Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 1999 (30/10/1999)


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RESOLUCION SUPREMA Nº 154-99-TR MORDAZA, 29 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 1999

VISTO: El Oficio Nº 399-PE-ESSALUD-99 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Maryland, EE.UU. se llevara a cabo la PASANTIA EN EL DEPARTAMENTO DE CIRUGIA, en el Johns Hopkins Hospital, del 1 al 30 de noviembre de 1999; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico Jefe del Servicio de Cirugia General Nº 5 del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen", del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud; y el Articulo 2.5.1 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para 1999 y Normas Complementarias aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y en observancia a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 034-99-PCM sobre medidas de austeridad para el Sector Publico aplicables a partir del 1 de octubre del presente ano, es conveniente autorizar el viaje del mencionado profesional; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico Jefe del Servicio de Cirugia General Nº 5 del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen", del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Maryland, EE.UU., del 1 al 30 de noviembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo presentar a su retorno el informe correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Corpac : : : US$ 870.00 US$ 1,310.00 US$ 25.00

Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA DANCUART, sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la MORDAZA de Puerto MORDAZA y zonas aledanas en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, del departamento de MORDAZA de Dios. CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de este, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 255-99MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA DANCUART; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA DANCUART concesion para la explotacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende la MORDAZA de Puerto MORDAZA y zonas aledanas en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, del departamento de MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con MORDAZA MORDAZA MORDAZA DANCUART para la prestacion del servicio publico al que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DANCUART debera cumplir con el pago del derecho de concesion y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 13766

MTC
Otorgan concesiones a personas naturales para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 415-99-MTC/15.03 MORDAZA, 27 de octubre de 1999

MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 13684 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 417-99-MTC/15.03 MORDAZA, 27 de octubre de 1999 Vista la solicitud presentada por MORDAZA RUBIO MORDAZA, sobre otorgamiento de concesion para la presta-

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