NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (05/09/1999)
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Pág. 177471 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de setiembre de 1999 da correspondiente contra la Resolución Nº 0855-A-99 de fecha 9 de julio de 1999 del Tribunal Fiscal; remitiéndose para el efecto los antecedentes del caso. Artículo Segundo.- Póngase la presente Resolución en conocimiento del Señor Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 11307 SUNASS Autorizan a SEDA-HUANUCO S.A. el incremento de tarifas y aprueban Me- tas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 789-99-SUNASS Lima, 3 de Setiembre de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 325-99-GG-SEDA HUANUCO S.A. de fecha 8 de junio, en el cual la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huá- nuco Sociedad Anónima - SEDA-HUANUCO S.A., solicita un reajuste de 15% en sus tarifas a partir del mes de junio del presente, para cubrir sus costos y gastos desembolsables, el servicio de la deuda, las inversiones previstas en su Plan Operativo 1999 y compensar los menores ingresos que obtendrán por efecto de la aplicación de la Resolución de Superin- tendencia Nº 920-98-SUNASS que dispone el Reorde- namiento Tarifario en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Los Informes Nº 109-99-SUNASS-IT/EG y Nº 110-99- SUNASS-IT/DT en los que se evalúa el sustento técnico de la solicitud de incremento tarifario de la referida empresa. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS se establece el procedimiento y los criterios que regirán la atención de las solicitudes de incremento y/o ajuste compensatorio en las tarifas que cobrarán las EPS municipales durante el año 1999; Que, la referida Resolución dispone que la SUNASS autorizará los incrementos tarifarios y/o ajustes compensatorios que podrán aprobar las EPS municipales, de manera que las tarifas cubran, en orden de prioridad: los costos y gastos desembolsa- bles acordes con las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial; las obligacio- nes financieras y las inversiones con recursos pro- pios que cuenten con un adecuado apalancamiento financiero; Que, al ser evaluada la solicitud de SEDA HUANU- CO S.A., mediante los Informes Nº 109-99-SUNASS-IT/ EG y Nº 110-99-SUNASS-IT/DT, se concluye que es suficiente incrementar las tarifas que cobra la EPS, en 13.5% para cubrir los costos y gastos desembolsables acordes con las metas de calidad del servicio y eficiencia en la gestión empresarial; las obligaciones financieras y el programa de inversiones considerado en su Plan Operativo y Presupuesto Anual para 1999. El referido incremento incluye la compensación por la reducción de los ingresos de la EPS por efecto del Reordenamiento Tarifario; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Resolución de Superintendencia Nº 150- 99-SUNASS;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima - SEDA HUANUCO S.A., un incremento en las tarifas correspondiente a cada una de las localidades que administra, hasta los niveles que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución. Antes de su aplicación, las tarifas deberán ser aprobadas dentro del plazo establecido en el Artículo 41º de la Resolución de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS por la Junta General de Accionistas y publicados en el diario o semanario encargado de la inser- ción de los avisos judiciales de la zona donde opera la EPS, entrando en vigencia el incremento tarifario respectivo a partir del día siguiente de publicado. Esta autorización quedará sin efecto si, en el trans- curso de los treinta (30) días calendario siguientes a su publicación en el Diario Oficial El Peruano, SEDA- HUANUCO S.A. no ha procedido a la correspondiente aprobación. Esta situación no exime a la EPS del cumpli- miento de las Metas a las que se refiere el Artículo 31º de esta Resolución. Artículo 2º.- El incremento que se autoriza, se apli- cará sobre la base de la Estructura Tarifaria aprobada mediante Resolución Nº 483-99-SUNASS. Artículo 3º.- Aprobar las Metas de Calidad del Ser- vicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial de SEDA- HUANUCO S.A. y de cada una de las localidades bajo el ámbito de responsabilidad, las mismas que se detallan en el anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4º.- SEDA-HUANUCO S.A. presentará tri- mestralmente un informe sobre la ejecución física y financiera de los proyectos considerados en el Plan Operativo de 1999, así como del cumplimiento de las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial para cada una de las localidades bajo su ámbito de responsabilidad. Artículo 5º.- Encargar a la Intendencia de Normas y Fiscalización la verificación del cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Resolución. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MONCADA MAU Superintendente A.- TARIFAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Rango de HUANUCO TINGO MARIA Consumo Tarifa Tarifa (m3/mes) (S/./m3) (S/./m3) 0 A 10 0.1476 0.2951 11 A MAS 0.2951 0.5902 0 A 10 0.1476 0.2951 11 A MAS 0.2951 0.5902 0 A 20 0.4654 0.6016 21 A MAS 0.9307 1.2031 0 A 20 0.4654 0.6016 21 A MAS 0.9307 1.2031 0 A 30 1.0215 1.0783 31 A MAS 2.0430 2.1565 0 A 30 1.0215 1.0783 31 A MAS 2.0430 2.1565 0 A 50 1.0215 1.0783 51 A MAS 2.0430 2.1565 0 A 50 1.0215 1.0783 51 A MAS 2.0430 2.1565 0 A 100 1.4982 1.4755 101 A MAS 2.9964 2.9510 0 A 100 1.4982 1.4755 101 A MAS 2.9964 2.9510 0 A 50 0.4654 0.6016 51 A MAS 0.9307 1.2031 0 A 50 0.4654 0.6016 51 A MAS 0.9307 1.2031 0 A 100 0.4654 0.6016 101 A MAS 0.9307 1.2031 0 A 100 0.4654 0.6016 101 A MAS 0.9307 1.2031 B.- TARIFA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO En la Localidad de Huánuco equivale al 30% del importe a facturar por el servicio de agua potable. En la Localidad de Tingo María equivale al 45% del importe a facturar por el servicio de agua potable.ANEXO Nº 1 TARIFAS MAXIMAS QUE PODRA APROBAR SEDA HUANUCO S.A. PARA LAS LOCALIDADES DE HUANUCO Y TINGO MARIA INDUSTRIAL BCOMERCIAL II ACOMERCIAL I B ESTATAL II A ESTATAL II BESTATAL I A ESTATAL I BCATEGORIA SOCIAL A SOCIAL B DOMESTICA A DOMESTICA B COMERCIAL I A COMERCIAL II B INDUSTRIAL A potable