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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (05/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 177478 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de setiembre de 1999 sus obligaciones tributarias Municipales, pendientes de cancelación por diferentes motivos; De conformidad con los Arts. 47º y 111º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de setiem- bre de 1999, el plazo para acogerse a la Amnistía Tribu- taria y Administrativa que establece el Decreto de Alcal- día Nº 005-99/MDSB. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese. WILDER PARINANGO SANCHEZ Alcalde 11327 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan plazo y amplían alcances de amnistía tributaria otorgada a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 018 Santa Anita, 1 de setiembre de 1999 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 30 de agosto de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal teniendo en cuenta el requerimiento de los vecinos de la urbanización de Ala- meda de Ate y Cooperativa Universal que aún no han cumplido con sus obligaciones tributarias y que median- te Ordenanza Nº 014-99-MDSA de fecha 22 de julio de 1999 se otorgó Amnistía Tributaria hasta el 31 de agosto de 1999 a fin de que los contribuyentes del distrito de Santa Anita cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de agosto de 1999, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, el Código Tributario Decreto Legislativo Nº 816, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de sus Regidores se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Decretar prórroga de la Amnis- tía Tributaria otorgada mediante Ordenanza Nº 014-99- MDSA, hasta el 30 de setiembre de 1999 a efectos de que los señores contribuyentes del distrito de Santa Anita cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias referentes al Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento de los períodos 1992 a 1998, Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines de los períodos 1994 a 1998 y Serenazgo 1997 y 1998 de los inmuebles dedicados a Casa-Habitación y Comercios menores. Artículo Segundo.- Ampliar los alcances de la Am- nistía Tributaria otorgada mediante Ordenanza Nº 014- 99-MDSA a fin de incluir a las obligaciones tributarias correspondientes al Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento, Arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines correspondientes a los dos primeros trimestres de 1999 de los inmuebles dedicados a Casa- Habitación y Comercio menores. Artículo Tercero.- Determinar que durante el pe- ríodo de la Amnistía señalada en el Artículo primero, los contribuyentes están obligados sólo al pago del valor principal de la deuda tributaria.Artículo Cuarto.- Entiéndase como comercios meno- res a aquellos predios dedicados a comercios y servicios cuyo valor del autoavalúo sea menor a 6 UIT. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 11277 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Designan ejecutor y auxiliar coactivo de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 063-99/MDLP La Punta, 23 de julio de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Visto, el informe emitido por el Presidente de la Comisión encargada de conducir el Concurso Público de Méritos Nº 001-99-MDLP/CCPM para la selección de un Ejecutor Coactivo y un Auxiliar Coactivo; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 041-99 se convocó al concurso público de méritos Nº 001-99-MDLP/CCPM, designándose la comisión responsable; Que, la citada comisión ha procedido a informar al despacho del Alcalde los resultados finales como conse- cuencia del proceso de selección y evaluación correspon- diente; Con la visación del Director Municipal; y, Con las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades y en cumplimiento del Artículo 7º de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecu- ción Coactiva; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir del 1 de agosto de 1999 a don OSWALDO JESUS VILLAMONTE PADI- LLA de profesión Abogado con CAL Nº 15343 y CAC Nº 3102, en el cargo de Ejecutor Coactivo con el nivel SPB, dependiente del Director de Rentas. Artículo Segundo.- Designar a partir del 1 de agosto de 1999 a don HUMBERTO AGUILAR ENRI- QUEZ de profesión Bachiller en Ciencias Administrati- vas, en el cargo de Auxiliar Coactivo con nivel SPF, dependiente del Ejecutor Coactivo. Artículo Tercero.- El citado personal tendrá dere- cho a percibir las remuneraciones que le corresponde, en la condición de los cargos que se establecen en el Regla- mento de Organización y Funciones y en el cuadro para Asignación de Personal aprobados con Edicto Nº 01-99- MDLP. Artículo Cuarto.- El egreso que origine el cumpli- miento de la presente Resolución de Alcaldía se afectará a la partida específica del Presupuesto Municipal vigen- te. Artículo Quinto.- Transcribe la presente Reso- lución de Alcaldía a la Prefectura del Callao, Policía Nacional del Perú e Instituciones del Sistema Banca- rio Nacional, debiéndose registrar su firma en el Banco de la Nación para el cumplimiento de sus funciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde 11323