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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (05/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 177468 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de setiembre de 1999 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que participará en Reunión de los Directorios del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Peruano-Ecuatoriana y del Fondo Binacional para la Paz y el Desa- rrollo RESOLUCION SUPREMA Nº 399-99-RE Lima, 4 de setiembre de 1999 Debiendo realizarse la Reunión de los Directorios del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Peruano-Ecuatoriana y del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo, en la ciudad de Loja, República del Ecuador, del 2 al 3 de setiembre de 1999; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2150, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exterio- res, de 25 de agosto de 1999; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciem- bre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163- 81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a los integrantes de la Delegación peruana, que participarán en la Reunión de los Directo-rios del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Peruano-Ecuatoriana y del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo, a realizarse en la ciudad de Loja, República del Ecuador, del 2 al 3 de setiembre de 1999: PLAN BINACIONAL.- - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, don Carlos Pareja Ríos, Director Nacional (e) de Desarrollo Fronterizo y Límites; - Economista Humberto Gobitz Colchado; - Doctor Jorge Ortiz Sotelo, Director Ejecutivo del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza; e, - Ingeniero Eduardo Espinosa Burneo. FONDO BINACIONAL.- - Doctor Luis Oliveros Lakoma, Asesor de la Direc- ción Nacional de Desarrollo Fronterizo y Límites; - Señor Samuel Reynafarje Abensur, Congresista de la República; y, - Señor Hermann Gebauer. 2º.- Los gastos del señor Samuel Reynafarje Aben- sur, Congresista de la República, del Embajador Carlos Pareja Ríos, del ingeniero Eduardo Espinosa Burneo y del doctor Luis Oliveros Lakoma, por con- cepto de pasajes US$ 1,820.00, viáticos US$ 2,400.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 100.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 11361MINISTERIO DE PESQUERIA Comisión de Sanciones RELACION DE RESOLUCIONES EXPEDIDAS EL 3 DE SETIEMBRE DE 1999 Las notificaciones a los interesados se realizarán conforme a lo previsto por el Artículo 80º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS R.C.S. Nº 340-99-PE/CS Multa a Pesquera Velebit S.A. con 3 UIT por extraer un total de 12.44 TM de sardina en tallas no permitidas. EE/PP Mariana B; Cañete 6. R.C.S. Nº 341-99-PE/CS Multa a Pesquera Santa Rosa S.A. con 1 UIT por extraer 46.91 TM de sardina con 12.61% de especies en tallas no permitidas. E/P Anita. R.C.S. Nº 342-99-PE/CS Multa a Procesadora del Carmen S.A. con 4.37 UIT por extraer 291.13 TM de sardina sin haber suscrito convenio. E/P RH-1. R.C.S. Nº 343-99-PE/CS Multa a Empresa Pesquera Gamma S.A. con 2.25 UIT por procesar 15 TM de anchoveta blanca (samasa) en época de veda. EIP Chimbote. R.C.S. Nº 344-99-PE/CS Multa a Solmar Empresa Pesquera S.A. con 25 UIT por obstaculizar las labores de inspección. EIP Chimbote. R.C.S. Nº 345-99-PE/CS Sanciona a Cecill S.A. con suspensión de la licencia de operación otorgada por R.D. Nº 237-98-PE/DNPP, por no contar con la segunda fase de tratamiento del agua de bombeo. EIP Bayóvar. R.C.S. Nº 347-99-PE/CS Declara inadmisible solicitud de fraccionamiento presentada por el señor Loren- zo Flores Villanueva. R.C.S. 256-98-PE/CS. 11319