Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2000 (08/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 8 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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da en adopcion al MORDAZA identificado como MORDAZA MORDAZA, a los esposos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Tomanguilla MORDAZA quienes lo tenian bajo su custodia; Que mediante el documento de vistos, la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia informa sobre MORDAZA adopciones, manifestando que las mismas han sido aprobadas con resoluciones contrarias a lo dispuesto por el Articulo 139º inciso d) del Texto Unico Ordenado del Codigo de los Ninos y Adolescentes, el cual dispone que los peticionarios pueden solicitar la adopcion de un MORDAZA siempre que hayan convivido con el menor de edad durante un periodo no menor de 3 anos, sea en colocacion familiar o bajo su cuidado y responsabilidad, senalando ademas que en el MORDAZA judicial de adopcion del menor MORDAZA MORDAZA se ha obviado el tramite del MORDAZA Unico, tal como lo establece el Articulo 140º de la citada MORDAZA legal; Que de los hechos descritos en el Informe referido se evidencian indicios razonables de fraude o colusion en los procesos de adopcion mencionados, afectando el derecho a un debido MORDAZA, por lo que en salvaguarda del MORDAZA de interes superior del MORDAZA y estando a que conforme a lo dispuesto por el Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo de los Ninos y Adolescentes es funcion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano como organo central del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y Adolescente, velar por el cumplimiento de las normas contenidas en el mencionado Codigo, resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica encargada de la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a efectos de que inicie las acciones judiciales tendientes a solicitar la Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta de las resoluciones que declararon la adopcion de los menores MORDAZA Seras MORDAZA y MORDAZA MORDAZA respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales tendientes a demandar la Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta de las resoluciones recaidas en los Procesos Judiciales de Adopcion de los menores MORDAZA Seras MORDAZA y MORDAZA MORDAZA emitidas por el Primer Juzgado Civil de Huaura y el Juzgado Mixto de Bongara - Amazonas, respectivamente, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 4029

Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente la participacion del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director encargado de Investigacion y Control de Operaciones de la Oficina General de Metodos y Sistemas; Que, Computer Associates del Peru asumira todos los gastos que ocasione la participacion del citado profesional en dicho evento; Que, por lo expuesto precedentemente, debe expedirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Investigacion y Control de Operaciones de la Oficina General de Metodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a la MORDAZA de Lousiana, Estado de New MORDAZA, Estados Unidos de Norte MORDAZA, durante los dias 9 al 14 de MORDAZA del 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no ocasionara gastos al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 3995

Deniegan a empresa solicitud de renovacion y modificacion de permiso para prestar servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 129-2000-MTC/15.16 MORDAZA, 31 de marzo del 2000 Vista la solicitud de TRANSPORTES AEREOS ANDAHUAYLAS S.A., sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 385-95-MTC/15.12 del 12 de setiembre de 1995, se concedio a TRANSPORTES AEREOS ANDAHUAYLAS S.A., Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cinco (5) anos contados a partir del 28 de noviembre de 1994; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 0144-98-MTC/ 15.16 del 14 de octubre de 1998 se modifico la Resolucion Ministerial senalada en el numeral anterior, en el sentido de variar las rutas y frecuencias que tenia autorizadas; Que, en el presente tramite TRANSPORTES AEREOS ANDAHUAYLAS S.A. solicita la Renovacion y Modificacion del Permiso de Operacion MORDAZA citado, variando nuevamente sus rutas y frecuencias; Que, en el presente procedimiento de Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion, la Oficina de Apoyo Administrativo, a traves del Memorandum Nº 133-2000-MTC/15.16.01, senala que TRANSPORTES AEREOS ANDAHUAYLAS S.A. se encuentra sin capacidad financiera, habiendo vencido los plazos otorgados para levantar las observaciones que le fueron comunicadas en su oportunidad; Que, mediante Memorandum Nº 123-2000-MTC/15.16.06, la Direccion de Seguridad Aerea informa que la recurrente ha perdido su capacidad tecnica operacional; ademas a la fecha el MORDAZA de Certificacion se encuentra suspendido, reflejandose en esto ultimo el incumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 0144-98-MTC/15.16 del 14 de octubre de 1998; Que, a traves del Memorandum Nº 082-2000-MTC/15.16.02, la Oficina de Asesoria Legal indica que de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, no subsisten las condiciones que posibilitaron el otorgamiento del mencionado Permiso de Operacion, debido a que a la fecha TRANSPORTES AEREOS ANDAHUAYLAS S.A. no cuenta con capacidad tecnica ni financiera, por lo que la Renovacion y por consiguiente la Modificacion de dicho Permiso de Operacion no pueden ser otorgadas;

MTC
Autorizan viaje de funcionario del Ministerio para participar en evento sobre tecnologia de informacion, a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 170-2000-MTC/15.05 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, Computer Associates del Peru ha concedido al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion una invitacion para asistir a la feria CA WORLD 2000, que se desarrollara en la MORDAZA de Lousiana, Estado de New MORDAZA, Estados Unidos de Norte MORDAZA, durante los dias del 9 al 14 de MORDAZA de 2000; Que, en el citado MORDAZA se desarrollaran sesiones informativas, tecnicas y educativas sobre aspectos de Tecnologia de Informacion, las cuales pueden ser incorporadas al Ministerio para mejorar los niveles y estandares de calidad de los servicios informaticos;

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