Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2000 (08/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 8 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 dispone en su Articulo 342º, que los miembros de mesa de sufragio, titulares y suplentes, asi como los personeros de las organizaciones politicas no pueden ser apresados por ninguna autoridad desde 24 horas MORDAZA y 24 horas despues de las elecciones, salvo caso de flagrante delito; Que, asimismo, el Articulo 343º de la misma MORDAZA, garantiza la inmunidad de los electores durante la jornada electoral, estableciendo que ninguna autoridad puede detener o reducir a prision el dia de las elecciones, ni 24 horas MORDAZA, a los ciudadanos capacitados para votar, salvo caso de flagrante delito; Que es necesario garantizar que todos los electores tengan la posibilidad de llegar hasta las mesas de sufragio, correspondiendo a las fuerzas que guardan el orden publico, cuidar el libre acceso de los ciudadanos; siendo nulo y punible todo acto que prohiba o limite a estos el ejercicio de sus derechos, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 31º in fine de la Constitucion Politica del Peru; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Exhortar a las autoridades politicas y policiales a dar cumplimiento a lo dispuesto por los Articulos 342º y 343º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, que prohiben la detencion de los miembros de mesa y personeros de los partidos, agrupaciones independientes y alianzas, desde 24 horas MORDAZA y hasta 24 horas despues de las elecciones; y, a los electores, durante el dia de las elecciones y hasta 24 horas despues, con excepcion de flagrancia de delito. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 4056

Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia General del MORDAZA Nacional de Elecciones a fin que efectue las acciones que conduzcan a hacer efectivo el cobro de la multa impuesta. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 4057

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Disponen que magistrados presten apoyo al despacho de la Trigesima Tercera Fiscalia Provincial en lo Penal Transitoria Especializada
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 240-2000-MP-CEMP MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 73-2000-33°FPPL-MP-FN cursado por la doctora Ellyde Secilia MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Trigesima Tercera Fiscalia Provincial en lo Penal Transitoria Especializada, solicitando el apoyo de Fiscales Adjuntos Provinciales, para el dia 9 de MORDAZA del ano en curso, en que su Despacho se encuentra de turno en delitos materia de la Resolucion Nº 636-98-MP-CEMP; En consecuencia, por necesidad de servicio, la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 2713 en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que el dia 9 de MORDAZA del 2000, los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torrico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Montanez Von Bancels, Fredy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscales Adjuntos Provinciales de MORDAZA, presten apoyo al Despacho de la doctora Ellyde Secilia MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Trigesima Tercera Fiscalia Provincial en lo Penal Transitoria Especializada; concluido el mismo, deberan reincorporarse a las Fiscalias de origen. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, Fiscal Supremo Provisional encargado de la Tercera Fiscalia Suprema en lo Penal y Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA y Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 4050

Sancionan con multa a empresa de television "Canal N"
RESOLUCION Nº 463-2000-JNE MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2000 Vista la carta recibida el 5 de MORDAZA del presente ano, de don MORDAZA MORDAZA, Gerente General de la empresa Cable MORDAZA de Noticias - MORDAZA 10 de Cable Magico, haciendo saber que a horas 13.00 de la tarde del dia mencionado, la emisora de television MORDAZA N. ha difundido resultados de las ultimas encuestas, no obstante encontrarse prohibido. Se adjunta dos cintas de videos; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 40-99-PCM se convoco a Elecciones Generales para el dia 9 de MORDAZA del ano 2000, para la eleccion de Presidente, Vicepresidentes y representantes al Congreso de la Republica; Que, la publicacion de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones, a traves de los medios de comunicacion, solo puede efectuarse hasta 15 dias MORDAZA de la eleccion, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, conforme lo dispone el citado articulo, en caso de incumplimiento se sancionara al infractor con una multa que fijara el MORDAZA Nacional de Elecciones tomando como referencia la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); Que, se ha determinado fehacientemente que la empresa de television MORDAZA N (canal 8 de senal cerrada) ha emitido el 5 de MORDAZA pasado, proyecciones de resultados de la votacion de las elecciones generales del proximo 9 de MORDAZA, transgrediendo lo dispuesto por el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones; Que, el Decreto Supremo Nº 191-99-EF, vigente a partir del 1 de enero del ano 2000, fija el monto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 2,900.00 Nuevos Soles; El MORDAZA Nacional de Elecciones de conformidad con lo que dispone el inciso 3) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru, y Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer a la empresa de television "Canal N" (Canal 8 de senal cerrada) una multa por el monto equivalente a cien (100) Unidades Impositivas Tributarias vigentes segun Decreto Supremo Nº 191-99-EF, por infraccion a lo establecido en el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859.

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