NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (09/09/1999)
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Pág. 177597 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de setiembre de 1999 CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL AMAZONAS 0032 CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINIST. REGIONAL AMAZONAS ING. VICTOR ZAPATA RODRIGUEZ UNIVERSIDADES LIMA 1886 U.N. AGRARIA DE LA MOLINA ING. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR EMPRESAS DEL ESTADO PROV. CONSTITUC. DEL CALLAO 2340 CAJA MUNICIPAL DE CREDITO POPULAR VIRGILIO BREÑA CABALLERO DEL CALLAO AMAZONAS 2350 EMPRESA MUN. DE AGUA POT. Y ALCANT. CARLOS F. ANGULO DIAZ DE AMAZONAS S.A. CAJAMARCA 2363 EMPRESA PREST. DE SERV. DE SANEAM. ING. VICTOR FERNANDEZ GOICOCHEA JAEN PERU CUSCO 2351 EMPRESA MUN. DE AGUA POT. Y ALCANT. DR. EDUARDO ALARCON PRADO DE CALCA 2357 EMPRESA MUN. DE AGUA POT. Y ALCANT. DE ING. JORGE MUÑOZ VALDEZ QUILLABAMBA S.A. ICA 2373 ENTIDAD PREST. DE SERV. DE SANEAM. ING.ADOLFO RIOFRIO SANCHEZ EMAPICA S.A. 2376 ENTIDAD PREST. DE SERV. DE SANEAM. CPC.JOSE SANGUINETI CESPEDES SEMAPACH S.A. LIMA 2353 EMPRESA MUN. DE AGUA POT. Y ALCANT. ING. LUIS GARCIA REMIGIO DE HUARAL S.A . UCAYALI 2415 CENTRO DE DESARROLLO GANADERO DR. CARLOS HUGO VELARDE DAVALOS TOURNAVISTA PASCO 2421 EMP. MUN. DE TRANSP. DANIEL CARRION S.A. JUAN TORRES ALVARADO LIMA 2431 EMP. PETROLERA UNIPETRO ABC S.A. ING. VICTOR CATAÑO CAUTI 2434 PETROLEOS UNI SERVICIOS Y ASESORIA S.A. ING. GERMAN GRAJEDA REYES ANCASH 2460 EMP. MUN. DE SERV. MULTIPLES S.A.-HUARAZ DR. DANIEL GONZALES ZAVALA PROV. CONSTITUC. DEL CALLAO 2450 EMP. DIGITAL MUNICIPAL S.A. JORGE MARCO SANCHEZ CORDOVA 2455 EMP. MUN. DE SERV. DE LIMP. MUN. PUB. ALBERTO GIANOLI RAMAL DEL CALLAO CUSCO 2453 EMP. MUN. DE FESTEJOS DEL QOSQO CARLOS VALENCIA MIRANDA 2459 EMP. MUN. DE SERV. MULTIPLES DE CALCA S.A. DR. EDUARDO ALARCON PRADO 2451 EMP. MUN. ADM. DE BIENES CULTURALES CARLOS VALENCIA MIRANDA DEL QOSQO PIURA 2456 EMP. MUN. DE SERV. DE MAQUINARIA S.A.- VICTOR RAMIREZ SAAVEDRA HUANCABAMBA 11415 ESSALUD Autorizan contratación de servicio de alimentación y nutrición mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 267-PE-ESSALUD-99 Lima, 31 de agosto de 1999 VISTA: La Carta Nº 1197-ESSALUD-GDLO-99 mediante la cual la Gerencia Departamental de Loreto solicita que se autorice la contratación del servicio de Alimentación y Nutrición; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del Artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, establece que el Seguro Social de Salud (ESSALUD), otorga cober- tura a sus asegurados y derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción,recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen con- tributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgo humano; Que, para la contratación del servicio de Alimenta- ción y Nutrición se convocó el Concurso Público Nº 060-ESSALUD-99, el mismo que fue declarado en primera convocatoria desierto por ausencia de posto- res, durante el acto público de recepción de propues- tas, de fecha 15 de junio del año en curso, optándose ante ello por convocar nuevamente a proceso de selección; Que, con fecha 27 de julio del año del mismo año se realizó el acto público de recepción de propuestas del Concurso Público Nº 060-ESSALUD-99, segunda convo- catoria, el mismo que también fue declarado desierto, al haberse presentado un solo postor; Que, el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta- blece que están exoneradas de licitación y concurso público, las adquisiciones y contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportu- nidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el Concurso Público Nº 060-ESSA- LUD-99, es procedente autorizar, en vía de excepción, la contratación del servicio de Alimentación y Nutrición a través de una adjudicación directa de menor cuantía, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 20º de la misma norma; Que, de conformidad con lo señalado en el inciso c) del Artículo 20º de la Ley Nº 26850, la exoneración de licitación o concurso público debe ser aprobada, en el caso del Seguro Social de Salud, por resolución de su máxima autoridad; Que, según el Artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, el Presidente Eje- cutivo es la más alta autoridad ejecutiva del ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratación del servicio de Alimentación y Nutrición a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, por un pe- ríodo de doce meses, computados desde la suscripción del respectivo contrato. 2º.- Disponer que la Secretaría General informe de la presente Resolución al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la ley. 3º.- Disponer que se remita a la Contraloría General de la República el expediente relativo al Concurso Públi- co Nº 060-ESSALUD-99, para los fines a que se refiere el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850. 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VASQUEZ PERALES Presidente Ejecutivo ESSALUD 11463 INDECOPI Aprueban Normas Técnicas sobre ce- mentos RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0043-1999/INDECOPI-CRT Lima, 25 de agosto de 1999