bosques y de sistemas agroforesta- les, la extracción, transformación y el comercio de los productos maderables y no maderables, el manejo de la vegetación y de los suelos forestales en las cuencas hidro- gráficas, el ecoturismo, la protección de las áreas natura- les y el manejo de la fauna silvestre, así como las acciones de investigación, fomento, educación, extensión y fortale- cimiento institucional en apoyo a la actividad forestal. Desde el punto de vista económico y de su relación con el aparato productivo nacional, toda esta amplia gama de actividades se localiza en el ámbito de competencia de los siguientes sectores productivos: - Agricultura: inventario y evaluación de los recursos forestales y de fauna silvestre, silvicultura y manejo de bosques naturales, plantaciones forestales y sistemas agroforestales; manejo y conservación de fauna silvestre, y de las áreas naturales protegidas por el Estado; conser- vación, extracción y transformación primaria de produc- tos maderables, diferentes a la madera y de fauna silves- tre con fines de autoconsumo y comerciales. - Industria: Transformación industrial de la madera (madera aserrada, laminada, triplay, parquet, etc.), mue- bles y bienes similares; transformación química de la madera (pulpa y papel); transformación industrial y arte- sanías de productos no maderables (frutos, resina, látex y otros similares), y los provenientes de la fauna silvestre (carne, pieles, cuero, fibra, etc.). - Energía y electricidad: producción de energía primaria (leña y carbón) para el medio rural y producción de energía secundaria (centrales dendroenergéticas) con fines industriales y de uso doméstico. - Turismo: ecoturismo y turismo de la naturaleza, incluyendo las modalidades educativas, culturales y cien- tíficas, tanto en las áreas naturales protegidas por el Estado como en otros ecosistemas naturales de potencial turístico. - Transporte: construcción de vías de extracción y caminos forestales, servicios de transporte de materia prima y de productos manufacturados (fluvial y terres- tre). - Comercio: centros de acopio de madera en troza, productos no maderables y de fauna silvestre, y centros comerciales de los productos manufacturados. - Vivienda y construcción: aprovechamiento de madera y otros productos del bosque como elementos de construcción. - Interior: control y vigilancia forestales por parte de la Policía Ecológica (ex Policía Forestal). - Educación: enseñanza universitaria en las faculta- des de ingeniería forestal, de educación técnica en los institutos tecnológicos superiores y formación básica fo- restal desde los primeros niveles. La población que labora en el sector forestal es del orden de las 300 mil personas. La producción de la indus- tria maderera proviene de unas 500 empresas, la mayoría pequeña empresa, con bienes de capital y valor de reposi- ción de activos estimados en 500 millones de dólares. La producción forestal informal abarca alrededor de 10,000 microempresas rurales y urbanas. Existen aproxi- madamente 150 ONG's y organizaciones privadas promo- toras del desarrollo relacionadas con la actividad forestal. Tradicionalmente se considera que el sector forestal contribuye con el 1% del PBI nacional; correspondiendo