Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 1999 (09/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 1999

Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 334.004:1968 CEMENTOS. Ensayo en autoclave para determinar la estabilidad de volumen CEMENTOS. Ensayo para determinar el falso fraguado del cemento. Metodo del mortero

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resoluciones Nºs. 031-93-INDECOPI/CNM y 033-93-INDECOPI/CNM, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion Permanente de Cementos y Cales de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 7 de junio de 1999, el Comite Tecnico senalado, presento a la Secretaria Tecnica de la Comision los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas detallados a continuacion, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Revision, utilizando el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 19 de MORDAZA del ano en curso. Los Proyectos presentados fueron los siguientes: PNTP 334.004:1999 CEMENTOS. Ensayo en autoclave para determinar la estabilidad de volumen. CEMENTOS. Ensayo para determinar el falso fraguado del cemento. Metodo del mortero. CEMENTOS. Adiciones minerales en pastas, morteros y concretos; microsilice. Especificaciones.

NTP 334.053:1978

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 11489

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Otorgan a Coordinador facultades de representacion de la ONP en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 076-99-JEFATURA/ONP MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25967, modificado por la Ley N° 26323, creo la Oficina de Normalizacion Previsional ONP- como la entidad encargada de administrar centralizadamente el Sistema Nacional de Pensiones, asi como otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, estando a lo dispuesto en el Articulo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo N° 61-95-EF y el inciso i) del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, aprobado mediante Resolucion Suprema N° 048-95-EF, el Jefe de la ONP podra delegar la representacion de la institucion a fin de proteger los intereses del Sistema Nacional de Pensiones y llevar una adecuada administracion de todos los sistemas previsionales a cargo de la ONP; Que, se requiere delegar facultades de representacion ante las autoridades policiales, municipales y administrativas en el Coordinador del Departamento de MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Triveno Triveno, para el debido seguimiento de los asuntos que conciernan a la institucion a nivel nacional; Que, siendo funcion de la ONP realizar las acciones de control, revision, verificacion y fiscalizacion de aportes y derechos pensionarios; es necesario delegar en el Coordinador Departamental las facultades de inspeccionar en las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales que administra ; asimismo, es necesario otorgarle facultades para solicitar informacion y plantear reclamos ante los Bancos que participan en el MORDAZA de pago de pensiones y recaudacion; Que, por Resolucion Jefatural N° 061-99-JEFATURA/ONP, del 30 de junio de 1999, se concede las mencionadas facultades al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que resulta necesario dejarlas sin efecto, en el extremo relacionado con su capacidad de representacion de la ONP en el departamento de Apurimac; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25967, modificado por la Ley N° 26323; en el inciso f) del Articulo 4º, Articulo 7º y, la Primera Disposicion Complementaria del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo

PNTP 334.053:1999

PNTP 334.087:1999

Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion de los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas MORDAZA senalados, como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 031-93INDECOPI/CNM, y con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 25 de agosto de 1999; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 334.004:1999 CEMENTOS. Ensayo en autoclave para determinar la estabilidad de volumen. CEMENTOS. Ensayo para determinar el falso fraguado del cemento. Metodo del mortero. CEMENTOS. Adiciones minerales en pastas, morteros y concretos; microsilice. Especificaciones.

NTP 334.053:1999

NTP 334.087:1999

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